DECRETO SUPREMO N° 090-2014-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con cargo a los recursos del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales- FONIE en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014

Fecha de disposición01 Mayo 2014
Fecha de publicación01 Mayo 2014
El Peruano
Jueves 1 de mayo de 2014
522014
Autorizan Crédito Suplementario a
favor del Pliego Ministerio de Vivienda,
Construcción y Saneamiento con
cargo a los recursos del Fondo para la
Inclusión Económica en Zonas Rurales
- FONIE en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014
DECRETO SUPREMO
Nº 090-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con lo establecido en la Ley
Nº 29792, Ley de creación, organización y funciones
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, compete
a este Ministerio formular, planear, dirigir, coordinar,
ejecutar, supervisar y evaluar las políticas nacionales y
sectoriales en materias de desarrollo e inclusión social,
encaminadas a reducir la pobreza, las desigualdades,
las vulnerabilidades y los riesgos sociales, en aquellas
brechas que no pueden ser cerradas por la política social
universal, regular, de competencia sectorial; así como
dictar normas y lineamientos técnicos para la adecuada
ejecución y supervisión de las políticas nacionales en
materia de desarrollo e inclusión social;
Que, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 23 de la
Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para
el año f‌i scal 2013, cuyos alcances han sido ampliados por
la Quincuagésima Octava Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año f‌i scal 2014, el Fondo para la
Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE), a cargo
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (MIDIS),
tiene por f‌i nalidad f‌i nanciar la elaboración de estudios de
preinversión, la reformulación de estudios de proyectos
de inversión pública que no se encuentren en etapa de
ejecución, la ejecución de proyectos de inversión pública,
y/o mantenimiento a cargo de las entidades del Gobierno
Nacional y/o personas jurídicas privadas, con el objeto de
cerrar brechas, de cobertura y calidad, de los servicios
básicos seleccionados, generando un impacto en el
bienestar y mejora de la calidad de vida en los hogares
rurales;
Que de acuerdo a lo establecido en el referido artículo
23 de la Ley Nº 29951, se dispone que los recursos del
FONIE se incorporan o transf‌i eren mediante decreto
supremo refrendado por los Ministros de Economía y
Finanzas, y de Desarrollo e Inclusión Social, a propuesta
de este último, detallando los estudios de pre inversión
y/o proyectos de inversión pública, los montos de
f‌i nanciamiento y el destinatario de los recursos, según
el procedimiento que se establece en el reglamento del
FONIE;
Que, en dicho contexto de acuerdo a lo indicado en
la Septuagésima Novena Disposición Complementaria
Final de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el año Fiscal 2014, se autoriza a la
Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público
del Ministerio de Economía y Finanzas para depositar un
monto de hasta CUATROCIENTOS MILLONES Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 400 000 000,00), a favor del Fondo
para la Inclusión Económica en Zonas Rurales (FONIE),
con cargo a los saldos de los recursos del Tesoro Público
al 31 de diciembre del 2013;
Que, de acuerdo con los artículos 7 y 9 del Reglamento
del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas
Rurales (FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 004-2013-MIDIS, compete a la Secretaría Técnica
de Gestión del FONIE, bajo el ámbito del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social, la función de evaluar y
aprobar las solicitudes presentadas por los sectores
para el f‌i nanciamiento de la pre inversión, inversión
y/o mantenimiento de las intervenciones, a cuyo efecto
elaborará la lista priorizada de las solicitudes aprobadas;
Que, mediante Informe Nº 018-2014-MIDIS/VMPES/
FONIE/ST, la Secretaría Técnica de Gestión del FONIE
aprobó, en el marco de sus competencias, una lista
consolidada de dieciséis (16) intervenciones a ser
f‌i nanciadas con recursos del FONIE, a favor del pliego
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
Que, mediante Memorando Nº 268-2014-MIDIS/SG/
OGPP la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, emite
opinión favorable sobre el Crédito Suplementario en el
Presupuesto del Sector Público para el año f‌i scal 2014,
a favor del Pliego Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento, en el marco de lo dispuesto en el
artículo 23 de la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el año f‌i scal 2013, así como
en la Quincuagésima Octava y Septuagésima Novena
Disposiciones Complementarias Finales de la Ley Nº
30114, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2014;
Que, atendiendo a lo expuesto, el Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social mediante Of‌i cio Nº 372-2014-
MIDIS-SG, ha solicitado la incorporación de recursos del
FONIE, vía Crédito Suplementario, para ser destinados,
al f‌i nanciamiento de 16 intervenciones en agua y
saneamiento por un monto total ascendente a CUARENTA
Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES
(S/. 49 996 161,00) correspondiendo el monto total al
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento;
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 23 de
la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013; la Quincuagésima Octava y
Septuagésima Novena Disposiciones Complementarias
Finales de la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014; y el Reglamento
del Fondo para la Inclusión Económica en Zonas Rurales
(FONIE), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-
2013-MIDIS;
DECRETA:
Artículo 1.- Objeto
1.1 Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014, hasta por la suma de CUARENTA Y
NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SEIS
MIL CIENTO SESENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 49 996 161,00), para f‌i nanciar la ejecución
de 16 intervenciones en agua y saneamiento a favor del
Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, en
el marco de lo dispuesto por el artículo 23 de la Ley Nº
29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año
Fiscal 2013, la Quincuagésima Octava y Septuagésima
Novena Disposiciones Complementarias Finales de la
Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014, y el Reglamento del Fondo
para la Inclusión Económica en Zonas Rurales – FONIE,
de acuerdo al siguiente detalle:
INGRESOS: En Nuevos Soles
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
Fondo para la Inclusión Económica
en Zonas Rurales – FONIE)
49 996 161,00
-------------------
TOTAL INGRESOS 49 996 161,00
===========
EGRESOS: En Nuevos Soles
SECCION PRIMERA : Gobierno Central
PLIEGO 037 : Ministerio de Vivienda, Construcción
y Saneamiento
UNIDAD EJECUTORA 005 : Programa Nacional de Saneamiento
Rural
FUENTE DE FINANCIAMIENTO 5 : Recursos Determinados
PROGRAMA PRESUPUESTAL 0083 : Programa Nacional de Saneamiento
Rural
PRODUCTO 3000001 : Acciones Comunes
ACTIVIDAD 5001778 : Transferencias de Recursos para
Agua y Saneamiento Rural

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