DECRETO SUPREMO N° 184-2013-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013

Fecha de publicación26 Julio 2013
Fecha de disposición26 Julio 2013
El Peruano
Viernes 26 de julio de 2013
500066
Que, en tal sentido, se estima por conveniente aceptar
la propuesta de la Secretaría General para la designación
de los representantes titular y alterno del Ministerio de
Cultura ante el referido Grupo de Trabajo Multisectorial;
Estando a lo visado por la Secretaría General y la
Of‌i cina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio
de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a los representantes del
Ministerio de Cultura ante el Grupo de Trabajo Multisectorial
conforme a las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viceministro(a) de Interculturalidad, como
representante titular;
- Director(a) General (e) de la Dirección General de
Patrimonio Cultural, como representante alterno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI
Ministro de Cultura
967101-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a
favor de los Pliegos Ministerio del
Interior y Ministerio de Defensa en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO
Nº 184-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre
otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio
del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa;
Que, a través de los artículos 1 y 3 del Decreto
Legislativo N° 1133, se establece el ordenamiento def‌i nitivo
del Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 19846 y
del Régimen de Pensiones del personal militar y policial,
y la creación del Régimen de Pensiones del personal
militar y policial, el cual se constituye en el nuevo régimen
previsional aplicable al personal militar de las Fuerzas
Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final
del citado Decreto Legislativo dispone, entre otros, que
los actuales pensionistas del régimen de pensiones del
Decreto Ley N° 19846 percibirán además de la pensión y los
benef‌i cios adicionales que actualmente vienen percibiendo,
el monto equivalente al incremento de la remuneración que
se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto
en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura
de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas
Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el
grado en base al cual percibe su pensión;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
del Decreto Legislativo N° 1133 autoriza al Ministerio de
Economía y Finanzas a transferir a favor del Ministerio
de Defensa y del Ministerio del Interior, mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas los recursos del Fondo Especial de Garantía
Caja de Pensiones Militar Policial creado mediante el
Decreto de Urgencia N° 059-2011, a efectos de garantizar
el cumplimiento de obligaciones del personal pensionista
militar y policial;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2013-
EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial
de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta
por la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y
SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 139 752 046,00), en
los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa,
para ser destinados a f‌i nanciar el pago de planillas de los
pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de
Pensiones Militar Policial - CPMP, correspondiente al primer
trimestre del año 2013, en aplicación a lo establecido en el
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2013-
EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo
Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial,
en los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de
Defensa, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y DOS
MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 172
512 348,00), para ser destinados, entre otros, a f‌i nanciar
el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran
a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP,
correspondiente al segundo trimestre del año 2013, en
aplicación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº
1133;
Que, mediante los Of‌i cios Nºs. 830-2013-IN-DM y
652-2013-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y
de Defensa han solicitado la transferencia de recursos
para f‌i nanciar el pago de planillas de los pensionistas
que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones
Militar Policial para el tercer trimestre del año 2013,
en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N° 1133 por la suma total de CIENTO DIECISIETE
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 28/100
NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,28), correspondiendo
al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de CUARENTA
MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00) y al pliego
026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA Y
SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 28/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,28);
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la
incorporación de los recursos, vía Crédito Suplementario,
provenientes del Fondo Especial de Garantía Caja de
Pensiones Militar Policial creado mediante Decreto de
Urgencia N° 059-2011, hasta por la suma total de CIENTO
DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA
Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00),
correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma
de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00)
y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA
Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00), para ser destinados
a f‌i nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se
encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial
para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo
De conformidad con lo establecido por la Quinta
Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo
N°1133;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial
de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta por la
suma de CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y
CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00),
correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma
de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00)
y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA
Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00); para ser destinados
a f‌i nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se
encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial
para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo

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