ORDENANZA Nº 215-2015-MDH - Ordenanza que aprueba la recuperación de vías ocupadas por el comercio informal y el comercio ambulatorio en el distrito

Fecha de disposición26 Agosto 2015
Fecha de publicación26 Agosto 2015
560061
NORMAS LEGALES
Miércoles 26 de agosto de 2015
El Peruano
/
SE RESUELVE:
Primero.- DESIGNAR al señor Valdemar TORRES
VALDIVIA, Sub Gerente de Gestión Tecnológica de la
Municipalidad Distrital de Lurigancho – Chosica, como
encargado de remitir la información de las Convocatorias
para la contratación del personal CAS de esta
Municipalidad, para su publicación en el Servicio Nacional
del Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo.
Segundo.- DISPONER que el funcionario designado
proceda a acreditarse ante el Servicio Nacional del
Empleo del Ministerio de Trabajo y Promoción del
Empleo; asimismo, deberá coordinar con la Sub Gerencia
GH 3HUVRQDO D ¿Q GH OD UHPLVLyQ GH OD GRFXPHQWDFLyQ
pertinente.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1278187-1
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE HUALMAY
Ordenanza que aprueba la recuperación de
vías ocupadas por el comercio informal y el
comercio ambulatorio en el distrito
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 215-2015-MDH.
Hualmay, 14 de agosto del 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE HUALMAY
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha 14 de Agosto
del 2015, el Proyecto de Ordenanza de Recuperación de
vías ocupadas por el Comercio Informal y el Comercio
Ambulatorio en el distrito de Hualmay; y,
CONSIDERANDO:
Que, es función de las municipalidades en materia
de abastecimiento y Comercialización de Productos y
servicios, regular y controlar el Comercio Ambulatorio,
de conformidad con lo dispuesto en el art. Nº 83 Numeral
Que, teniendo en cuenta las Normas de Defensa
Civil (D.S. Nº 066-2007-PCM - Nuevo Reglamento de
Inspecciones Técnicas de Seguridad en Defensa Civil;
la Norma Técnica Peruana – NTP 350. 043-1; Ley Nº
28551- Ley que establece la Obligación de Elaborar
y Presentar Planes de Contingencia; Ley Nº 29664-
Ley que crea el Sistema Nacional de Gestión del
Riesgo de Desastres ( SINAGERD); Normas de Salud
e Higiene ( Reglamento de Seguridad y Salud en el
Trabajo- Decreto Supremo Nº 009-2005- TR); Normas
de Comercialización ( Ley Nº 28976 Ley Marco de
Licencia de Funcionamiento); y Normas de Medio
Ambiente ( Ley Nº 27314 Ley General de Residuos
Ley Nº 28804 Ley que Regula la Declaratoria de
Emergencia Ambiental; D.S. Nº 085-2003-PCM.
Aprueban Reglamento de Estándares Nacionales de
Calidad Ambiental para Ruidos); resulta necesario
preveer y tomar medidas que reduzcan los niveles de
riesgo de salud, contaminación ambiental, Defensa
Civil y restablecer la Seguridad Ciudadana y el
Orden Público; por lo que como primera medida se
debe recuperar las vías ocupadas por el Comercio
ambulatorio y el Comercio Informal.
Que es Política de la Municipalidad Distrital de
Hualmay; la Recuperación de vías ocupadas por el
Comercio Informal y ambulatorio en el Distrito de Hualmay,
respetando las labores de comercio ambulatorio de los
Canillitas, lustrabotas y Emolienteros, que se encuentran
al amparo de la Ley Nº 10674 (Ley de canillitas), Ley Nº
27475 (Ley que regula la actividad de lustrabotas), Ley Nº
30198 (Ley del emolientero).
Que, a través del informe Nº 073-2015-SGSP/JJZN-
MDH de fecha 10-08-2015 la Subgerencia de servicios
Públicos presenta la Propuesta de Ordenanza Municipal
de Recuperación de Vías ocupadas por el Comercio
Informal y Comercio Ambulatorio. Así mismo cuenta con
informe Técnico Nº 006-2015-OVT/MDH de fecha 11-08-
GHOD2¿FLQDGH9LDOLGDG\7UDQVSRUWH
Que mediante Informe Legal Nº 073-015/MDH de fecha
ODR¿FLQDGH$VHVRUtD-XUtGLFDFRQVLGHUDTXH
el presente proyecto de Ordenanza Municipal, no vulnera
Norma Legal alguna y que de conformidad a lo resuelto en
el expediente Nº 01769-2012-AA/TC-JUNIN, el Tribunal
Constitucional se ha pronunciado en el sentido que: “Tal
Regulación no lesiona derecho fundamental alguno, no
sólo porque es facultad Constitucional otorgada a los
gobiernos locales el Regular los aspectos internos propios
de su competencia, establecer el plan de desarrollo
urbano de la ciudad, sino también porque el ejercicio de
tal facultad constituye un deber orientado a materializar el
crecimiento sostenible de su comuna.” Cuenta con opinión
favorable de la Gerencia Municipal a través del informe Nº
060-2015-GM/MDH/DACHAL de fecha 13-08-2015.
Estando a lo expuesto en uso de las facultades
conferidas en el artículo Nº 83 numerales 1.2, 3.2 y
de Municipalidades, con el voto aprobatorio de sus
integrantes, por mayoría simple (05 votos) y (02
abstenciones); con la dispensa de la presentación de
Dictamen y la aprobación del acta; el Concejo Municipal,
APRUEBA la siguiente:
ORDENANZA MUNICIPAL QUE APRUEBA LA
RECUPERACIÓN DE VÍAS OCUPADAS POR
EL COMERCIO INFORMAL Y EL COMERCIO
AMBULATORIO EN EL DISTRITO DE HUALMAY Y
DECLARAR ZONAS RIGIDAS
Artículo Primero.- DECLARAR zona rígida para el
Comercio informal y Comercio ambulatorio, plaza de
armas, plazas públicas, plazuelas, parques y jardines y
monumentos históricos del Distrito de Hualmay y el área
urbana comprendida en el cuadrante delimitado de la
siguiente manera:
- POR EL NORTE: Con la Prolongación Santa Rosa y
la Avenida Domingo Mandamiento
- POR EL SUR: Con el límite del Cercado de Huacho.
- POR EL ESTE: Con la Avenida Cruz Blanca.
- POR EL OESTE : Con la Avenida Cincuentenario
hasta la Prolongación Santa Rosa
Artículo Segundo.- EXCEPTÚESE la presente
Ordenanza a los módulos de Emolienteros, Canillitas y
Lustrabotas amparados en las leyes Nº 30198, Ley Nº
10674 y Ley Nº 27475 correspondientes.
Artículo Tercero.- ENCARGAR la aplicación,
supervisión de manera conjunta y coordinada a las siguientes
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GH 6HJXULGDG &LXGDGDQD \ 3ROLFtD 0XQLFLSDO 2¿FLQD GH
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Artículo Cuarto.- DEJESE SIN EFECTO toda
Disposición municipal que se opongan a la presente.
Artículo Quinto.- DISPONER la publicación a la
Secretaria General del texto aprobatorio de la presente
2UGHQDQ]DHQHO'LDULR2¿FLDO (O3HUXDQRHQFDUJDQGRD
ODR¿FLQDGH6LVWHPDVH,QIRUPiWLFDODGLIXVLyQHQHOSRUWDO
Institucional www.munihualmay.gob.pe y en el portal del
estado www.peru.gob.pe
POR TANTO:
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
EDDIE JARA SALAZAR
Alcalde
1278069-1

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