Los Olivos, 31 de octubre de 2023
EL CONCEJO MUNICIPAL DISTRITAL DE
LOS OLIVOS
VISTO: El Informe N° 450-2023/MDLO/GATyR/SGR de la Subgerencia de Recaudación, el Informe N° 072-2023-MDLO/GATR de la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas, el Informe N° 317-2023/MDLO/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico;
Que, el numeral 9 del artículo 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que son atribuciones del Concejo Municipal crear, modificar, suprimir, exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos, conforme a ley. Asimismo, el artículo 40º de la misma norma señala “(…) las ordenanzas de las municipalidades provinciales y...