RESOLUCION Nº 235-2010-OSINFOR - Aprueban el Reglamento del Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías Quinquenales

Fecha de publicación25 Diciembre 2010
Fecha de disposición25 Diciembre 2010
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 25 de diciembre de 2010 431701
ORGANISMOS EJECUTORES
ORGANISMO DE SUPERVISION
DE LOS RECURSOS FORESTALES
Y DE FAUNA SILVESTRE
Aprueban el Reglamento del Registro
y Proceso de Selección de Empresas
y Personas Naturales autorizadas por
el OSINFOR para la realización de
Supervisión y Auditorías Quinquenales
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
Nº 235-2010-OSINFOR
Lima, 17 de diciembre de 2010
VISTO:
El Informe N° 212-2010-OSINFOR-DSCFFS de
fecha 26 de julio del 2010, el Informe Legal N° 154-2010-
OSINFOR/SG/OAJ de fecha 09 de agosto del 2010, el
Informe N° 99-2010-OSINFOR/SG/OAJ de fecha 08 de
septiembre del 2010 y el Of‌i cio N° 880-2010-0SINFOR-
DSCFFS de fecha 09 de diciembre de 2010, mediante los
cuales la Dirección de Supervisión de las Concesiones
Forestales y de Fauna Silvestre y la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica, proponen y recomiendan la aprobación del
proyecto de “Reglamento del Registro y Proceso de
Selección de Empresas y Personas Naturales autorizadas
por el OSINFOR para la realización de Supervisión y
Auditorías Quinquenales”, respectivamente;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1085, publicado
en el Diario Of‌i cial El Peruano el 28 de junio de 2008,
se crea el Organismo de Supervisión de los Recursos
Forestales y de Fauna Silvestre - OSINFOR, como un
Organismo Público Ejecutor, adscrito a la Presidencia del
Consejo de Ministros, con personería jurídica de derecho
público interno, encargado de la supervisión y f‌i scalización
del aprovechamiento sostenible y la conservación de los
recursos forestales y de fauna silvestre, así como de los
servicios ambientales provenientes del bosque, otorgados
por el Estado a través de las diversas modalidades de
aprovechamiento reconocidas por la Ley Forestal y de
Fauna Silvestre, Ley N° 27308;
Que, según lo dispuesto en el numeral 3.1 del artículo
3° del Decreto Legislativo N° 1085, el Organismo de
Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna
Silvestre - OSINFOR, tiene entre sus funciones supervisar
y f‌i scalizar el cumplimiento de los títulos habilitantes
otorgados por el Estado, así como las obligaciones y
condiciones contenidas en ellos y en los planes de manejo
respectivos;
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
3.5. del artículo 3° del Decreto Legislativo Nº 1085,
dispositivo concordado con el inciso 5.5 del artículo 5º de
su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna
Silvestre – OSINFOR, es competente para dictar las
normas y/o reglamentos que regulen los procedimientos a
su cargo, así como aquellas que se ref‌i era a obligaciones
o derechos contenidos en los títulos habilitantes;
Que, conforme a lo establecido en el numeral 6 (a) del
Anexo 18.3.4, Anexo sobre el Manejo del Sector Forestal
del Protocolo de Enmienda al Acuerdo de Promoción
Comercial Perú - Estados Unidos, el Estado Peruano
asumió como compromiso la realización de auditorías
quinquenales a efectos de verif‌i car que el manejo de los
bosques se efectúe de manera sostenible y conforme a la
normatividad vigente;
Que, en el artículo 3° numeral 3.4 del Decreto Legislativo
N° 1085, se le otorga al Organismo de Supervisión de los
Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR, la
facultad de efectuar Programas de Evaluación Quinquenal,
para lo cual dispondrá la ejecución de auditorías a los
Planes Generales de Manejo, las mismas que pueden ser
realizadas por personas naturales o jurídicas de derecho
privado especializadas en la materia y debidamente
acreditadas ante OSINFOR;
Que, en el artículo 16° del Reglamento del Decreto
Legislativo N° 1085, se dispone que mediante Resolución
Presidencial Ejecutiva se aprobará el “Reglamento del
Registro y Proceso de Selección de Empresas y Personas
Naturales autorizadas por el OSINFOR para la realización
de Supervisión y Auditorías Quinquenales”, el mismo que
se sujetará a las siguientes etapas: a) Inscripción en el
Registro, b) Concurso Público de Méritos, c) Contratación
de servicios y d) Evaluación y Monitoreo de los servicios;
Que, mediante Informe N° 212-2010-OSINFOR-
DSCFFS y el Of‌i cio N° 880-2010-OSINFOR-DSCFFS,
la Dirección de Supervisión de Concesiones
Forestales y de Fauna Silvestre, propone el proyecto
de “Reglamento del Registro y Proceso de Selección
de Empresas y Personas Naturales autorizadas por
el OSINFOR para la realización de Supervisión y
Auditorías Quinquenales”, según facultades que le han
sido otorgadas conforme a lo establecido en el numeral
40.6 del artículo 40° del Reglamento de Organización
y Funciones del OSINFOR, aprobado por el Decreto
Supremo N° 065-2009-PCM;
Que, mediante Informe Legal N° 154-2010-OSINFOR/
SG/OAJ y el Informe N° 99-2010-OSINFOR/SG/OAJ, la
Of‌i cina de Asesoría Jurídica del OSINFOR emite opinión
legal, considerando necesaria la aprobación del proyecto
de “Reglamento del Registro y Proceso de Selección
de Empresas y Personas Naturales autorizadas por el
OSINFOR para la realización de Supervisión y Auditorías
Quinquenales”, debido que es un instrumento normativo
que contribuirá al cumplimiento de las funciones que han
sido encomendadas al OSINFOR;
Que, conforme a las facultades conferidas por el
Reglamento de Organización y Funciones del Organismo
de Supervisión de los Recursos Forestales y de Fauna
Silvestre – OSINFOR, aprobado por Decreto Supremo Nº
065-2009-PCM;
Con las visaciones del Director de Supervisión de
Concesiones Forestales y de Fauna Silvestre, del Director
de Supervisión de Permisos y Autorizaciones Forestales y
de Fauna Silvestre, del Jefe (e) de la Of‌i cina de Asesoría
Jurídica y del Secretario General;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar el “Reglamento del Registro y
Proceso de Selección de Empresas y Personas Naturales
autorizadas por el OSINFOR para la realización de
Supervisión y Auditorías Quinquenales”, cuyo texto adjunto,
forma parte integrante de la presente Resolución.
Artículo 2°.- La presente Resolución será publicada
en el Diario Of‌i cial El Peruano, y entrará en vigencia
desde el día siguiente de su publicación.
El anexo que forma parte integrante de la presente
Resolución será publicado en el Portal Institucional de
la Presidencia del Consejo de Ministros (www.pcm.gob.
pe), en el Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas–
PSCE (www.serviciosalcuidadano.gob.pe) y, en el
Portal Institucional del Organismo de Supervisión de los
Recursos Forestales y de Fauna Silvestre – OSINFOR
(www.osinfor.gob.pe), en la misma fecha de la publicación
señalada en el párrafo anterior.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RICHARD E. BUSTAMANTE M.
Presidente Ejecutivo
581846-1

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR