DECRETO SUPREMO N° 137-2013-EF - Autorizan Crédito Suplementario a favor del pliego Autoridad Portuaria Nacional en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2013

Fecha de disposición28 Junio 2013
Fecha de publicación28 Junio 2013
El Peruano
Viernes 28 de junio de 2013
498236
– PPT Perú ha comunicado a los delegados nacionales
del mencionado organismo regional, la realización de la
Reunión de Altos Funcionarios y Expertos para la Discusión
del Marco Conceptual del Consejo Suramericano de
Desarrollo Social de la UNASUR, que se llevará a cabo
el 4 y 5 de julio de 2013, en la ciudad de Buenos Aires,
República Argentina;
Que, el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social
representa al Estado peruano en el marco de la UNASUR,
siendo el organismo rector de las políticas nacionales de
su responsabilidad, que ejerce competencia exclusiva
y excluyente, respecto de otros niveles de gobierno, en
todo el territorio nacional, para formular, planear, dirigir,
coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las políticas
nacionales y sectoriales en materias de desarrollo e
inclusión social, encaminadas a reducir la pobreza, las
desigualdades, las vulnerabilidades y los riesgos sociales,
en aquellas brechas que no pueden ser cerradas por la
política social universal, regular, de competencia sectorial;
Que, en ese sentido, resulta pertinente autorizar el
viaje de la señorita Silvia Ynés Ruiz Zárate, Asesora
del Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de
Desarrollo e Inclusión Social, y del señor Isy Faingold
Vigil, Director de Planeamiento de Políticas Sociales de la
Dirección General de Políticas y Estrategias del Despacho
Viceministerial de Políticas y Evaluación Social, a la
Reunión de Altos Funcionarios y Expertos para la Discusión
del Marco Conceptual del Consejo Suramericano de
Desarrollo Social, cuyos gastos serán cubiertos con cargo
al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo e
Inclusión Social;
Que, el último párrafo del numeral 10.1 del artículo
10 de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013, establece, respecto de los
viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y
representantes del Estado con cargo a recursos públicos,
que el requerimiento de autorizaciones de viaje al exterior
por supuestos distintos a los señalados en los literales
a), b), c), d) y e) del mismo numeral, en el caso de las
entidades del Poder Ejecutivo, deberá canalizarse a través
de la Presidencia del Consejo de Ministros y se autoriza
mediante resolución suprema refrendada por el Presidente
del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº
29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del
Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; la Ley Nº
27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior
de servidores y funcionarios públicos, y su Reglamento,
aprobado mediante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;
y, el Decreto Supremo Nº 011-2012-MIDIS, que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Desarrollo e Inclusión Social;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señorita Silvia
Ynés Ruiz Zárate, Asesora del Gabinete de Asesores del
Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social,
y del señor Isy Faingold Vigil, Director de Planeamiento
de Políticas Sociales de la Dirección General de Políticas
y Estrategias del Despacho Viceministerial de Políticas
y Evaluación Social, a la ciudad de Buenos Aires,
República Argentina, del 3 al 6 de julio de 2013, para los
f‌i nes expuestos en la parte considerativa de la presente
resolución suprema.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de
la presente resolución suprema serán cubiertos con cargo
al presupuesto institucional del Ministerio de Desarrollo
e Inclusión Social, de acuerdo con el siguiente detalle,
debiendo rendirse cuenta documentada en un plazo no
mayor de quince (15) días calendario del término del citado
evento:
Silvia Ynés Ruiz Zárate
Pasajes aéreos (Lima – Buenos Aires – Lima) US $ 1,240.89
Viáticos (US$ 370 x 3 días) US $ 1,110.00
----------------------
Total US $ 2,350.89
Isy Faingold Vigil
Pasajes aéreos (Lima – Buenos Aires – Lima) US $ 1,240.89
Viáticos (US$ 370 x 3 días) US $ 1,110.00
---------------------
Total US $ 2,350.89
Artículo 3º.- La presente autorización no otorga
derecho a exoneración, ni liberación de impuestos de
aduana de cualquier clase o denominación.
Artículo 4º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, las personas a que se
ref‌i ere el artículo 1 de la presente resolución suprema
deberán presentar, ante el titular de la Entidad, un informe
detallado, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos en el citado viaje.
Artículo 5º.- La presente resolución suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR
Presidente del Consejo de Ministros
CAROLINA TRIVELLI AVILA
Ministra de Desarrollo e Inclusión Social
955888-22
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Crédito Suplementario a
favor del pliego Autoridad Portuaria
Nacional en el Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2013
DECRETO SUPREMO
N° 137-2013-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2013, se aprueba,
entre otros, el presupuesto del Pliego 214 Autoridad
Portuaria Nacional;
Que, con fecha 28 de enero de 2011, se suscribió
el Contrato de Concesión para el Diseño, Construcción,
Financiamiento, Conservación y Explotación del
Terminal de Embarque de Concentrados de Minerales
en el Terminal Portuario del Callao, entre el Estado de
la República del Perú, en su calidad de Concedente y el
Consorcio Transportadora Callao S.A. en su calidad de
Concesionario, estableciéndose como monto referencial
de inversión CIENTO VEINTE MILLONES TRESCIENTOS
TREINTA MIL Y 00/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS
UNIDOS DE AMÉRICA (US$ 120 330 000,00), incluido el
Impuesto General a las Ventas – IGV;
Que, el numeral 6.10 de la Sección VI del referido
Contrato de Concesión, dispone que el costo de la
Supervisión del Diseño, incluido el IGV, será asumido por
el Concesionario, siendo el monto máximo a destinarse
a este concepto y otros gastos vinculados, el 1% del
monto referencial de la inversión; en ese contexto, el
Concesionario cumplió con depositar en el año 2011 los
recursos f‌i nancieros para la referida Supervisión en la
cuenta del Tesoro Público, habiéndose ejecutado al año
2012 la suma de SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO
MIL CIENTO TREINTA Y 84/100 NUEVOS SOLES (S/.
798 130,84) queda un saldo disponible para el año 2013
de DOS MILLONES QUINIENTOS TREINTA Y DOS MIL
SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS Y 60/100 NUEVOS
SOLES (S/.2 532 686,60);
Que, el literal b) del artículo 6 de la Ley N° 29952, Ley
de Equilibrio Financiero del Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2013, establece que la incorporación de
los recursos que provengan, entre otros, de los procesos de
concesión que se orienten a f‌i nanciar obligaciones previstas
en los contratos de concesión o gastos imputables, directa
o indirectamente a la ejecución de los mismos, se efectúa
mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y el Ministro del Sector respectivo,
en la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, a
propuesta del Titular del Pliego;

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