DECRETO SUPREMO N° 093-2014-EF - Autorizan transferencia Financiera a favor del Instituto de Gestión de Servicios de Salud en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición03 Mayo 2014
Fecha de publicación03 Mayo 2014
El Peruano
Sábado 3 de mayo de 2014
522164
6º de la Ley Nº 30175, bajo responsabilidad del titular de
cada uno de dichos Ministerios, respectivamente.
Artículo 5º.- Refrendo
El presente Decreto Supremo es refrendado por el
Ministro de Economía y Finanzas.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dos días
del mes de mayo del año dos mil catorce.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1079126-1
Autorizan transferencia Financiera
a favor del Instituto de Gestión de
Servicios de Salud en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal
2014
DECRETO SUPREMO
Nº 093-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, se aprobó el
Presupuesto Institucional del Pliego 011: Ministerio de
Salud;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1167 se crea
el Instituto de Gestión de Servicios de Salud, como un
organismo público ejecutor, adscrito al Ministerio de
Salud, que cuenta con personería jurídica de derecho
público, autonomía funcional, administrativa, económica
y f‌i nanciera, en el marco de las políticas establecidas
por el Ministerio de Salud, constituyendo un Pliego
Presupuestal;
Que, la Tercera Disposición Complementaria Final y
la Tercera Disposición Complementaria Transitoria del
Decreto Legislativo Nº 1167 dispone que se transf‌i era al
Instituto de Gestión de Servicios de Salud las funciones
que corresponden a las Direcciones de Salud II Lima Sur,
IV Lima Este y V Lima Ciudad, referidas a la conducción
de la gestión de la operación y prestación de servicios de
salud de los establecimientos de salud públicos bajo su
dependencia; asimismo, se autoriza al Ministerio de Salud
a transferir al Instituto de Gestión de Servicios de Salud
el acervo documentario, sistemas informáticos, activos,
pasivos, recursos, bienes muebles e inmuebles y otros
asignados; y que el referido instituto asume los recursos
humanos de los Institutos Especializados, Hospitales
del tercer nivel de atención, Direcciones de Red de
Salud, que incluye a sus Hospitales de segundo nivel de
atención del Programa denominado “Sistema de Atención
Móvil de Urgencias – SAMU” y los recursos humanos de
las DISA V Lima Ciudad, IV Lima Este y II Lima Sur que
correspondan;
Que, la Cuarta Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto Legislativo Nº 1167 dispone que se autoriza al
Pliego 011: Ministerio de Salud a transferir al Instituto de
Gestión de Servicios de Salud, los recursos presupuestales
que correspondan y que dicha transferencia es aprobada
mediante decreto supremo, refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y el Ministro de Salud, a propuesta
de éste último;
Que, en el marco de lo indicado en los considerandos
precedentes, el Ministerio de Salud mediante el Of‌i cio Nº
1212-2014-SG/MINSA y el Informe Nº 083-2014-OGPP-
OP/MINSA, de su Of‌i cina General de Planeamiento y
Presupuesto, recomienda gestionar la transferencia de
partidas a favor del Pliego Instituto de Gestión de Servicios
de Salud, destinada a f‌i nanciar la implementación de
la unidad ejecutora 001 Administración IGSS del Pliego
Instituto de Gestión de Servicios de Salud;
Que, en consecuencia resulta necesario autorizar una
transferencia de partidas hasta por la suma de VEINTISIETE
MILLONES SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL SIETE Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 27 627 007,00) a favor del
Pliego Instituto de Gestión de Servicios de Salud en el marco
de lo dispuesto en la Cuarta Disposición Complementaria
De conformidad con la Cuarta Disposición
Complementaria Transitoria del Decreto Legislativo Nº
1167, Decreto Legislativo que crea el Instituto de Gestión
de Servicios de Salud;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorízase una Transferencia de Partidas en
el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014, hasta por la suma de VEINTISIETE MILLONES
SEISCIENTOS VEINTISIETE MIL SIETE Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 27 627 007,00) del pliego Ministerio
de Salud, a favor del Instituto de Gestión de Servicios de
Salud, para los f‌i nes establecidos en la parte considerativa
de la presente norma, de acuerdo al siguiente detalle:
DE LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA Gobierno Central
PLIEGO 011 : Ministerio de Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración Central - MINSA
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0104 : Reducción de la Mortalidad por
Emergencias y Urgencias Médicas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 23 828 540,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 175 020,00
UNIDAD EJECUTORA 026 : Dirección de Salud V Lima Ciudad
ACCIONES CENTRALES 9001
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 2 672 273,00
2.3 Bienes y Servicios 655 326,00
ASIGNACIONES 9002
PRESUPUESTARIAS
QUE NO RESULTAN
EN PRODUCTOS
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.1 Personal y Obligaciones Sociales 233 576,00
2.2 Pensiones y Otras Prestaciones Sociales 900,00
2.3 Bienes y Servicios 61 372,00
--------------------
TOTAL EGRESOS 27 627 007,00
===========
A LA: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA Gobierno Central
PLIEGO 137 : Instituto de Gestión de Servicios de
Salud
UNIDAD EJECUTORA 001 : Administración IGSS
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0104 : Reducción de la Mortalidad por
Emergencias y Urgencias Médicas
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios
GASTOS CORRIENTES
2.3 Bienes y Servicios 23 828 540,00
GASTOS DE CAPITAL
2.6 Adquisición de Activos No Financieros 175 020,00

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