ACUERDO Nº 035-2011-MDSMP - Declaran de interés municipal la implementación de actividades para la incorporación de la Gestión de Riesgo en la Municipalidad, que permita la identificación de zonas de vulnerabilidad y de riesgos de desastres, dentro del marco del Programa de Modernización Municipal Año 2011

Fecha de disposición20 Julio 2011
Fecha de publicación20 Julio 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, miércoles 20 de julio de 2011 446859
MUNICIPALIDAD DE PUCUSANA
Aprueban Reglamento del servicio de
transporte público de pasajeros y carga
en vehículos menores motorizados
(mototaxis)
Pucusana, 16 de junio del 2011
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD
DE PUCUSANA
POR CUANTO:
Visto: En Sesión de Concejo celebrado en la fecha y a
pedido formulado por el señor Alcalde, para reglamentar el
Servicio de Transporte Público de Pasajeros de Vehículos
Menores (MOTOTAXIS), se puso a consideración del
pleno, el PROYECTO DE ORDENANZA MUNICIPAL
REGLAMENTO DEL SERVICIO DE TRANSPORTE
PUBLICO DE PASAJEROS Y CARGA, EN VEHICULOS
MENORES MOTORIZADOS (MOTOTAXIS), EN EL
DISTRITO DE PUCUSANA.
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo dispuesto por el Artículo
194º, de la Constitución Política del Perú, concordante
con el artículo II, del Título Preliminar de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos
locales son órganos de gobierno que poseen autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de su
competencia con arreglo a ley;
Que, el artículo IV, del Título Preliminar de la Ley
Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, establece
que los gobiernos locales representan al vecindario,
promueven la adecuada prestación de los servicios
públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y
armónico de su jurisdicción;
Que, la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, señala en su artículo 40º que las
Ordenanzas son las normas de carácter general de
mayor jerarquía en la estructura jurídica municipal por
medio de las cuales se aprueba, entre otros temas, la
organización interna y administración de las materias en
que la municipalidad tiene competencia normativa;
Que, conforme a lo establecido en el artículo 81º,
numeral 3.2, de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de
Municipalidades, indica que es función específ‌i ca de las
municipalidades otorgar Licencias para la circulación de
vehículos menores y demás, de acuerdo con lo establecido
en la regulación provincial;
Que, el artículo 18º, inciso a), de la Ley Nº 27181 - Ley
General de Transporte y Tránsito Terrestre, y el artículo
Nacional de Transporte Público Especial de Pasajeros en
Vehículos Motorizados o no Motorizados, señalan que las
Municipalidades Distritales ejercen la competencia, en
materia de transporte en general, las que los reglamentos
nacionales y las normas emitidas por la Municipalidad
Provincial respectiva les señalen y en particular, la
regulación del transporte menor, mototaxis y similares;
Que, la Ley Nº 27189 - Ley de Transporte Público
Especial de Pasajeros en Vehículos Menores, tiene por
objeto reconocer y normar el carácter y la naturaleza del
servicio de transporte público de pasajeros en vehículos
menores, mototaxis, como un medio de transporte
vehicular terrestre;
Que, la Ordenanza Nº 241, Marco del Servicio de
Transporte de Pasajeros y Carga en Vehículos Menores,
de la Municipalidad Metropolitana de Lima, es la norma que
regula ese tipo de servicio, clasif‌i cando al mototaxi como
vehículo menor con ciertas características y restricciones
para prestar el servicio, señala entre otros aspectos, que
las Municipalidades Distritales son las competentes en
aprobar y autorizar el servicio de transporte de vehículo
menor (mototaxi) de las personas jurídicas dedicadas a la
prestación de este tipo de servicio;
Estando a lo expuesto, en uso a lo previsto en los
artículos 20º incisos 3), 4), 5), 16); y 40º de la Ley Nº
27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, con la dispensa
del trámite de aprobación del acta, el Concejo Municipal
aprobó por unanimidad la siguiente:
ORDENANZA Nº 097 - 2011-MDP
ORDENANZA QUE APRUEBA EL REGLAMENTO
DEL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO DE
PASAJEROS Y CARGA EN VEHICULOS MENORES
MOTORIZADOS (MOTOTAXIS), EN EL DISTRITO DE
PUCUSANA
Artículo Primero.- REGULAR el régimen jurídico
aplicable a la prestación del servicio público de transporte
de pasajeros y carga de vehículos menores (mototaxis)
dentro de la jurisdicción del distrito de Pucusana.
Artículo Segundo.- APROBAR el Reglamento
para la prestación del servicio público de transporte de
pasajeros y carga de vehículos menores (mototaxis)
del distrito de Pucusana, el mismo que contiene
Seis Capítulos, Cuarenta y dos Artículos, y dos
Disposiciones Finales.
Artículo Tercero.- APROBAR el Anexo 1 – Cuadro
de Infracciones y Sanciones– Conductores; y Anexo 2 -
Cuadro de Infracciones de la Empresa y/o Asociación,
adecuados a la normativa vigente, que reemplazan
a los cuadros que fueran aprobados mediante la
Ordenanza Nº 061-2008-MDP, del 22 de noviembre
del 2008.
Artículo Cuarto.- DEROGUESE la Ordenanza Nº 061-
2008-MDP, de fecha 22 de noviembre del 2008 y demás
disposiciones y normas municipales que se opongan a la
presente Ordenanza
Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento y la
debida aplicación de la presente Ordenanza a la Gerencia
Municipal, a la Jefatura de la División de Transporte,
Vialidad y Defensa Civil, y a la Jefatura de la División de
Seguridad Ciudadana y Policía Municipal.
Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Secretaría General
de la Municipalidad, a que con arreglo a sus atribuciones
proceda a la publicación de la presente Ordenanza en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo Sétimo.- ENCARGAR a la Gerencia
Municipal disponga la publicación de la Ordenanza y del
Reglamento en la página Web de la Institución.
DISPOSICIONES FINALES
Primera.- FACULTESE al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía y dentro del plazo
que no exceda los treinta (30) días calendario, dicte
las disposiciones complementarias para la adecuada
aplicación de la presente Ordenanza.
Segundo.- DETERMINAR que la presente Ordenanza
entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el
Diario Of‌i cial El Peruano.
PEDRO PABLO FLORIAN HUARI
Alcalde
667538-1
MUNICIPALIDAD DE SAN
MARTIN DE PORRES
Declaran de interés municipal la
implementación de actividades para
la incorporación de la Gestión de
Riesgo en la Municipalidad, que
permita la identificación de zonas de
vulnerabilidad y de riesgos de desastres,
dentro del marco del Programa de
Modernización Municipal Año 2011
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 035-2011-MDSMP
San Martín de Porres, 28 de junio del 2011

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