Ordenanza N° 375-2023-GRJ/CR. Ordenanza que ratifica el objeto, y la delegación de competencias del Gobierno Regional de Junín a la Mancomunidad Regional de Los Andes

Fecha de publicación23 Junio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
VISTO:

Dictamen N° 001-2023-GRJ-COMISIÓN ESPECIAL, de fecha 03.05.2023.

POR CUANTO:

De conformidad con lo previsto en los artículos 191º y 192º de la Constitución Política del Perú modificada por Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783; en la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias - Ley Nº 27902, Ley Nº 28013, Ley Nº 28926, Ley Nº 28961, Ley Nº 28968, Ley Nº 29053 y demás normas complementarias y;

CONSIDERANDO:

Que, la Constitución Política del Perú, en el capítulo referido a la descentralización, Artículo 190° señala que los gobiernos regionales promueven el desarrollo y la economía regional, fomentando las inversiones, actividades y servicios públicos de su responsabilidad, en armonía con las políticas y planes nacionales y locales de desarrollo”;

Que, la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales Nº 27867, en el título I Disposiciones Generales, Artículo s 4° Finalidad, 5° Misión del Gobierno Regional, 6° Desarrollo Regional y 7° Relaciones de cooperación y coordinación y proceso de integración Regional”, señala entre otros que los gobiernos regionales tienen como finalidad esencial fomentar el desarrollo regional integral y sostenible de acuerdo a sus competencias exclusivas y compartidas en un marco de la cooperación y coordinación entre los gobiernos regionales, y de estos con los otros niveles de gobierno, orientados al proceso de integración y conformación de regiones y de coordinación en espacios macrorregionales;

Que, por Oficio N°020-2023-MRDLA-DE/JQA, de fecha 14.04.2023, el Director Ejecutivo de la mancomunidad Regional de Los Andes reitera la emisión de la Ordenanza Regional de ratificación del objeto, así como la delegación de competencias y funciones a la Mancomunidad Regional de Los Andes, por ser una exigencia de la Secretaría de Descentralización de la PCM para culminar el proceso de adecuación, dispuesto en la Primera Disposición Transitoria del Decreto Supremo N°022-2020-PCM, norma que aprueba el Reglamento de la Ley N° 29768 Ley de Mancomunidad Regional, modificado por la Ley N°30804;

Que, en sesión ordinaria del Comité Ejecutivo de la Mancomunidad Regional de Los Andes de fecha 29 de marzo de 2021, los gobernadores regionales de los gobiernos regionales de Apurímac, Ayacucho, Huancavelica, Ica y Junín, aprobaron las delegaciones de competencias y funciones a la Mancomunidad Regional de Los Andes, las mismas que no deben perjudicar el normal funcionamiento de los gobiernos regionales, considerando que la delegación se realiza en el marco del artículo 4° del Reglamento de la Ley N° 29768, Ley de Mancomunidad Regional aprobado mediante Decreto Supremo N° 022-2020-PCM;

Que, por Informe D000001-2021-PCM-SSFD-MRA de fecha 04 de enero de 2021, la Sub Secretaría de Fortalecimiento de Descentralización de la Secretaría de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros, señala que la Mancomunidad Regional de Los Andes...

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