ORDENANZA N° 010-2014-MDCH - Aprueban Ordenanza que facilita la reconstrucción y modernización de inmuebles en el Distrito de Chancay

Fecha de publicación27 Julio 2014
Fecha de disposición27 Julio 2014
El Peruano
Domingo 27 de julio de 2014 528835
27.18. Transferir el fotocheck a otra persona para que
realice las labores de recolección de residuos sólidos,
considerando que para este caso se aplique al infractor
una multa equivalente al 100% de UIT y como medida
complementaria la revocación de la autorización y retiro
del Registro Municipal de Operador de Residuos Sólidos.
27.19. Ejercer labores de recolección de residuos
sólidos con autorización vencida, considerando que para
este caso se aplique al infractor una multa equivalente
al 100% de UIT y como medida complementaria el retiro
inmediato de la zona y retención de los residuos sólidos
recolectados.
27.20. Por no entregar a tiempo la documentación
correspondiente al Reporte de los Residuos Sólidos de
acuerdo a los formatos establecidos, considerando que
para este caso se aplique al infractor una multa equivalente
al 100% de UIT y como medida complementaria la
revocación de la autorización y retiro del Registro
Municipal de Operador de Residuos Sólidos.
Artículo 28º.- SANCIONES
De verif‌i carse infracciones a la presente Ordenanza,
se aplicarán las siguientes sanciones:
28.1. En caso de reincidencia se procederá a revocar
la autorización y a retirar del Registro Municipal en los
casos que correspondan.
28.2. Las multas serán aplicadas de manera solidaria
tanto al infractor (Los Operadores de Residuos Sólidos),
como a la Organización de Recicladores a la que
pertenecen.
28.3. Las Organizaciones son responsables solidarias
de las conductas u omisiones de los asociados que
realicen labores dentro del distrito.
28.4. La unidad orgánica competente de la
municipalidad para detectar infracciones y emitir las
notif‌i caciones, es la Subgerencia de Policía Municipal,
que a su vez hará llegar las notif‌i caciones a la Gerencia
de Servicios Comunales y Gestión Ambiental para la
imposición de las sanciones correspondientes.
28.5. La responsabilidad administrativa es
independiente de la responsabilidad civil o penal que
puede derivarse de los hechos materia de la infracción.
CAPÍTULO II
FISCALIZACIÓN Y ACCIÓN DE RECLAMO
Artículo 29º.- FISCALIZACIÓN
La Subgerencia de Policía Municipal de la Municipalidad
de la Perla, tendrá la facultad de f‌i scalizar y controlar de
of‌i cio las actividades de los Operadores de Residuos
Sólidos y de las Organizaciones de Recicladores que
realizan la recolección y transporte de residuos sólidos.
Artículo 30º.- ACCIÓN DE RECLAMO
Toda persona natural o jurídica a quien se le detecte
alguna de las acciones u omisiones enumeradas en el
artículo 26 de la presente Ordenanza, podrá presentar
reclamo ante la Municipalidad, el cual será evaluado
y resuelto por la Gerencia de Servicios Comunales y
Gestión Ambiental.
1116051-1
MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
Aprueban Ordenanza que facilita la
reconstrucción y modernización de
inmuebles en el Distrito de Chancay
ORDENANZA MUNICIPAL
Nº 010-2014-MDCH
Chancay, 26 de junio de 2014
EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL
DE CHANCAY
VISTO: En sesión ordinaria de la fecha, con el voto
unánime de los señores regidores y con dispensa del
trámite de Lectura y Aprobación del Acta; y,
CONSIDERANDO:
Que, los gobiernos locales gozan de autonomía
política, económica y administrativa en los asuntos de
su competencia, de conformidad con lo dispuesto por
concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la
Ley Nº 27972, Orgánica de Municipalidades;
Que, el artículo 74 de la Constitución, concordado con
la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario,
los Gobiernos Locales tienen poder tributario para crear,
modif‌i car, suprimir y establecer benef‌i cios tributarios
respecto de los tributos de su competencia a través de
normas con rango de ley;
Que, durante el presente ejercicio 2014 han ocurrido,
situaciones de emergencia generadas por incendios
ocurridos en las calles colindantes al Mercado Municipal,
que han afectado la capacidad económica de sus
habitantes, que en muchos casos no van a poder cumplir
con sus obligaciones tributarias;
Que, dichas situaciones han puesto en relevancia
la necesidad de establecer mecanismos legales que
coadyuven a la superación de las situaciones de
emergencia, aliviando las cargas tributarias impuestas, a
través del otorgamiento de benef‌i cios tributarios;
En uso de las facultades conferidas por el numeral 8
Concejo Municipal aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE FACILITA LA RECONSTRUCCIÓN
Y MODERNIZACIÓN DE INMUEBLES EN EL
DISTRITO DE CHANCAY
Artículo Primero.- EXONERACIÓN PARA LA
CONSTRUCCIÓN EN CASOS DE SINIESTROS:
EXONERASE del pago de los Derechos por concepto
de la obtención de la licencia de edificación,
demolición, refacción y/o certificado de numeración, a
los propietarios y/o poseedores de predios destinado
al uso de casa habitación, siempre que los mismos
hayan sido declarados por la Municipalidad en estado
ruinoso y/o de peligro inminente de ocasionar daños
en perjuicio de los vecinos y/o propiedades de predios
colindantes.
Artículo Segundo.- EXONERACIÓN POR
SINIESTRO:
EXONERASE a los propietarios y/o poseedores de
predios, que resulten damnif‌i cados por incendio que se
produzca o haya producido, del pago de las siguientes
tasas municipales:
2.1. Arbitrios, correspondientes al ejercicio gravable
en el que sucedió el siniestro y el año siguiente.
2.2. Derechos, por concepto de obtención de la licencia
de edif‌i cación, demolición, refacción y/o certif‌i cado de
numeración.
Artículo Tercero.- REQUISITOS
Para efectos de la aplicación de los benef‌i cios
señalados en los Artículos Primero y Segundo de la
presente Ordenanza, el propietario o poseedor registrado
ante la Administración Tributaria Municipal, deberá
obtener:
3.1. El Informe Técnico de Defensa Civil y de la
Dirección de Desarrollo Urbano y Rural, que acredite que
el predio se encuentra en situación de alto riesgo que
puede causar daño.
3.2. Para obtener la licencia de edif‌i cación, deberán
presentar lo siguiente:
3.2.1. FUE (Formulario Único de Edif‌i cación)
3.2.2. Documento que acredite la propiedad (Escritura
Pública, Copia Literal, Minuta, Contrato de Compra Venta,
o Certif‌i cado de Posesión emitido por la Municipalidad
distrital de Chancay)
3.2.3. Planos de Arquitectura y Estructuras
Artículo Cuarto.- PAGOS EXCLUIDOS
Los pagos realizados con anterioridad a la entrada
en vigencia de la presente Ordenanza, son válidos y no
se encuentran sujetos a devolución ni compensación.

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