RESOLUCION N° 360-2013/SUNAT - Aprueban disposiciones para la implementación del Registro de Socios de las Cooperativas Agrarias y otros integrantes - Ley N° 29972

Fecha de publicación13 Diciembre 2013
Fecha de disposición13 Diciembre 2013
El Peruano
Viernes 13 de diciembre de 2013 509135
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Disponen la inscripción de las acciones
representativas del capital social de
Moche Inversiones S.A. en el Registro
Público del Mercado de Valores
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA GENERAL SMV
Nº 097-2013-SMV/11.1
Lima, 5 de diciembre de 2013
EL INTENDENTE GENERAL DE SUPERVISIÓN DE
CONDUCTAS
VISTOS:
El Expediente Nº 2013022494, así como el Informe
Interno Nº 1098-2013-SMV/11.1 del 05 de diciembre
de 2013, de la Intendencia General de Supervisión de
Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión
de Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 14 de junio de 2013, Moche Inversiones S.A.
solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores
- SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la
inscripción de sus acciones representativas de su capital
social, íntegramente pagadas, en el Registro Público
del Mercado de Valores y en el Registro de la Bolsa de
Valores de Lima;
Que, de la revisión de la documentación e información
presentada en el marco del trámite al que se contrae la
presente Resolución se ha verif‌i cado que en Junta General
de Accionistas de Moche Inversiones S.A. celebradas el
03 de enero y 22 de abril de 2013 y ratif‌i cadas mediante
Junta Universal de Accionistas de fecha 22 de julio de
2013 se acordó por unanimidad aprobar la inscripción
de las acciones representativas de su capital social en el
Registro Público del Mercado de Valores de la SMV y en
el Registro de la Bolsa de Valores de Lima;
Que, el procedimiento de inscripción de valores a
través del Sistema de la Ventanilla Única se encuentra
normado por el artículo 7º del Reglamento de Inscripción
y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público
del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado
por Resolución SMV Nº 031-20102-SMV/01 y sus normas
modif‌i catorias (en adelante, el Reglamento);
Que, en observancia del artículo 7º, numeral 7.3, del
Reglamento, la Bolsa de Valores de Lima, mediante carta
Nº GL-T-325/2013 del 02 de julio de 2013, remitió a la
Superintendencia del Mercado de Valores las conclusiones
de su evaluación a la información presentada para efectos
del trámite;
Que, como consecuencia de la evaluación realizada
a la documentación presentada a la Superintendencia del
Mercado de Valores se le notif‌i có observaciones a Moche
Inversiones S.A., las mismas que se ha verif‌i cado fueron
subsanadas de manera completa el 02 de diciembre de
2013 según los requisitos exigidos en el artículo 8º del
Reglamento;
Que, el artículo 2º, numeral 2), de las Normas Relativas
a la Publicación y Difusión de las Resoluciones Emitidas
por los Órganos Decisorios de la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobadas por Resolución
CONASEV Nº 073-2004-EF/94.10, establecen que las
resoluciones administrativas referidas a la inscripción de
valores mobiliarios que pueden ser objeto de oferta pública
primaria y secundaria, en el Registro Público del Mercado
de Valores, deben ser difundidas a través del Boletín
de Normas Legales del Diario Of‌i cial El Peruano y en el
Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del
Mercado de Valores (www.smv.gob.pe); y,
Estando a lo dispuesto por los artículos 17º y
siguientes de la Ley del Mercado de Valores, Decreto
Legislativo Nº 861 y sus normas modif‌i catorias, así como
el artículo 8º del Reglamento de Inscripción y Exclusión de
Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado de
Valores y en la Rueda de Bolsa, y el numeral 6 del artículo
46º del Reglamento de Organización y Funciones de la
Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por
Decreto Supremo
Nº 216-2011-EF, que faculta a la Intendencia General
de Supervisión de Conductas a disponer la inscripción y
exclusión de valores mobiliarios en el Registro Público del
Mercado de Valores.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Disponer la inscripción de las acciones
representativas del capital social de Moche Inversiones
S.A. en el Registro Público del Mercado de Valores de la
Superintendencia del Mercado de Valores.
Artículo 2º.- Disponer la inscripción de los valores a
los que se ref‌i ere el artículo precedente en el Registro de
Valores de la Bolsa de Valores de Lima.
Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano y en el Portal del
Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado
de Valores (www.smv.gob.pe).
Artículo 4º.- Transcribir la presente Resolución a
Moche Inversiones S.A., en su calidad de Emisor; a la
Bolsa de Valores de Lima S.A. y a CAVALI S.A. ICLV.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ALIX GODOS
Intendente General
Intendencia General de Supervisión de Conductas
1024541-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Aprueban disposiciones para la
implementación del Registro de Socios
de las Cooperativas Agrarias y otros
integrantes - Ley Nº 29972
RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA
Nº 360-2013/SUNAT
Lima, 12 de diciembre de 2013
CONSIDERANDO:
Que el artículo 13° de la Ley Nº 29972, Ley que
promueve la inclusión de los productores agrarios a través
de las cooperativas, establece que las cooperativas
agrarias están obligadas a llevar un registro de sus socios
y otros integrantes, en la forma, requisitos, condiciones
y con la información que establezca la SUNAT; y que el
referido registro debe ser legalizado antes de su uso, de
corresponder;
Que mediante la Resolución de Superintendencia Nº
234-2006/SUNAT y modif‌i catorias se establecieron las
normas referidas a los Libros y Registros vinculados a
asuntos tributarios, las que incluyen disposiciones que
regulan el procedimiento de autorización de dichos libros
y registros, la forma de su llevado, el plazo máximo de
atraso y demás aspectos referidos a los mismos;
Que resulta conveniente disponer que el Registro de
Socios de las Cooperativas Agrarias y Otros Integrantes
sea llevado por las cooperativas agrarias conforme a las
disposiciones establecidas mediante la Resolución de
Superintendencia citada en el considerando anterior, a f‌i n
que coadyuve en el control de los benef‌i cios tributarios
otorgados por la Ley Nº 29972;
En uso de las facultades conferidas por el artículo 13°
de la Ley Nº 29972, el artículo 11° del Decreto Legislativo
Nº 501, Ley General de la SUNAT y normas modif‌i catorias,
el artículo 5° de la Ley Nº 29816, Ley de Fortalecimiento
de la SUNAT y el inciso q) del artículo 19° del Reglamento
de Organización y Funciones de la SUNAT, aprobado

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