ORDENANZA N° 081-2014-CR-GRH - Aprueban el Texto Único de Procedimientos Administrativos TUPAS de las Direcciones Regionales del Gobierno Regional Huánuco
Fecha de disposición | 28 Agosto 2014 |
Fecha de publicación | 28 Agosto 2014 |
El Peruano
Jueves 28 de agosto de 2014
531158
de efectuarse mediante la afectación de la planilla única
de pago de estos, conforme al Decreto Supremo N° 010-
2014-EF;
Que, en ese sentido, es necesario establecer el
procedimiento correspondiente al registro a que se refi ere
el considerando anterior;
Que, corresponde a la Superintendencia de Banca,
Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de
Pensiones, conforme a la autonomía funcional que le
confi ere el artículo 346° de la Ley N° 26702 y al artículo
38º de la Ley Nº 27444, aprobar las modifi caciones del
Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA
institucional;
Contando con el visto bueno de las Superintendencias
Adjuntas de Banca y Microfi nanzas, Administradoras
Privadas de Fondos de Pensiones y Seguros y Asesoría
Jurídica; y,
En uso de las atribuciones conferidas por el artículo
367° de la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia
de Banca y Seguros, Ley N° 26702 y de acuerdo con las
condiciones de excepción dispuestas en el numeral 3.2
del artículo 14° del Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS;
RESUELVE:
Artículo Primero.- Incorporar el procedimiento N° 160
“Registro de entidades que pueden afectar la planilla única
de pagos a fi n que los servidores o cesantes de sector
público puedan amortizar el pago de las obligaciones
asumidas”, conforme al Decreto Supremo N° 010-2014-
EF, en el Texto Único de Procedimientos Administrativos
– TUPA de la Superintendencia de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones,
aprobado mediante Resolución SBS N° 3082-2011 y sus
normas modifi catorias, cuyo texto se anexa a la presente
resolución y se publica en el portal institucional (www.sbs.
gob.pe), conforme con lo dispuesto en el Reglamento de
la Ley N° 29091, aprobado por Decreto Supremo N° 004-
2008-PCM.
Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en
vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el
Diario Ofi cial “El Peruano”.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
1128586-1
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL
DE HUANUCO
Aprueban el Texto Único de
Procedimientos Administrativos
TUPAS de las Direcciones Regionales
del Gobierno Regional Huánuco
ORDENANZA REGIONAL
Nº 081-2014-CR-GRH
Huánuco, 12 de agosto del 2014
EL PRESIDENTE DEL GOBIERNO REGIONAL
HUÁNUCO.
POR CUANTO:
Visto, en Sesión Ordinaria del Consejo Regional, de
fecha 31 de julio del dos mil catorce, el Dictamen Nº 030-
2014-GRH-CR-CPPPATAL, de la Comisión Permanente
de Planeamiento, Presupuesto, y Acondicionamiento
Territorial y Asuntos Legales, relacionado a la aprobación
de Textos Únicos de Procedimientos Administrativos
TUPAS de las Direcciones Regionales del Gobierno
Regional Huánuco siendo los siguientes; Dirección
Regional de Comercio Exterior y Turismo, Dirección
Regional de Vivienda Construcción y Saneamiento,
Dirección Regional de Archivo, Dirección Regional de
Trabajo y Promoción del Empleo, Dirección Regional
de Transportes y Comunicación, Dirección Regional
de Educación y UGELES, Dirección Regional de Salud
(DIRESA) y;
CONSIDERANDO:
Que, el Artículo 191º de la Constitución Política del
Estado, modifi cado por la Ley de Reforma Constitucional
del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización
- Ley Nº 27680, establece que los gobiernos regionales
tienen autonomía política, económica y administrativa en
los asuntos de su competencia; y el artículo 192º en su
inciso 1) establece que los Gobiernos Regionales son
competentes para aprobar su organización interna y su
presupuesto;
Que, el Consejo Regional de Huánuco tiene
atribuciones de normar la organización interna del
Gobierno Regional a través de Ordenanzas Regionales,
en concordancia con el inciso a) del artículo 15º de la Ley
Nº 27867; asimismo el artículo 15º del Decreto Supremo
Nº 079-2007-PCM, establece que las entidades deben de
aprobar su TUPA, en el caso de los Gobiernos Regionales
mediante Ordenanza Regional;
Que, la Política Nacional de Modernización de la
Gestión Publica aprobada mediante Decreto Supremo
Nº 004-2013-PCM, así como el Plan de Simplifi cación
Administrativa establece como objetivo, implementar
la gestión por procesos y promover la simplifi cación
administrativa en todas las entidades públicas a fi n
de mejorar resultados positivos en la mejora de los
procedimientos y servicios orientados a los ciudadanos y
empresas;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 079-2007-PCM,
aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación
del TUPA en el marco de la Ley Nº 27444 y reconocen
dos tipos de procedimientos, los correspondientes a los
procedimientos administrativos y servicios prestados
en exclusividad y se establecen disposiciones para el
cumplimiento de la Ley del Silencio Administrativo; con
el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM, se aprueba
la Metodología de Determinación de Costos de los
Procedimientos Administrativos y Servicios prestados en
exclusividad el que es de uso obligatorio en los procesos
de elaboración y/o modifi cación del TUPA y a través
del Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM se aprueba la
Metodología de Simplifi cación Administrativa, proceso a
través del cual se busca eliminar exigencias y formalidades
que se consideran innecesarias en los procedimientos
que realiza la ciudadanía para lo cual se utiliza un modelo
estandarizado;
Que, la Ley Nº 27444 –Ley del Procedimiento
Administrativo General, en su artículo 37º , establece
que todos los Procedimientos administrativos, requisitos,
condiciones y costos administrativos, deben ser
considerados y sistematizados en el Texto Único de
Procedimientos Administrativos – TUPA de cada entidad;
asimismo en su artículo 38º, numeral 38.3, modifi cado por
Ley Nº 29091, establece que el TUPA es publicado en el
Portal de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE, y en
el Portal Institucional;
Que, mediante Informe Nº 208-2014-GRHCO/
GRPPAT, de fecha 31 de marzo del 2014, la
Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y
Acondicionamiento Territorial, remite a Gerencia General
Regional la propuesta del Texto Único de Procedimientos
Administrativos - Tupas de las Direcciones Regionales del
Gobierno Regional Huánuco, sustentando con informe
Nº 070-2014-GRHCO-GRPPAT-SGDIS - Informe Nº006-
2014-GRPPAT/SGDIS/RIVR emitido por la Sub Gerencia
de Desarrollo institucional y Sistemas el proyecto de
TUPAS de las Direcciones Regionales del Gobierno
Regional Huánuco, dicho proyectos han sido consolidado
a nivel de las Direcciones Regionales, los Procedimientos
Administrativos y servicios prestados en Exclusividad
del Texto Único de Procedimientos Administrativos,
aplicando la Metodología de Simplifi cación Administrativa,
aprobada por Decreto Supremo Nº 007-2011-PCM, y
la Metodología de determinación de costos conforme
lo establece el Decreto Supremo Nº 064-2010-PCM,
utilizando el Aplicativo Informático elaborado por la
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