ORDENANZA N° 491-MSS - Modifican la Ordenanza N° 399-MSS, que fomenta la revalorización de predios en parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima Metropolitana

EmisorMUNICIPALIDAD DE SANTIAGO DE SURCO
Fecha de la disposición 5 de Agosto de 2014
El Peruano
Martes 5 de agosto de 2014
529368
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE
SANTIAGO DE SURCO
Modifican la Ordenanza Nº 399-MSS,
que fomenta la revalorización de predios
en parte del Área de Tratamiento
Normativo III de Lima Metropolitana
ORDENANZA Nº 491-MSS
Santiago de Surco, 23 de julio de 2014
EL ALCALDE DEL DISTRITO DE SANTIAGO DE
SURCO
POR CUANTO:
El Concejo Municipal del Distrito de Santiago de Surco,
en Sesión Ordinaria de la fecha; y,
VISTO: El Dictamen Conjunto Nº 06-2014-CDU-CAJ-
MSS de las Comisiones de Desarrollo Urbano y Asuntos
Jurídicos, las Cartas Nros. 2432 y 2689-2014-SG-MSS
de la Secretaría General, el Memorándum Nº 462-2014-
GM-MSS de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 467-
2014-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoría Jurídica, los
Informes Nros. 162 y 236-2014-GDU-MSS de la Gerencia
de Desarrollo Urbano, los Informes Nros. 314 y 579-2014-
SGLECU-GDU-MSS de la Subgerencia de Licencias de
Edif‌i cación y Control Urbano, entre otros documentos,
sobre proyecto de Ordenanza que Modif‌i ca la Ordenanza
Nº 399-MSS, que fomenta la Revalorización de Predios
en Parte del Área de Tratamiento Normativo III de Lima
Metropolitana; y
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 194º de la Constitución Política
del Perú, concordante con el Artículo II del Título
Preliminar de la Ley Nº 27972, establecen que los
gobiernos locales gozan de autonomía política,
económica y administrativa en los asuntos de su
competencia, precisando que la autonomía radica
en la facultad de ejercer actos de gobierno, actos
administrativos y de administración, con sujeción al
ordenamiento jurídico;
Que, el Artículo 79º numeral 3) ítem 3.6.2 de la Ley
como funciones exclusivas de las municipalidades
distritales en materia de organización del espacio físico y
uso del suelo, el normar, regular y otorgar autorizaciones,
derechos y licencias y realizar la f‌i scalización de la
construcción, remodelación o demolición de inmuebles y
declaratorias de fábrica;
REQUISITOS PARA PUBLICACIŁN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Of‌i cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su f‌i rma ante el Diario Of‌i cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS.
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justif‌i car; si incluyen gráf‌i cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
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