ACUERDO N° 70-2014-CR/GRM - Rechazan y se oponen a los Proyectos de Leyes N°s 3191/2013-PE y 3355/2013-PE de Saneamiento y Organización Territorial de la provincias y distritos de Jorge Basadre y Candarave del departamento de Tacna

Fecha de disposición24 Junio 2014
Fecha de publicación24 Junio 2014
El Peruano
Martes 24 de junio de 2014
525918
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE MOQUEGUA
Rechazan y se oponen a los Proyectos de
Leyes Nºs. 3191/2013-PE y 3355/2013-
PE de Saneamiento y Organización
Territorial de las provincias y distritos
de Jorge Basadre y Candarave del
departamento de Tacna
ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL
Nº 70-2014-CR /GRM
Fecha: 20 de junio del 2014
VISTOS:
En Sesión Extraordinaria Nº 09-2014, realizada el
día viernes 20 de Junio del 2014 y la exposición del Sub
Gerente de Acondicionamiento Territorial.
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 191º de la Constitución Política del
Estado, modif‌i cado por ley Nº 27680 Ley de reforma
Constitucional del Capitulo XIV del título IV, establece:
”los Gobiernos Regionales tienen autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia (…), La estructura orgánica básica de estos
gobiernos la conforman el Consejo Regional como órgano
normativo y f‌i scalizador”.
Que, el artículo 13º de la Ley Orgánica de los
Gobiernos Regionales-Ley Nº27867 modif‌i cado por la
Ley Nº 29053, establece que el Consejo Regional: “Es el
órgano normativo y f‌i scalizador del Gobierno Regional: le
corresponde las funciones y atribuciones que se establece
en la presente Ley y aquellas que le sean delegadas
(…)”.
Que, el artículo 39º de la Ley 27867 Ley Orgánica
de Gobierno Regionales concordante con el artículo 63
previsto en el Reglamento Interno del Consejo Regional,
aprobado mediante Ordenanza Regional Nº01-2011-CR/
MOQ, establece que: “Los Acuerdos Regionales expresan
la decisión de este órgano sobre asuntos internos
del Consejo Regional, de interés público, ciudadano
o institucional o declara su voluntad de practicar un
determinado acto o norma institucional”.
Que, la Ley Nº 27795, Ley de Demarcación Territorial
y Organización Territorial, establece las def‌i niciones,
criterios y procedimientos para tratar los asuntos de
demarcación territorial, la referida Ley declara de interés
nacional el Saneamiento de Límites Territoriales de los
Distritos y Provincias que lo requieran.
Que, la Ley Nº 29533, Ley que implementa
mecanismos para la Delimitación Territorial, en su artículo
4º, establece que los límites territoriales colindantes
entre departamentos, el Acta de Acuerdo de Limites es
suscrita por los Presidentes de los Gobiernos Regionales
y amparada por el Acuerdo de Consejo Regional de cada
uno de los respectivos Gobiernos Regionales Involucrados.
El acta de acuerdo de límites forma parte del expediente
único de saneamiento y organización territorial a f‌i n de
que este sea remitido a la Presidencia del Consejo de
Ministros para su correspondiente trámite.
Que, mediante Informe Técnico Nº 01-2014-SGAT-
GRPPAT/GR-MOQ, emitido por el Sub Gerente de
Acondicionamiento Territorial Arq. Renato Rojas Quesada,
informa sobre el irregular procedimiento en la elaboración
de los proyectos de Ley de las Provincias de Jorge
Basadre y Candarave (Proyecto de Ley Nº 3191/2013-PE,
Proyecto de Ley Nº 3355/2013-PE), concluyendo que los
referidos proyectos no se ajustan a lo establecido dentro
del tratamiento especial, normado por el reglamento de
la Ley de Demarcación Territorial, al haber omitido la
Dirección Nacional Técnica de Demarcación Territorial
(DNTDT) solicitar el informe técnico correspondiente
al Gobierno Regional de Moquegua para sanear la
colindancia con el Departamento de Tacna.
Que, el Gobierno Regional de Moquegua, tomo
conocimiento que la Dirección Nacional Técnica de
Demarcación Territorial (DNTDT), elaboro los proyectos
de Ley de Saneamiento y Organización Territorial de
las Provincias de Jorge Basadre (Proyecto de Ley
Nº 3191/2013-PE) y Candarave (Proyecto de Ley Nº
3355/2013-PE), los mismos que fueron aprobados por
el Consejo de Ministros remitiendo al Congreso de la
República mediante los of‌i cios Nº 023 y 048-2014-PR,
para el trámite de su promulgación.
Que, los referidos proyectos fueron formulados sin
respetar los procedimientos establecidos como el prescrito
en el Decreto Supremo Nº 019-2013-PCM, “Reglamento
de la Ley de Demarcación y Organización Territorial”,
que expresamente señala que el procedimiento para la
delimitación de provincias colindas entre regiones, se
requiere Informe Técnico de los Órganos Técnicos de
Demarcación Territorial de los Gobiernos Regionales
involucrados, en este caso no solo de la Región Tacna,
sino también de la Región Moquegua, tampoco cumple
con la exigencia del Artículo 30 del citado Reglamento, no
contiene la propuesta de delimitación, ni se ha realizado
la verif‌i cación de límites, ni la Dirección Nacional Técnica
de Demarcación Territorial ( DNTDT) ha convocado a
los representantes de las regiones involucradas, ni se
cuenta con el Acuerdo de Consejo Regional de Moquegua
conforme lo establece el Artículo 4º de la Ley Nº 29533,
Ley que implementa mecanismos para la Delimitación
Territorial.
En uso de las facultades concedidas por la Ley
Consejo Regional de Moquegua en sesión Extraordinaria
Nº 09 del 20 de Junio del 2014, con el voto unánime de
sus miembros y con dispensa del trámite de aprobación
del acta;
ACUERDA:
Artículo Primero.- RECHAZAR y OPONERSE a los
Proyectos de Ley Nº 3191/2013-PE de Saneamiento y
Organización Territorial de la Provincia y Distrito de Jorge
Basadre del departamento de Tacna, y Nº 3355/2013-
PE de Saneamiento y Organización Territorial de la
Provincia y Distrito de Candarave del departamento de
Tacna, por vulnerar el Art. 4º de la Ley 29533 Ley que
implementa mecanismos para la Delimitación Territorial
y la Ley 27795, Ley de Demarcación y Organización
Territorial.
Artículo Segundo.- COMUNICAR que el Consejo
Regional de Moquegua no Participo ni Emitió Ningún
Acuerdo de Consejo Regional aprobando los límites
territoriales con la Región de Tacna, conforme lo establece
el artículo 4º de la Ley 29533, Ley que implementa
mecanismos para la Delimitación Territorial.
Artículo Tercero.- SOLICITAR la devolución de
los referidos proyectos de Ley de la Comisión de
Descentralización, Regionalización, Gobiernos Locales y
Modernización del Estado del Congreso de la República, a
la Presidencia del Consejo de Ministros, por el la irregular
tramitación que se viene dando.
Artículo Cuarto.- PUBLICAR el presente Acuerdo en
el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del Gobierno
Regional, remitiendo Copia del mismo a Presidencia
Regional, Presidente del Consejo de Ministros, Presidente
de la Comisión de Descentralización, Regionalización,
Gobiernos Locales y Modernización del Estado del
Congreso de la República y las demás instancias
comprendidas.
Regístrese, comuníquese y cúmplase.
GINA ALICIA VALDIVIA VÉLEZ
Consejera Delegada
Consejo Regional Moquegua
1100759-1

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