DECRETO SUPREMO N° 184-2013-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor de los Pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013
Fecha de publicación | 26 Julio 2013 |
Fecha de disposición | 26 Julio 2013 |
El Peruano
Viernes 26 de julio de 2013
500066
Que, en tal sentido, se estima por conveniente aceptar
la propuesta de la Secretaría General para la designación
de los representantes titular y alterno del Ministerio de
Cultura ante el referido Grupo de Trabajo Multisectorial;
Estando a lo visado por la Secretaría General y la
Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y,
De conformidad con la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; la Ley 29565, Ley de creación del Ministerio
de Cultura; y, el Decreto Supremo Nº 005-2013-MC que
aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del
Ministerio de Cultura;
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a los representantes del
Ministerio de Cultura ante el Grupo de Trabajo Multisectorial
creado mediante Decreto Supremo N° 007-2013-MINAM,
conforme a las razones expuestas en la parte considerativa
de la presente Resolución, de acuerdo al siguiente detalle:
- Viceministro(a) de Interculturalidad, como
representante titular;
- Director(a) General (e) de la Dirección General de
Patrimonio Cultural, como representante alterno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS ALBERTO PEIRANO FALCONI
Ministro de Cultura
967101-1
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a
favor de los Pliegos Ministerio del
Interior y Ministerio de Defensa en el
Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO
Nº 184-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013 se ha aprobado, entre
otros, el presupuesto institucional del Pliego 007 Ministerio
del Interior y del Pliego 026 Ministerio de Defensa;
Que, a través de los artículos 1 y 3 del Decreto
Legislativo N° 1133, se establece el ordenamiento defi nitivo
del Régimen de Pensiones del Decreto Ley N° 19846 y
del Régimen de Pensiones del personal militar y policial,
y la creación del Régimen de Pensiones del personal
militar y policial, el cual se constituye en el nuevo régimen
previsional aplicable al personal militar de las Fuerzas
Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Final
del citado Decreto Legislativo dispone, entre otros, que
los actuales pensionistas del régimen de pensiones del
Decreto Ley N° 19846 percibirán además de la pensión y los
benefi cios adicionales que actualmente vienen percibiendo,
el monto equivalente al incremento de la remuneración que
se otorga al personal militar y policial en actividad dispuesto
en el Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura
de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas
Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú, según el
grado en base al cual percibe su pensión;
Que, la Quinta Disposición Complementaria Final
del Decreto Legislativo N° 1133 autoriza al Ministerio de
Economía y Finanzas a transferir a favor del Ministerio
de Defensa y del Ministerio del Interior, mediante Decreto
Supremo refrendado por el Ministro de Economía y
Finanzas los recursos del Fondo Especial de Garantía
Caja de Pensiones Militar Policial creado mediante el
Decreto de Urgencia N° 059-2011, a efectos de garantizar
el cumplimiento de obligaciones del personal pensionista
militar y policial;
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 009-2013-
EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial
de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta
por la suma de CIENTO TREINTA Y NUEVE MILLONES
SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS MIL CUARENTA Y
SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 139 752 046,00), en
los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de Defensa,
para ser destinados a fi nanciar el pago de planillas de los
pensionistas que se encuentran a cargo de la Caja de
Pensiones Militar Policial - CPMP, correspondiente al primer
trimestre del año 2013, en aplicación a lo establecido en el
Que, mediante el Decreto Supremo Nº 080-2013-
EF se autorizó la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo
Especial de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial,
en los pliegos Ministerio del Interior y Ministerio de
Defensa, hasta por la suma de CIENTO SETENTA Y DOS
MILLONES QUINIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS
CUARENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 172
512 348,00), para ser destinados, entre otros, a fi nanciar
el pago de planillas de los pensionistas que se encuentran
a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial - CPMP,
correspondiente al segundo trimestre del año 2013, en
aplicación a lo establecido en el Decreto Legislativo Nº
1133;
Que, mediante los Ofi cios Nºs. 830-2013-IN-DM y
652-2013-MINDEF/DM, los Ministerios del Interior y
de Defensa han solicitado la transferencia de recursos
para fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas
que se encuentran a cargo de la Caja de Pensiones
Militar Policial para el tercer trimestre del año 2013,
en aplicación a lo dispuesto en el Decreto Legislativo
N° 1133 por la suma total de CIENTO DIECISIETE
MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA Y CUATRO
MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO Y 28/100
NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,28), correspondiendo
al pliego 007 Ministerio del Interior la suma de CUARENTA
MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS DIECISEIS Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00) y al pliego
026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA Y
SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 28/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,28);
Que, en consecuencia, es necesario autorizar la
incorporación de los recursos, vía Crédito Suplementario,
provenientes del Fondo Especial de Garantía Caja de
Pensiones Militar Policial creado mediante Decreto de
Urgencia N° 059-2011, hasta por la suma total de CIENTO
DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS CUARENTA
Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y CUATRO
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00),
correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma
de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00)
y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA
Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00), para ser destinados
a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se
encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial
para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo
dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1133;
De conformidad con lo establecido por la Quinta
Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo
N°1133;
DECRETA:
Artículo 1º.- Objeto
Autorízase la incorporación de recursos vía Crédito
Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el
Año Fiscal 2013, con cargo a los recursos del Fondo Especial
de Garantía Caja de Pensiones Militar Policial, hasta por la
suma de CIENTO DIECISIETE MILLONES TRESCIENTOS
CUARENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y
CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 117 344 364,00),
correspondiendo al Pliego 007 Ministerio del Interior la suma
de CUARENTA MILLONES OCHO MIL NOVECIENTOS
DIECISEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 40 008 916,00)
y al Pliego 026 Ministerio de Defensa la suma de SETENTA
Y SIETE MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y CINCO
MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y OCHO Y 00/100
NUEVOS SOLES (S/. 77 335 448,00); para ser destinados
a fi nanciar el pago de planillas de los pensionistas que se
encuentran a cargo de la Caja de Pensiones Militar Policial
para el tercer trimestre del año 2013, en aplicación a lo
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