ORDENANZA N° 012-MDMM - Derogan la Ordenanza N° 029-MDMM que reguló aspecto técnicos en el distrito

Fecha de disposición28 Febrero 2015
Fecha de publicación28 Febrero 2015
El Peruano
Sábado 28 de febrero de 2015
547722
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LURIGANCHO - CHOSICA
Visto el Informe Nº 51-2015/MDLCH-GR elevado al
despacho de la Gerencia Municipal, el Gerente de Rentas
remite el proyecto de Decreto de Alcaldía por el cual
amplía el plazo de vencimiento de la 1ª cuota del impuesto
predial y de los arbitrios municipales del año 2015, hasta
el 31 de marzo del presente año.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 213-MDL, publicado el
04 de febrero de 2015, se establece el vencimiento del
pago de los Tributos Municipales para el Ejercicio Fiscal
2015.
Que, en vista que a la fecha aún no se han impreso
las cuponeras de pago 2015 referente al impuesto predial
y arbitrios municipales por diversos motivos; se hace
necesario ampliar los plazos de vencimiento para el pago
de los tributos municipales, conforme a lo establecido
en el artículo 29º del Texto Unico Ordenado del Código
Tributario, aprobado por Decreto Supremo Nº 133-2013-
EF, concordante con el artículo 4º de la Ordenanza Nº
Estando a mérito de lo expuesto y en uso de las
facultades conferidas por el artículo 20º, inciso 6) de la
SE DECRETA:
Primero.- AMPLIAR el plazo de vencimiento para el
pago de PRIMER TRIMESTRE del impuesto predial y de
los arbitrios municipales del ejercicio 2015 hasta el día 31
de marzo del presente año.
Segundo.- DISPONER que la Sub Gerencia de
Gestión Tecnológica proceda a la publicación del presente
dispositivo en el portal de la página web municipal.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
LUIS FERNANDO BUENO QUINO
Alcalde
1205699-1
MUNICIPALIDAD DE
MAGDALENA DEL MAR
Derogan la Ordenanza Nº 029-MDMM
que reguló aspectos técnicos en el
distrito
ORDENANZA Nº 012-MDMM
Magdalena del Mar, 23 de febrero de 2015
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE MAGDALENA
DEL MAR
POR CUANTO:
El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en Sesión
Ordinaria Nº 05 de la fecha; y,
CONSIDERANDO:
artículos 194º y 195º y la Ley de Reforma Constitucional
Nº 28607, establece que las municipalidades tienen
autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia;
Que, asimismo el Título Preliminar de la Ley Nº
IV establece que los gobiernos locales representan
al vecindario, promueven la adecuada prestación de
los servicios públicos locales y el desarrollo integral,
sostenible y armónico de su circunscripción;
Que, en función a lo antes mencionado, el regidor Javier
Olazabal Raya, solicita la derogatoria de la Ordenanza Nº
029-MDMM que reguló aspectos de carácter técnico en
el distrito;
Estando al uso de las facultades conferidas por
Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal,
aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de
lectura y aprobación del Acta, la siguiente:
ORDENANZA
Artículo Primero.- DERÓGUESE la Ordenanza Nº
029-MDMM que reguló aspectos técnicos en el distrito de
Magdalena del Mar.
Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará
en vigencia al día siguiente de su publicación.
Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Secretaria
General, la publicación de la presente Ordenanza
en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Sub Gerencia de
Informática y Estadística la publicación de la presente
Ordenanza en la página web de la Municipalidad: www.
munimagdalena.gob.pe y en el portal del Estado Peruano:
www.peru.gob.pe.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE
Alcalde
1205694-1
MUNICIPALIDAD DEL RIMAC
Prorrogan plazo de vencimiento
de beneficio tributario establecido
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 004-2015-MDR
Rímac, 24 de febrero de 2015
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD
DISTRITAL DEL RÍMAC
Visto, el Memorándum Nº 025-2015-GR-MDR de la
Gerencia de Rentas, mediante el cual propone la prórroga
del plazo de vencimiento dispuesto en el artículo segundo
de la Ordenanza Nº 412-MDR que dispone incentivos
tributarios; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza Nº 412-MDR, publicada en
el Diario Of‌i cial El peruano con fecha 14 de enero de 2015,
se dispone benef‌i cios tributarios para los contribuyentes
que mantengan deuda por Impuesto Predial y Arbitrios
Municipales, cualquiera sea su estado de cobranza en vía
ordinaria o coactiva.
Que, mediante decreto de Alcaldía Nº 001-2015-MDR,
se procedió a prorrogar el plazo de vencimiento dispuesto
por el artículo segundo de dicha Ordenanza, hasta el 27
de febrero del 2015.
Que, de acuerdo a lo señalado en el Memorándum
del Visto, se considera necesario la ampliación de dicho
benef‌i cio tributario a f‌i n de promocionar el pago voluntario
de las obligaciones tributarias, toda vez que existe una
gran af‌l uencia de contribuyentes que vienen regularizando
la situación de sus adeudos tributarios, así como la
predisposición plena de querer regularizarlos.
Que, la Cuarta Disposición Transitoria y Final de la
Ordenanza mencionada faculta al señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones
complementarias y reglamentarias para su adecuada
aplicación, así como su prórroga de ser el caso, previo
informe de necesidad del área correspondiente.
Estando las atribuciones conferidas por el artículo 42º
SE DECRETA:
Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de
vencimiento dispuesto en el artículo segundo de la

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