ORDENANZA N° 284 - Aprueban la creación del Comité Municipal por los Derechos de los Niños y Adolescentes en el distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Fecha de la disposición10 de Enero de 2015
El Peruano
Sábado 10 de enero de 2015 544555
En uso de las facultades otorgadas por el inciso 8) del
artículo 9º, así como el artículo 40º de la Ley 27972, Ley
Orgánica de Municipalidades, con la dispensa de trámite
de comisiones, lectura y aprobación del acta, con el voto
unánime de los miembros del Concejo Municipal, se
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE FACILITA LA PUBLICIDAD DE
LAS INSTITUCIONES QUE DIFUNDEN LA CULTURA,
EL ARTE, EL DEPORTE Y LA RECREACIÓN A FAVOR
DE NIÑOS, ADOLESCENTES, JÓVENES, MUJERES Y
ADULTO MAYOR EN EL DISTRITO DE EL AGUSTINO
Artículo 1º.- La presente Ordenanza tiene por objeto
facilitar la publicidad de las instituciones que difundan
la Cultura, el Arte, el Deporte y la Recreación a favor de
niños, adolescentes, jóvenes, mujeres y adulto mayor en
el Distrito de El Agustino.
Artículo 2°.- Las Instituciones comprendidas en
el artículo 1° de la presente ordenanza no necesitan
autorización municipal para la difusión de sus actividades
en la vía pública y en sus locales institucionales a través
de volantes, banners, banderolas, paneles u otros
medios similares siempre en cuando no atenten contra la
seguridad ciudadana y el ornato.
Artículo 3°.- Las instituciones antes referidas harán
de conocimiento a la Municipalidad de la publicidad de
sus actividades presentando únicamente su expediente
con los requisitos contemplados en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad,
exonerándosele del pago por publicidad.
Articulo 4°.- Encargar al Secretario General la
publicación de la presente Ordenanza en el Diario O cial
El Peruano y al Gerente de Defensoría y Participación
Vecinal la publicación de la Ordenanza en la página Web
de la Municipalidad de El Agustino (www.munielagustino.
gob.pe) y su correspondiente difusión masiva.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
VICTOR MODESTO SALCEDO RIOS
Alcalde
1186618-1
MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Aprueban la creación del Comité
Municipal por los Derechos de los
Niños y Adolescentes en el distrito
ORDENANZA N° 284
La Molina, 26 de diciembre de 2014
EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la
fecha, el Dictamen Conjunto N° 08-2014 de la Comisión
de Desarrollo Humano y la Comisión de Asuntos
Jurídicos, sobre proyecto de Ordenanza que crea el
Comité Multisectorial de los Derechos de los Niños y
Adolescentes - COMUDENA en el distrito de La Molina;
y,
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario O cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su rma ante el Diario O cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justi car; si incluyen grá cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
LA DIRECCIÓN

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR