RESOLUCION Nº 184-2009-INPE/P - Declaran al Establecimiento Penitenciario de Huánuco de la Oficina Regional Oriente Pucallpa dentro de los alcances del D.S. N° 15-94-JUS, modificado por D.S. N° 002-99-JUS
Fecha de disposición | 30 Mayo 2009 |
Fecha de publicación | 30 Mayo 2009 |
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 30 de mayo de 2009 396719
y Funciones de INDECI, aprobado por Decreto Supremo
Nº 059-2001-PCM, modifi cado por Decreto Supremo Nº
005-2003-PCM y Decreto Supremo Nº 095-2005-PCM;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- ENCARGAR con carácter transitorio
hasta el 31 de diciembre de 2009, a la Ofi cina de
Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil del
INDECI para Lima Metropolitana, de la Dirección Regional
INDECI - Costa Centro, la administración integral de las
Visitas de Defensa Civil, así como de las Delegaturas y
Verifi caciones Ad Hoc, que corresponden a la Dirección
Regional INDECI - Costa Centro.
Artículo 2º.- DISPONER que el Director Regional
INDECI - Costa Centro dentro de las 24 horas de recibido
el presente resolutivo, proceda mediante Resolución
Directoral a delegar la competencia descrita en el artículo
primero, a favor del Jefe de la Ofi cina de Inspecciones
Técnicas de Seguridad en Defensa Civil del INDECI
para Lima Metropolitana, por el plazo indicado, debiendo
supervisar el proceso y elaborar un informe trimestral a la
Jefatura Institucional.
Artículo 3º.- ENCARGAR al Sub Jefe del INDECI, el
monitoreo y ejecución de las acciones necesarias para el
cumplimiento de todas las disposiciones establecidas en
la presente Resolución.
Artículo 4º.- DISPONER que la Secretaría General
e Imagen Institucional en coordinación con la Dirección
Nacional de Logística se encargue de los servicios de
publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial
“El Peruano”.
Artículo 5º.- DISPONER que la Secretaría General e
Imagen Institucional, registre la presente Resolución en
el Archivo General Institucional, coordine la publicación
en la página web del INDECI y remita copia autenticada
por Fedatario a la Sub Jefatura, así como a todas las
Unidades Orgánicas del Instituto Nacional de Defensa
Civil, incluyendo las Direcciones Regionales de Defensa
Civil, para su conocimiento y fi nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
LUIS FELIPE PALOMINO RODRÍGUEZ
Jefe
353756-1
INSTITUTO NACIONAL
PENITENCIARIO
Declaran al Establecimiento
Penitenciario de Huánuco de la Oficina
Regional Oriente Pucallpa dentro de
los alcances del D.S. Nº 15-94-JUS,
modificado por D.S. Nº 002-99-JUS
RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL
INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO
Nº 184-2009-INPE/P
Lima, 16 de marzo de 2009
VISTO, el Ofi cio Nº 014-2009-INPE/23 de fecha
20 de enero de 2009, de la Ofi cina Regional Oriente
Pucallpa, relativo a la resolución de delimitación del área
territorial intangible correspondiente al Establecimiento
Penitenciario de Huánuco de su jurisdicción y Ofi cio Nº
204-2009-INPE/08 de fecha 09 de marzo de 2009, de
la Ofi cina de Asesoría Jurídica del Instituto Nacional
Penitenciario.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ofi cio Nº 014-2009-INPE/23 de
fecha 20 de enero de 2009, la Directora General de la
Ofi cina Regional Oriente Pucallpa del INPE, sustentado
en el Informe Nº 003-2009-INPE/23.AL, señala que en
salvaguarda de los intereses de la institución se debe
declarar al Establecimiento Penitenciario de Huánuco
dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-
JUS y su modifi catoria Decreto Supremo Nº 002-99-JUS,
pues el referido penal alberga internos sentenciados por
delitos de Tráfi co Ilícito de Drogas y otros delitos que
revisten gravedad;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 15-94-JUS se
declaró como Zona Reservada las áreas donde funcionan
los Establecimientos Penitenciarios y sus Dependencias
conexas y, mediante Decreto Supremo Nº 002-99-JUS se
modifi có el artículo segundo del citado dispositivo legal,
a fi n de comprender un área territorial intangible paralela
al límite del terreno donde se encuentran ubicados los
Establecimientos Penitenciarios, en una extensión de
doscientos (200) metros a su alrededor, con prohibición
expresa de construir viviendas u otro tipo de edifi caciones
dentro de ese perímetro;
Que, como lo señalan los citados dispositivos
legales, se debe declarar como Zona Reservada los
Establecimientos Penitenciarios que albergan a internos
por delitos de terrorismo, traición a la patria, tráfi co ilícito
de drogas y otros delitos graves, a fi n de evitar fugas
masivas, mediante la modalidad de construcción de
túneles hacia zonas adyacentes;
Que, el Establecimiento Penitenciario de Huánuco
de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa alberga internos
de máxima peligrosidad por los delitos considerados en
los Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS,
por lo que corresponde emitir el acto administrativo que
declare como Zona Reservada dicho centro penitenciario,
a efectos de que cuente con las condiciones de
seguridad que garantice el normal desarrollo del régimen
penitenciario;
Contando con la visación de la Secretaría General y la
Ofi cina de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 654,
Decretos Supremos Nº 15-94-JUS y Nº 002-99-JUS,
Decreto Supremo Nº 009-2007-JUS, y Resolución
Suprema Nº 064-2009-JUS;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Declarar, al Establecimiento Penitenciario
de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente Pucallpa,
dentro de los alcances del Decreto Supremo Nº 15-94-
JUS y su modifi catoria por el Decreto Supremo Nº 002-
99-JUS, por lo expuesto en la parte considerativa de la
presente Resolución.
Artículo 2º.- Comprender, un área territorial intangible
paralela al límite del terreno del Establecimiento
Penitenciario de Huánuco de la Ofi cina Regional Oriente
Pucallpa, en una extensión de doscientos (200) metros a su
alrededor, con prohibición expresa de construir viviendas
u otro tipo de edifi caciones dentro de ese perímetro.
Artículo 3º.- Remitir copia de la presente resolución a
Ofi cina Regional Oriente Pucallpa e instancias pertinentes
para su conocimiento y fi nes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE ALEJANDRO LEÓN BALLÉN
Presidente
Consejo Nacional Penitenciario
354196-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADMINISTRACION
TRIBUTARIA
Prorrogan el Cronograma de
vencimientos para la presentación de la
Declaración de Predios correspondiente
al año 2008
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 114-2009/SUNAT
Lima, 29 de mayo de 2009
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