Oficio Circular nº 6815-97 de Superintendencia de Banca y Seguros, 28-10-1997

Fecha28 Octubre 1997
EmisorSuperintendencia de Banca y Seguros
Tipo de documentoSistema Financiero
Oficio Circular Nº 6815-97

Lima, 28 de octubre de 1997




OFICIO CIRCULAR Nº 6815-97



Señor

Alcalde del Concejo Provincial de

Es grato dirigirme a usted, en relación a la Décimo Cuarta Disposición Transitoria de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, referida a la obligatoriedad de conversión en Sociedades Anónimas de las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, proceso que, de conformidad con dicho dispositivo deberá efectuarse dentro de un plazo que no excederá el 10 de diciembre de 1997.

Con tal finalidad, este Organismo de Control ha estimado conveniente dirigirse a su despacho, para que por su intermedio se dispongan las acciones pertinentes que permitan a la Caja Municipal de Ahorro y Crédito de su Concejo Provincial dar cumplimiento en forma ordenada y adecuada dicha disposición, proceso en el cual deberá tenerse presente lo siguiente:

1.- Las Cajas Municipales de Ahorro y Crédito, de conformidad con lo previsto en la Quinta Disposición Final y Complementaria de la Ley General, continuarán regidas por las normas contenidas en sus leyes respectivas, salvo lo relativo a los factores de ponderación por riesgos, capitales mínimos, patrimonios efectivos, límites y niveles de provisiones, establecidos por la Ley Nº 26702, y la exigencia de su conversión a sociedades anónimas sin el requisito de la pluralidad de accionistas.

2.- De acuerdo a lo establecido en la Décimo Tercera Disposición Transitoria de la...

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