DECRETO SUPREMO N° 167-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 a favor del Gobierno Regional del departamento de Junín, para financiar la ejecución de un proyecto de inversión pública de infraestructura educativa

Fecha de disposición27 Junio 2014
Fecha de publicación27 Junio 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Viernes 27 de junio de 2014 526195
Que, de acuerdo con los criterios establecidos en el
determinado que el monto máximo a ser otorgado al
Gobierno Regional de Cusco asciende a la suma de S/.
295 856 503,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO
MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL
QUINIENTOS TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES);
Que en tal sentido, resulta necesario autorizar el
segundo tramo de la emisión interna de bonos soberanos
destinado a f‌i nanciar los proyectos de inversión pública
en ejecución a cargo del Gobierno Regional mencionados
en el quinto considerando; así como aprobar el respectivo
Convenio de Traspaso de Recursos;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Supremo N° 098-2014-EF y la Resolución Directoral N°
037-2014-EF/52.01, que aprueba la “Directiva para la
Implementación del Acceso de los Gobiernos Regionales
al Financiamiento con la Emisión de Bonos Soberanos
aprobada por el Decreto Supremo N° 098-2014-EF” y la
Resolución Ministerial N° 167-2014-EF/52;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorícese el segundo tramo de hasta S/. 295
856 503,00 (DOSCIENTOS NOVENTA Y CINCO MILLONES
OCHOCIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS
TRES Y 00/100 NUEVOS SOLES) de la emisión interna
de bonos soberanos aprobada en el marco del Decreto
Supremo Nº 098-2014-EF, que puede ser colocado en una
o varias fechas, y que se destina a f‌i nanciar los proyectos de
inversión pública “Mejoramiento de la Transitabilidad Peatonal
y Vehicular de la Avenida Evitamiento de la Ciudad del Cusco”
y “Mejoramiento de la Capacidad Resolutiva de los Servicios
de Salud del Hospital Antonio Lorena Nivel III-1-Cusco”, en
ejecución, a cargo del Gobierno Regional de Cusco.
Artículo 2º.- Para los f‌i nes de la colocación del segundo
tramo que se autoriza en el Artículo precedente, se aplicará
lo dispuesto en el Reglamento de Bonos Soberanos y el
Reglamento del Programa de Creadores de Mercado,
aprobados por el Decreto Supremo Nº 096-2013-EF y los
bonos soberanos contarán con las siguientes características:
Monto : S/. 295 856 503,00
Unidad Responsable : Ministerio de Economía y Finanzas,
a través de la Dirección General de
Endeudamiento y Tesoro Público
Estructurador : Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público
Moneda : Nuevos Soles
Negociabilidad de los
bonos : Libremente negociables
Modalidad de colocación : A través de subastas, en el marco del
Programa de Creadores de Mercado
o mecanismo que lo sustituya.
Plazo de colocación : En varias fechas hasta el 31 de
diciembre de 2014.
Registro : Los bonos serán registrados mediante
anotación en cuenta en CAVALI S.A.
ICLV y listados en la Bolsa de Valores
de Lima
Servicio de deuda : El servicio de amortización, intereses,
comisiones y demás gastos que
ocasionen los bonos que se emitan, son
atendidos por el Ministerio de Economía
y Finanzas, con cargo a los recursos
presupuestarios asignados al pago del
servicio de la deuda pública.
Artículo 3º.- Apruébese el Convenio de Traspaso de
Recursos a ser suscrito entre el Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público, y el Gobierno Regional señalado en el
Artículo 1 de la presente Resolución Ministerial, mediante
el cual se establece los términos y condiciones para el
traspaso de los recursos provenientes de la colocación de
bonos soberanos cuya emisión fue autorizada por el Decreto
Supremo N° 098-2014-EF, para f‌i nanciar los proyectos de
inversión pública, en ejecución, a cargo de dicho Gobierno;
así como lo referido a su utilización y a la obligación de
reembolsar al Gobierno Nacional los recursos que son
materia de traspaso.
El mecanismo de reembolso a cargo del aludido
Gobierno Regional señalado en el Artículo 1 de esta
Resolución Ministerial, a favor del Ministerio de Economía
y Finanzas, será mediante asignaciones f‌i nancieras a que
se ref‌i ere la Décimo Sexta Disposición Complementaria y
Transitoria del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563,
Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento,
Artículo 4º.- Autorícese al Director General de
Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía
y Finanzas a suscribir toda la documentación que se requiera
para implementar lo dispuesto en esta Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1102475-1
EDUCACION
Aprueban Bases del II Concurso
Nacional “La Buena Escuela 2014”
RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL
Nº 025-2014-MINEDU
Lima, 26 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con el artículo 79 de la Ley
Nº 28044, Ley General de Educación, el Ministerio de
Educación es el órgano del Gobierno Nacional que
tiene por f‌i nalidad def‌i nir, dirigir y articular la política de
educación, cultura, recreación y deporte, en concordancia
con la política general del Estado;
Que, el Anexo 7 de las “Normas y Orientaciones para el
Desarrollo del Año Escolar 2014 en la Educación Básica”,
aprobadas por Resolución Ministerial N° 0622-2013-ED,
establece la matriz de concursos que deben realizarse
durante el año 2014, entre los cuales se encuentra el
Concurso “La Buena Escuela”;
Que, el literal h) del artículo 46 del Reglamento de
Organización y Funciones del Ministerio de Educación,
establece que la Dirección General de Desarrollo de las
Instituciones Educativas, dependiente del Viceministerio
de Gestión Pedagógica, es responsable de identif‌i car y
promover buenas prácticas de gestión de instituciones
educativas y mejora continua;
Que, la referida Dirección General, mediante Informe
N° 061-2014-MINEDU/VMGP-DIGEDIE, sustenta la
necesidad de aprobar las Bases del II Concurso Nacional
“La Buena Escuela 2014”, el cual tiene por f‌i nalidad
reconocer y visibilizar a las instituciones educativas
que desarrollan buenas prácticas en gestión escolar,
convivencia y orientación de los procesos pedagógicos,
con énfasis en el logro de los aprendizajes;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley N° 26510; y el Decreto Supremo N°
006-2012-ED, que aprueba el Reglamento de Organización
y Funciones (ROF) y el Cuadro para Asignación de
Personal (CAP) del Ministerio de Educación;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aprobar las Bases del II Concurso
Nacional “La Buena Escuela 2014”, las mismas que como
Anexo forman parte integrante de la presente resolución.
Artículo 2.- Encargar a la Dirección General de
Desarrollo de las Instituciones Educativas, el adecuado
cumplimento de la presente resolución.
Artículo 3.- Disponer que la Of‌i cina de Apoyo a la
Administración de la Educación publique la presente
Resolución Viceministerial y su Anexo, en el Sistema de
Información Jurídica de Educación – SIJE, ubicado en
el Portal Institucional del Ministerio de Educación (http://
www.minedu.gob.pe/).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLAVIO F. FIGALLO RIVADENEYRA
Viceministro de Gestión Pedagógica
1102810-1

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