ORDENANZA N° 002-2013-MDLP - Otorgan beneficios tributarios a favor de contribuyentes del distrito para el ejercicio 2013

Fecha de disposición25 Enero 2013
Fecha de publicación25 Enero 2013
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de enero de 2013 486885
de Administración, Economía y Presupuesto, el Proyecto
de Ordenanza del “Calendario de Pagos para el Impuesto
Predial y los Arbitrios Municipales 2013”; y
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con lo dispuesto por el Artículo 15º
del Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, que aprobó el
Texto Único Ordenando de la Ley Tributación Municipal,
el pago del Impuesto Predial podrá efectuarse al contado
hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año o
en forma fraccionada hasta en cuatro cuotas trimestrales;
debiéndose pagarse la primera hasta el ultimo día hábil
del mes de febrero de cada año y las cuotas restantes
hasta el último día hábil de los meses de mayo, agosto y
noviembre.
Que, los arbitrios de Limpieza Pública, Parques y
Jardines y Serenazgo son de periodicidad mensual y
que la Municipalidad Distrital de La Perla determinará y
recaudará dichos arbitrios por periodos mensuales;
Que, es necesario establecer las fechas de vencimiento
para el pago del Impuesto Predial y de la Tasa de Arbitrios
Municipales de la jurisdicción del Distrito de La Perla, para
el ejercicio 2013;
Que, de acuerdo a lo estipulado en el Artículo 13 de
la Ley de Tributación Municipal las Municipalidades están
facultadas para establecer un monto mínimo a pagar por
concepto de impuesto predial equivalente a 0.6% de la
UIT vigente al 1 de enero del año a que corresponde el
impuesto;
fecha 20-12-2012 el Ministerio de Economía y Finanzas
f‌i jó el Nuevo Valor de la Unidad Impositiva Tributaria en S/.
3,700.00 Nuevos Soles;
Estando con la conformidad mediante el Memorándum
Nº 020 -2013-GAT/MDLP de la Gerencia de Administración
Tributaria, el Informe Nº 005-2013-GAJ/MDLP de la
Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 005-2013-
GM-MDLP de la Gerencia Municipal;
Estando a lo dispuesto por el numeral 8) del Artículo
el voto UNANIME de los Señores (as) Regidores (as) con
la dispensa de lectura y aprobación del Acta, se aprobó la
siguiente.
ORDENANZA
ESTABLECEN FECHAS DE VENCIMIENTO
PARA EL PAGO DE TRIBUTOS MUNICIPALES
CORRESPONDIENTES PARA EL EJERCICIO 2013
Artículo Primero.- Vencimiento por el pago de
Impuesto Predial
De conformidad con el Artículo 15º del Texto Único
Ordenando de la Ley de Tributación Municipal, la
obligación de pago del Impuesto Predial para el ejercicio
2013 vence:
Pago al Contado : 28 de febrero de 2013
Pago Fraccionado:
Primera Cuota : 28 de febrero de 2013
Segunda cuota : 31 de mayo de 2013
Tercera cuota : 29 de agosto de 2013
Cuarta cuota : 29 de noviembre de 2013
Artículo Segundo.- Vencimiento para el pago de
los Arbitrios de Limpieza Pública, Parques y Jardines
Públicos y Serenazgo.
La obligación de pago de las cuotas mensuales de los
Arbitrios correspondientes al ejercicio 2013 vence:
Pago al contado : 28 de febrero de 2013
Pago Fraccionado
Enero y febrero : 28 de febrero de 2013
Marzo : 01 de Abril de 2013
Abril : 30 de abril de 2013
Mayo : 31 de mayo de 2013
Junio : 01 de julio de 2013
Julio : 31 de julio de 2013
Agosto : 02 de setiembre de 2013
Setiembre : 30 de setiembre de 2013
Octubre : 31 de octubre de 2013
Noviembre : 29 de noviembre de 2013
Diciembre : 30 de diciembre de 2013
Artículo Tercero.- El monto mínimo a pagar por
concepto de Impuesto Predial en el ejercicio 2013 asciende
a S/. 22.20 Nuevos Soles.
DISPOSICIONES FINALES
Articulo Primero.- Facultar al Alcalde de la
Municipalidad Distrital de La Perla establecer fechas
distintas a las señaladas en los artículos precedentes a
través de Decreto de Alcaldía, el mismo que deberá ser
publicado en el Diario Of‌i cial El Peruano. Las nuevas
fechas establecidas, deberán garantizar el cumplimiento
de las obligaciones correspondientes.
Articulo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Secretaria General la publicación de la presente
Ordenanza en el Diario Of‌i cial El Peruano y a la Sub
Gerencia de Relaciones Públicas la publicación de la
presente Ordenanza en la página web de la Municipalidad
Distrital de La Perla.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
PEDRO JORGE LOPEZ BARRIOS
Alcalde
893276-1
Otorgan beneficios tributarios a favor
de contribuyentes del distrito para el
ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 002-2013-MDLP
La Perla, 21 de enero del 2013
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE LA PERLA
VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, 21
de enero del 2013, el Dictamen de la Comisión Ordinaria
de Administración Economía y Presupuesto, sobre el
Proyecto de Ordenanza respecto a establecer un régimen
de Benef‌i cios Tributarios para el ejercicio 2013.
CONSIDERANDO:
del Perú, se establece que las Municipalidades Provinciales
y Distritales son órganos de Gobierno Local que gozan
de autonomía política, económica y administrativa en los
asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo
Municipal, la función normativa a través de Ordenanzas,
las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del
en concordancia con la Norma IV del Titulo Preliminar
del T.U.O. del Código Tributario, aprobado mediante
Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos
locales potestad tributaria para crear, modif‌i car y suprimir
contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos
municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción
y con los limites que señala la Ley.
Que, el Artículo 60 del Texto Único Ordenado de la
Ley de Tributación Municipal establece que, los gobiernos
locales no tienen limitación alguna para exonerar,
modif‌i car o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su
administración.
Que, es política de la actual administración municipal
incentivar el pago oportuno de los tributos que administra,
siendo necesario adoptar medidas que benef‌i cien a los
contribuyentes para que cumplan oportunamente con el
pago de sus obligaciones tributarias ante la Municipalidad
de La Perla; y asimismo a contribuyentes que deben pagar
con un descuento especial por su singular condición lo
cual se precisa en la presente Ordenanza.
Que, mediante Of‌i cio Nº 008- 2013-ALC-MDLP, el
Despacho de Alcaldía remite a la Presidenta de la Comisión
Ordinaria de Administración Economía y Presupuesto, la
documentación para la emisión del dictamen respectivo;
Que, mediante dictamen la Comisión Ordinaria de
Administración Economía y Presupuesto, emite opinión

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