RESOLUCION N° 051-2013-CD-OSITRAN - Declaran infundado recurso de reconsideración interpuesto por la Sociedad Concesionaria Vial del Sol S.A., contra la Resolución de Consejo Directivo N° 035-2012-CD-OSITRAN

Fecha de publicación26 Agosto 2013
Fecha de disposición26 Agosto 2013
AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Lunes 26 de agosto de 2013
501815
Año XXX - Nº 12566 501815
Año XXX - Nº
PODER EJECUTIVO
CULTURA
R.M. N° 244-2013-MC.- Designan Director General de la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del Ministerio 501816
DEFENSA
R.D. N° 0737-2013-MGP/DCG.- Aprueban línea de alta
marea que comprende al área de playa del distrito de San
Miguel, provincia y departamento de Lima 501816
ECONOMIA Y FINANZAS
RR.MM. N°s. 237 y 238-2013-EF/43.- Autorizan viajes de
profesional y consultor a México y EE.UU., en comisión de
servicios 501817
PRODUCE
D.S. N° 006-2013-PRODUCE.- Decreto Supremo que
modif‌i ca el Reglamento de Ordenamiento Pesquero
de las Actividades Extractivas Artesanales y de Menor
Escala del ámbito marítimo adyacente al Departamento
de Tumbes y el T.U.O. del Reglamento de Inspecciones y
Sanciones Pesqueras y Acuícolas 501818
R.M. N° 264-2013-PRODUCE.- Crean Comisión
Técnica de Trabajo encargada de realizar el análisis y la
recopilación de información científ‌i ca y tecnológica acerca
del recurso camaroncito rojo 501824
TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
R.VM. N° 387-2013-MTC/03.- Otorgan autorización a
persona natural para prestar servicio de radiodifusión por
televisión educativa en VHF en la localidad de Huarmaca,
departamento de Piura 501825
RR.VMs. N°s. 388 y 389-2013-MTC/03.- Otorgan
autorizaciones a personas naturales para prestar servicio
de radiodifusión sonora en FM en localidades de los
departamentos de Cajamarca y Loreto 501827
R.VM. N° 396-2013-MTC/03.- Renuevan autorización
otorgada a persona natural mediante R.VM. N° 659-2002-
MTC/03 501830
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL DE ELECCIONES
Res. N° 739-2013-JNE.- Disponen inscripción de Vísmar
Comunicaciones E.I.R.L. en el Registro Electoral de
Encuestadoras. 501831
Res. N° 752-2013-JNE.- Conf‌i rman Acuerdo de Concejo
N° 055-2012-MDSR, que rechazó solicitud de suspensión
de alcalde de la Municipalidad Distrital de Santa Rosa,
provincia y departamento de Lima 501832
Res. N° 777-2013-JNE.- Revocan Acuerdo que declaró
infundado recurso de reconsideración interpuesto contra el
Acuerdo de Concejo N° 034-2013-MDCGAL, que declaró
la suspensión del cargo de alcalde de la Municipalidad
Distrital de Coronel Gregorio Albarracín Lanchipa,
provincia y departamento de Tacna, y reformándolo,
declaran improcedente pedido de suspensión y sin efecto
legal la sanción impuesta 501833
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 5072-2013.- Aprueban Reglamento de Medición
del Riesgo de Concentración en las Empresas de Seguros
501835
Circular N° AFOCAT-8-2013.- Establecen disposiciones
relacionadas con requerimientos de caja básica que
deben cumplir las AFOCAT 501838
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Ordenanza N° 289-2013-MDI.- Aprueban Ordenanza
que regula el Servicio de Transporte Público Especial
de Pasajeros en Vehículos Menores Motorizados en el
Distrito de Independencia 501839
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
R.A. N° 217.- Modif‌i can Artículo 1° de la R.A. N° 024,
sobre designación de funcionario responsable de entregar
información solicitada por el administrado 501849
R.A. N° 140.- Designan responsable de la elaboración,
actualización y adecuación del portal de transparencia
501849
SEPARATA ESPECIAL
ORGANISMO SUPERIOR DE LA
INVERSION EN INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE DE USO PUBLICO
Res. N° 051-2013-CD-OSITRAN.- Declaran infundado
Recurso de Reconsideración interpuesto por la Sociedad
Concesionaria Vial del Sol S.A., contra la Resolución de
Consejo Directivo Nº 035-2012-CD-OSITRAN 501792
Sumario
El Peruano
Lunes 26 de agosto de 2013
501816
PODER EJECUTIVO
CULTURA
Designan Director General de la
Oficina General de Asesoría Jurídica
del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 244-2013-MC
Lima, 23 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, por Ley Nº 29565, se creó el Ministerio de Cultura
como organismo del Poder Ejecutivo, con personería
jurídica de derecho público;
Que, mediante Resolución Ministerial Nº 215-2013-
MC, se encargó al señor Yamil Genaro Arenas Def‌i lippi
el puesto de Director General de la Of‌i cina General de
Asesoría Jurídica del Ministerio de Cultura;
Que, se estima por conveniente dar por concluida
la referida encargatura y designar a quien asumirá
el cargo de confianza de Director General de la
Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de
Cultura;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158,
que regula la participación del Poder Ejecutivo en el
nombramiento y designación de Funcionarios Públicos; la
Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dar por concluida la encargatura del
señor Yamil Genaro Arenas Def‌i lippi en el puesto de
Director General de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica del Ministerio de Cultura, dándosele las gracias
por los servicios prestados.
Artículo 2°.- Designar al señor Mauricio Rafael Ruiz
de Castilla Miyasaki en el cargo de conf‌i anza de Director
General de la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica del
Ministerio de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN
Ministra de Cultura
979458-1
DEFENSA
Aprueban línea de alta marea que
comprende al área de playa del
distrito de San Miguel, provincia y
departamento de Lima
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 0737-2013-MGP/DCG
Callao, 22 de agosto del 2013
Visto, el Of‌i cio H.1000-1704 de fecha 24 de julio del
2012, del Director de Hidrografía y Navegación de la
Marina de Guerra del Perú.
CONSIDERANDO:
Que, mediante documento del visto el Director de
Hidrografía y Navegación preciso a esta Autoridad
Maritima la Línea de Alta Marea - LAM aplicable al área
de playa del distrito de San Miguel, en la provincia y
departamento de Lima;
Que, para determinar la Línea de Alta Marea - LAM
aplicable al área de playa del distrito de San Miguel, la
Dirección de Hidrografía y Navegación durante el año 2001,
realizó los correspondientes estudios de determinación de
la Línea de Alta Marea, los cuales fueron efectuados en
conformidad al artículo 4.1 del Capítulo IV de las Normas
Técnicas Hidrográf‌i ca HIDRONAV-5130, “Instrucciones
técnicas para la determinación del límite de la franja no
menor de CINCUENTA (50) metros de ancho paralela a
la LAM”;
Que, las normas técnicas precisadas en el párrafo
anterior, indican que una vez determinada la Línea de
Alta Marea y el límite de la franja paralela no menor de
CINCUENTA (50) metros, esa tendrá carácter def‌i nitivo,
aunque la geomorfología del lugar sufra variaciones con el
transcurso del tiempo, debido a los cambios estacionales
regulares que producen la sedimentación y erosión cíclica
anual de las playas, así como por los efectos ocasionados
por fenómenos naturales y/o por actividades antrópicas;
Que, en el artículo 4.2 de las Normas Técnicas
precisadas en el párrafo precedente, se establece que
la Dirección de Hidrografía y Navegación es el Ente
Técnico y de servicio of‌i cial del Estado que def‌i nirá, previo
proceso de evaluación, el establecimiento de la Línea de
Alta Marea y el límite de la franja paralela no menor de
CINCUENTA (50) metros, para lo cual se pronunciará
técnica y def‌i nitivamente al respecto;
Que, el pronunciamiento técnico y def‌i nitivo que
efectúe la Dirección de Hidrografía y Navegación sobre
la determinación de la Línea de Alta Marea y el límite de
la franja paralela no menor de CINCUENTA (50) metros
será luego del proceso de evaluación correspondiente
que se efectúe sobre los documentos, planos e informes
técnicos que presente el promotor de un proyecto que
presumiblemente se encuentre en la jurisdicción de la
Autoridad Marítima, correspondiéndole a esta última
comunicar el pronunciamiento técnico y def‌i nitivo al que
se llegue luego del proceso de evaluación, o incluso por
propia iniciativa y acción del referido Ente Técnico;
Que, los aspectos precisados en los párrafos
precedentes son concordantes con las competencias que
se asigna a la Autoridad Marítima en los incisos (1) y (2) del
diciembre del 2012, que establece el ámbito de aplicación de
la citada norma, en el cual se encuentran el medio acuático
comprendido por el dominio marítimo y las aguas interiores,
así como los ríos y los lagos navegables, y las zonas
insulares, incluidas las islas ubicadas en el medio acuático
del Perú, los terrenos ribereños hasta los cincuenta (50)
metros medidos a partir de la línea de más alta marea del
mar y las riberas hasta la línea de más alta crecida ordinaria
en las márgenes de los ríos y lagos navegables;
Que, en los artículos B-010119 y B-010120 del
reglamento de la Ley N° 26620, Ley de Control y Vigilancia
de las Actividades Marítimas, Fluviales y Lacustres
actualmente vigente conforme a la primera disposición
complementaria transitoria del Decreto Legislativo N°
1147 de fecha 10 de diciembre del 2012, los terrenos
ganados al mar, ríos y lagos por causas naturales o por
obras artif‌i ciales están sometidos a la jurisdicción de la
Autoridad Marítima, y asimismo está prohibido efectuar
trabajos de relleno en el mar, ríos o lagos navegables para
ganar terreno, sin la respectiva autorización;
Que, en adición a eso en el artículo 3° del Decreto
Supremo N° 050-2006-EF que aprueba el Reglamento
de la Ley N° 26856, Ley que declara que las playas son
bienes de uso público, inalienables e imprescriptibles y
establece la zona de dominio restringido, se establece
que la determinación de la franja de hasta 50 metros de
ancho paralela a la línea de alta marea, estará a cargo de
la Autoridad Marítima;
Que, por lo anteriormente señalado y luego del proceso
de evaluación técnica seguido por el Ente Técnico se
ha obtenido la determinación de la línea de alta marea
aplicable al área de playa del distrito de San Miguel, en
la provincia y departamento de Lima la misma que no
será utilizada como medio de referencia jurisdiccional
o territorial por promotores de proyectos que pretendan
desarrollarse en áreas contiguas, así como también
deberá precisarse que esta aprobación de la línea de más
alta marea, será inalterable a pesar de las variaciones
morfológicas generadas por acción de la naturaleza o
antrópicas;
Que, en tal sentido, y como respuesta al Of‌i cio
131-2012-SGEOP/GDU/MDSM de fecha 7 de mayo del
El Peruano
Lunes 26 de agosto de 2013 501817
2012, del Sub-Gerente de Estudios y Obras Públicas de la
Municipalidad Distrital de San Miguel, a través del cual se
solicitaba la aprobación del estudio de determinación de la
línea de alta marea correspondiente al tramo comprendido
entre los distritos de San Miguel y Magdalena, mediante
Of‌i cio H.1000-1704 de fecha 24 de julio del 2012, el Director
de Hidrografía y Navegación de la Marina de Guerra
del Perú, hizo de conocimiento que para esa área ya se
encuentra def‌i nida la línea de alta marea desde el año 2001,
conforme a los trabajos técnicos que en aplicación a las
normas anteriormente referidas ha efectuado el citado Ente
Técnico, siendo este hecho comunicado a la Municipalidad
Distrital de San Miguel mediante Of‌i cio V.200-0523 de
fecha 7 de agosto 2012, por el Director del Medio Ambiente
de esta Dirección General;
De conformidad con lo propuesto por el Jefe del
Departamento de Riberas y Zócalo Continental, a lo
recomendado por el Director del Medio Ambiente y a lo
opinado por el Director Ejecutivo de la Dirección General
de Capitanías y Guardacostas;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Aprobar la línea de alta marea que
comprende al área de playa del distrito de San Miguel,
en la provincia y departamento de Lima de conformidad
al Plano de Determinación de la Línea de Alta Marea
efectuado por la Dirección de Hidrografía y Navegación.
Artículo 2º.- Remitir a la Municipalidad Distrital de
San Miguel, y a la Autoridad del Proyecto de la Costa
Verde la presente Resolución Directoral y el Plano de
Determinación de la Línea de Alta Marea que comprende
al área de playa del distrito de San Miguel, en la provincia
y departamento de Lima.
Artículo 3º.- Publicar en el Portal Electrónico de la
Dirección General de Capitanías y Guardacostas http://
www.dicapi.mil.pe la presente Resolución Directoral, en la
misma fecha de su publicación of‌i cial.
Regístrese y comuníquese como Documento Of‌i cial
Público (D.O.P)
EDMUNDO DEVILLE DEL CAMPO
Director General de Capitanías y Guardacostas
979165-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan viajes de profesional y
consultor a México y EE.UU., en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 237-2013-EF/43
Lima, 22 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil Circular Nº 051-2013-
MINCETUR/VMCE de fecha 07 de agosto de 2013,
el Viceministro de Comercio Exterior del Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, informa que se llevará a
cabo la Ronda Intersesional de Negociaciones del Grupo
de Obstáculos Técnicos al Comercio del Acuerdo de
Asociación Transpacíf‌i co – TPP, del 02 al 05 de setiembre
de 2013, en la ciudad de México D.F., Estados Unidos
Mexicanos, solicitando acreditar a los funcionarios del
Ministerio de Economía y Finanzas que participarán en la
referida reunión;
Que, el objetivo principal del Acuerdo de Asociación
Transpacíf‌i co – TPP, es el fortalecimiento de las relaciones
comerciales entre los países de Perú, Australia, Brunei,
Canadá, Chile, Estados Unidos, Japón, Malasia, México,
Nueva Zelanda, Singapur y Vietnam;
Que, en la Ronda Intersesional de Negociaciones
se buscará seguir avanzando en la discusión de los
textos consolidados a partir del progreso alcanzado en
la XVIII Ronda de Negociación Acuerdo de Asociación
Transpacíf‌i co, realizada en la ciudad de Kota Kinabalu,
Federación de Malasia; asimismo, teniendo en cuenta
el ingreso de Japón y el avanzado estado de de las
negociaciones del Capítulo de Obstáculos Técnicos al
Comercio, las partes buscarán ahondar en sus ofertas
de compromisos, particularmente en los aspectos
sensibles para sus respectivas políticas comerciales y de
inversiones;
Que, en ese sentido, se ha estimado conveniente que la
señorita Pierina Carolina Agurto Salazar, profesional de la
Dirección General de Asuntos de Economía Internacional,
Competencia y Productividad del Ministerio de Economía
y Finanzas, participe en la citada Ronda Intersesional de
Negociaciones;
Que, el literal a) del numeral 10.1 del artículo 10 de
la Ley Nº 29951 - Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013 dispone que los viajes que se
efectúen en el marco de la negociación de acuerdos
comerciales o tratados comerciales y ambientales,
negociaciones económicas y f‌i nancieras y las acciones
de promoción de importancia para el Perú se autorizan
mediante Resolución del Titular de la entidad;
Que, en consecuencia y siendo de interés para el país,
resulta necesario autorizar el viaje solicitado, cuyos gastos
serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de
Economía y Finanzas;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619,
Ley que regula la autorización de viajes al exterior de
servidores y funcionarios públicos, la Ley N° 29951, Ley
de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2013, el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM, que
aprueba las normas reglamentarias sobre autorización
de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,
y su modif‌i catoria, aprobada mediante Decreto Supremo
Nº 056-2013-PCM, así como la Resolución Ministerial Nº
662-2012-EF/43, que aprueba la Directiva Nº 003-2012-
EF/43.01 – Directiva para la Tramitación de Autorizaciones
de Viajes por Comisión de Servicios al Exterior e Interior
del País;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Autorizar, por excepción, el viaje en
comisión de servicios de la señorita Pierina Carolina
Agurto Salazar, profesional de la Dirección General de
Asuntos de Economía Internacional, Competencia y
Productividad del Ministerio de Economía y Finanzas, a la
ciudad de México D.F., Estados Unidos Mexicanos, del 01
al 06 de setiembre de 2013, para los f‌i nes expuestos en la
parte considerativa de la presente Resolución.
Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución, serán con cargo al Presupuesto
de la Unidad Ejecutora 001 – Administración General del
Pliego Ministerio de Economía y Finanzas, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes Aéreos : US $ 1 413.01
Viáticos (4 + 1 días) : US $ 2 200,00
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la citada profesional
deberá presentar ante el Titular de la Entidad, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas, los
resultados obtenidos y la rendición de cuentas por los
viáticos entregados.
Artículo 4º.- La presente norma no otorga derecho
a exoneración o liberación de impuestos de aduana de
cualquier clase o denominación a favor de la profesional
cuyo viaje se autoriza.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
979013-1
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 238-2013-EF/43
Lima, 22 de agosto de 2013
CONSIDERANDO:
Que, mediante Facsímil Circular Nº 051-2013-
MINCETUR/VMCE de fecha 07 de agosto de 2013,

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