RESOLUCION N° 80-2014-ITP/DEC - Delegan al Secretario General del ITP diversas facultades y atribuciones

Fecha de disposición25 Julio 2014
Fecha de publicación25 Julio 2014
El Peruano
Viernes 25 de julio de 2014
528560
012-2001-PE, el Texto Único Ordenado del Reglamento
de Inspecciones y Sanciones Pesqueras y Acuícolas
– RISPAC, aprobado por Decreto Supremo N° 019-2011-
PRODUCE y demás disposiciones legales vigentes.
Artículo 7°.- Las Direcciones Generales de Supervisión
y Fiscalización y de Extracción y Producción Pesquera
para Consumo Humano Directo del Ministerio de la
Producción, la dependencia con competencia pesquera
del Gobierno Regional de Junín, el Ministerio del Interior
y las Municipalidades, en el ámbito de sus respectivas
competencias y jurisdicciones, realizarán las acciones
de difusión que correspondan y velarán por el estricto
cumplimiento de lo establecido por la presente Resolución
Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PIERO EDUARDO GHEZZI SOLÍS
Ministro de la Producción
1115702-2
Delegan al Secretario General del ITP
diversas facultades y atribuciones
RESOLUCIÓN EJECUTIVA
Nº 80-2014-ITP/DEC
Callao, 23 de junio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 75-2013-ITP/
DEC de fecha 24 de junio de 2013, la Dirección Ejecutiva
Científ‌i ca delegó facultades a la señora María Olcese
Herrera, Secretaría General del Instituto Tecnológico
de la Producción; respecto de la Unidad Ejecutora 001;
Administración Nivel Central del Pliego 241; Instituto
Tecnológico de la Producción; modif‌i cada por Resolución
Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC de fecha 22 de octubre
de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº 05-2014-ITP/DEC de
fecha 20 de enero de 2014;
Que, mediante Resolución Ejecutiva Nº 76-2014-ITP/
DEC de fecha 20 de junio de 2014, se designó al señor
Ingeniero Henry Garay Bonett como Secretario General del
Instituto Tecnológico de la Producción –ITP, con efectividad
al 23 de junio de 2014;
Que, el numeral 62º de la Ley Nº 27444, Ley del
Procedimiento Administrativo General establece que, toda
entidad es competente para realizar las tareas internas
necesarias para el ef‌i ciente cumplimiento de su misión y
objetivos;
Que, en consecuencia, resulta necesario dejar sin
efecto a partir de la fecha la Resolución Ejecutiva Nº 75-
2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013, modif‌i cada
por Resolución Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC de fecha
22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº 05-2014-
ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014;
Con la visación de la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica; y;
En uso de la facultad conferida por inciso c) del artículo
12º del Decreto Legislativo Nº 092, Ley de creación del
Instituto Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, de la
Vigésimo Quinta Disposición Complementaria Final de
la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013; y, el inciso n) artículo 15º del
Reglamento de Organización y Funciones del Instituto
Tecnológico Pesquero del Perú – ITP, aprobado por
Resolución Ministerial Nº 344-2012-PRODUCE.
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Dejar sin efecto, la Resolución Ejecutiva
Nº 75-2013-ITP/DEC de fecha 24 de junio de 2013,
modif‌i cada por Resolución Ejecutiva Nº 120-2013-ITP/DEC
de fecha 22 de octubre de 2013 y Resolución Ejecutiva Nº
05-2014-ITP/DEC de fecha 20 de enero de 2014 a partir
de la fecha.
Artículo 2º.- Delegar al señor Ingeniero Henry Garay
Bonett, Secretario General del Instituto Tecnológico de la
Producción, las siguientes facultades y atribuciones:
a) Tramitar todas las comunicaciones, actuaciones,
y actos vinculados a los procesos de adquisición y
contratación que tengan que realizarse ante el Organismo
Supervisor de las Contrataciones del Estado – OSCE, la
Central de Compras Públicas – PERÚ COMPRAS y la
Contraloría General de la República, así como, gestionar
las publicaciones que deban efectuarse por mandato
legal, y los pedidos de información y consulta que resulten
necesarios formular ante otras entidades, en materia de
contratación estatal;
b) Aprobar el Plan Anual de Contrataciones - PAC y
sus modif‌i caciones, en concordancia con lo dispuesto en
Estado y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo
Nº 184-2008-EF; y la Directiva Nº 005-2009-OSCE/CD,
Plan Anual de Contrataciones;”
c) Designar a los integrantes titulares y suplentes de
los comités especiales de los procesos de selección que
convoque el ITP, dentro de los parámetros establecidos en
el ordenamiento jurídico sobre contrataciones públicas;
d) Aprobar los expedientes de contratación de
Adjudicación Directa Selectiva, Adjudicación Directa
Pública, Licitación Pública y Concurso Público a que
se ref‌i ere el artículo 10º del Reglamento de la Ley
Supremo Nº 184-2008-EF, a excepción de los procesos
de Adjudicación de Menor Cuantía, cuyos expedientes
serán aprobados por el funcionario a cargo de la Of‌i cina
de Abastecimiento y Servicios;
e) Aprobar las Bases de los procesos de Adjudicación
de Menor Cuantía y Adjudicación Directa Selectiva,
Adjudicación Directa Pública, Licitación Pública y Concurso
Público;
f) Aprobar las prestaciones adicionales, las reducciones
y las ampliaciones de plazos, respecto de los contratos
suscritos por el ITP, las que deberán regirse por el Decreto
su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 184-
2008-EF.
g) Suscribir los contratos con los postores adjudicatarios
de la buena pro de los procesos de selección que
convoque el Instituto Tecnológico de la Producción, y las
modif‌i caciones posteriores que se incluyera en estos, así
como resolver los contratos por las causales reguladas
en el ordenamiento jurídico en materia de contrataciones
públicas.
h) Aprobar la estandarización de los bienes o servicios
a ser contratados por la Entidad, de conformidad con la
normativa vigente;
i) Resolver los recursos de apelación que surjan a
causa de discrepancias entre la Entidad y los participantes
o postores en los procesos de menor cuantía y en las
adjudicaciones directas selectivas, adjudicaciones directas
públicas, licitaciones públicas y concursos públicos de
conformidad con el artículo 53 de la Ley de Contrataciones
j) Aprobar las modif‌i caciones presupuestarias en el
Nivel Funcional Programático, previo informe favorable de
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto;
k) Suscribir convenios y/o contratos con entidades
públicas destinados al uso y/o disfrute total o parcial de
inmuebles de propiedad o posesión estatal;
l) Aprobar y suscribir contratos y/o convenios con
entidades públicas y/o privadas, o personas naturales
que involucren las funciones de la Of‌i cina General de
Administración, las que deberán ceñirse a las disposiciones
normativas vinculadas al Presupuesto Público del Año
Fiscal correspondiente;
m) Tramitar, autorizar y resolver las acciones de
personal respecto de las prórrogas o renovaciones de
contratos del personal comprendido tanto en el régimen
laboral de la actividad privada, regulado por el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de
Productividad y Competitividad Laboral aprobado por
Decreto Supremo Nº 003-97-TR;
n) Aceptar la renuncia del personal comprendido
en el régimen laboral privado regulado por el Texto
Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 728 - Ley de
Productividad y Competitividad Laboral, aprobado por
Decreto Supremo Nº 003-97-TR, a excepción de los cargos
de conf‌i anza y la libre designación o remoción;
Artículo 3º.- La delegación de facultades, así
como la asignación de responsabilidades a que se
ref‌i ere la presente Resolución, comprende igualmente
las atribuciones de pronunciarse y/o resolver, pero no
exime de la obligación de cumplir con los requisitos y
procedimientos legales establecidos para cada caso en
concreto.

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