LEY N° 30086 - Ley de creación del distrito de Anchihuay en la provincia de La Mar, departamento de Ayacucho

Fecha de publicación29 Septiembre 2013
Fecha de disposición29 Septiembre 2013
El Peruano
Domingo 29 de setiembre de 2013
503856
SUPERINTENDENCIA DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
RR. N°s. 5752 y 5761-2013.- Autorizan a Financiera TFC
S.A. la apertura y cierre de of‌i cinas especiales y agencia
en diversos departamentos 503872
Res. N° 5762-2013.- Autorizan a Edpyme Marcimex S.A.
el traslado de of‌i cina especial ubicada en el departamento
de Ancash 503873
Res. N° 5904-2013.- Autorizan viaje de Superintendente
Adjunto de Administración General de la Superintendencia
Adjunta de Administración General a Uruguay, en comisión
de servicios 503873
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE LA LIBERTAD
Ordenanza N° 014-2013-GR-LL/CR.- Aprueban el
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de la
Autoridad Portuaria Regional de La Libertad 503874
Ordenanza N° 015-2013-GR-LL/CR.- Aprueban texto
sustitutorio de la Ordenanza Regional N° 004-2010-GR-
LL/CR “Normas Complementarias al Reglamento Nacional
de Administración de Transporte- RNAT” 503875
Acuerdos N°s. 024, 025, 026, 027, 028, 029, 030, 031,
032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 040, 041, 042,
043 y 044-2013-GR-LL/CR.- Autorizan transferencias
f‌i nancieras a favor de diversas municipalidades distritales y
provinciales de la Región La Libertad, para la ejecución de
obras públicas 503879
Acuerdo N° 081-2013-GR-LL/CR.- Disponen que el
Ejecutivo Regional del Gobierno Regional de La Libertad
realice las acciones necesarias para culminar con el
proceso de transferencia del Muelle del Terminal Portuario
de Chicama - Puerto Malabrigo a favor del Gobierno
Regional de La Libertad 503901
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Ordenanza N° 319-MDA.- Restablecen temporalmente
la vigencia de la Ordenanza N° 296-MDA que establece
Benef‌i cio de Formalización con el otorgamiento de Licencia
de Funcionamiento para los Centros de Educación Básica
y Comercios Locales en el distrito de Ate y modif‌i can su
contenido 503902
D.A. N° 021.- Aprueban la organización y funciones de la
Comisión Técnica Mixta Distrital de Ate, en lo referido al
expendio de bebidas calientes y complementos en la vía
pública del distrito 503902
D.A. N° 022.- Aprueban la organización y funciones de la
Comisión Técnica Mixta Distrital de Ate, en lo referido a
la venta de golosinas y f‌l ores en la vía pública del distrito
503904
MUNICIPALIDAD DE
CHORRILLOS
Res. N° 292/2013-GODU-MDCH.- Aprueban recepción
de obras con modif‌i cación del proyecto de habilitación
urbana de lotes de terreno de la lotización de “Huertos de
Villa” 503905
MUNICIPALIDAD DE
EL AGUSTINO
Ordenanza N° 542-MDEA.- Exoneran del pago de
arbitrios de limpieza pública, parques y jardines y
serenazgo, para contribuyentes en extrema pobreza, con
discapacidad, víctimas de la violencia durante el período
mayo1980 - noviembre 2000 y por ocurrencia o inminencia
de desastres 503907
MUNICIPALIDAD DE
LA MOLINA
Ordenanza N° 260.- Aprueban Benef‌i cio de Regularización
Tributaria en el distrito 503908
SEPARATA ESPECIAL
BANCO CENTRAL
DE RESERVA
Circulares N°s. 037 y 038-2013-BCRP.- Disposiciones de
Encaje en Moneda Nacional y Disposiciones de Encaje en
Moneda Extranjera 503840
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
LEY Nº 30086
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
El Congreso de la República
Ha dado la Ley siguiente:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY DE CREACIÓN DEL DISTRITO DE
ANCHIHUAY EN LA PROVINCIA DE LA MAR,
DEPARTAMENTO DE AYACUCHO
Artículo 1. Objeto de la Ley
La presente Ley tiene por objeto crear en la provincia
de La Mar, departamento de Ayacucho, el distrito de
Anchihuay con su capital el centro poblado de Anchihuay,
que ostenta la categoría de pueblo.
Artículo 2. Límites del distrito de Anchihuay
Los límites territoriales del distrito de Anchihuay,
provincia de La Mar, son los siguientes:
POR EL NORTE
Limita con el distrito de Samugari, provincia de La
Mar.
El límite se inicia en la cota 4441, continúa en
dirección Este por la divisoria de aguas de dos
quebradas sin nombre, pasando por la cumbre de
cerros sin nombre en los puntos de coordenadas UTM
625 950 m E y 8 567 953 m N, UTM 626 338 m E y 8
568 388 m N, UTM 627 332 m E y 8 568 393 m N, cota
3764; de este punto, el límite desciende en la misma
dirección hasta la intersección de dos quebradas sin
nombre (punto de coordenada UTM 631 817 m E y 8
569 689 m N); luego, el límite continúa en dirección
Noreste por el cauce de una quebrada sin nombre,
pasando por los puntos de coordenadas UTM 632 782
m E y 8 569 602 m N, UTM 636 985 m E y 8 567 858 m
N, UTM 637 072 m E y 8 568 163 m N, UTM 637 962
m E y 8 568 352 m N, UTM 639 223 m E y 8 568 580
m N, UTM 640 617 m E y 8 569 579 m N, UTM 642
844 m E y 8 570 247 m N, y UTM 643 210 m E y 8 570
047 m N, hasta su desembocadura en el álveo del río
Chunchubamba (punto de coordenada UTM 648 885 m

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