DECRETO SUPREMO N° 204-2014-EF - Autorizan Transferencia de Partidas a favor del Gobierno Regional del Departamento de Cusco en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2014 para financiar actividades de mantenimiento de infraestructura vial departamental

Fecha de disposición13 Julio 2014
Fecha de publicación13 Julio 2014
El Peruano
Domingo 13 de julio de 2014 527683
Pasaje Aéreo (Ida): Lima – Madrid (Reino de España)
US$ 1,957.64 x 01 persona (Incluye TUUA) = US$ 1,957.64
Gastos de traslado – Ida (Equipaje, bagaje e instalación)
US$ 4,050.00 x 01 x 01 persona = US$ 4,050.00
Compensación Extraordinaria por Servicio en el Extranjero
US$ 4,050.00 x 04 meses x 01 persona = US$ 16,200.00
--------------------
Total a pagar = US$ 22,207.64
Artículo 3º.- El pago correspondiente al periodo
comprendido del 01 de enero al 30 de junio de 2015, se
efectuará con cargo al Presupuesto del Sector Público del
Año Fiscal 2015.
Artículo 4º.- El otorgamiento de la Compensación
Extraordinaria Mensual por Servicio en el Extranjero,
se hará por días reales y efectivos de servicios en el
exterior, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de
Viajes al Exterior del Personal Militar del Sector Defensa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG
de fecha 26 de enero de 2004 y sus modif‌i catorias, y
con cargo al presupuesto institucional del año f‌i scal
correspondiente.
Artículo 5º.- El Ministro de Defensa queda facultado
para variar la fecha de inicio y término de la autorización
a que se ref‌i ere el artículo 1º, sin exceder el total de
días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se
autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado.
Artículo 6º.- El personal designado deberá cumplir
con presentar un informe detallado ante el titular de
la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los
resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro
de los quince (15) días calendario contados a partir de la
fecha de retorno al país.
Artículo 7º.- El citado Of‌i cial, está impedido de
solicitar su pase a la situación militar de disponibilidad o
retiro, hasta después de haber servido en su respectiva
Institución Armada el tiempo mínimo, más el tiempo
compensatorio dispuesto en la Ley de la materia.
Artículo 8º.- La presente autorización no da derecho
a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de
ninguna clase o denominación.
Artículo 9º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y
por el Ministro de Defensa.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
MILTON VON HESSE LA SERNA
Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento
Encargado del Despacho del Ministerio de Defensa
1109937-4
ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan Transferencia de Partidas
a favor del Gobierno Regional
del Departamento de Cusco en el
Presupuesto del Sector Público para
el Año Fiscal 2014 para financiar
actividades de mantenimiento de
infraestructura vial departamental
DECRETO SUPREMO
Nº 204-2014-EF
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, aprobó, entre otros, el
presupuesto institucional del pliego 036: Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
Que, la Ley Nº 29370, Ley de Organización y Funciones
del Ministerio de Transportes y Comunicaciones,
establece que el referido Ministerio constituye un pliego
presupuestal, asimismo, señala que ejerce entre sus
competencias compartidas con los gobiernos regionales
y locales, entre otras, la infraestructura de transportes de
alcance regional y local;
Que, mediante Decreto Supremo Nº 033-2002-MTC se
creó el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional - PROVÍAS Nacional, unidad ejecutora del
Ministerio de Transportes y Comunicaciones, encargado
de las actividades de preparación, gestión, administración
y ejecución de proyectos de infraestructura de transporte
relacionada a la Red Vial Nacional, así como de la
planif‌i cación, gestión y control de actividades y recursos
económicos que se emplean para el mantenimiento
y seguridad de las carreteras y puentes de la Red Vial
Nacional;
Que, mediante el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que
aprueba modif‌i caciones presupuestarias en el Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba
otras medidas, se autoriza al Ministerio de Transportes y
Comunicaciones, durante el Año Fiscal 2014, para efectuar
modif‌i caciones presupuestarias en el nivel institucional a
favor del pliego Gobierno Regional del departamento de
Cusco, hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES
SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES
Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/..112.701.153,00), con la
f‌i nalidad de f‌i nanciar las actividades de mantenimiento de
infraestructura vial departamental, las cuales se aprueban
mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de
Economía y Finanzas y por el Ministro de Transportes y
Comunicaciones, a propuesta de este último;
Que, para tal efecto, en el segundo párrafo del citado
artículo de la Ley Nº 30210, se autoriza, excepcionalmente,
al Ministerio de Transportes y Comunicaciones para
realizar modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
funcional programático, con cargo a su presupuesto
institucional, por la fuente de f‌i nanciamiento Recursos
Ordinarios, quedando exceptuado, para tal f‌i n, de lo
dispuesto en el literal c) del numeral 41.1 del artículo 41
y del artículo 80 del Texto Único Ordenado de la Ley Nº
28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto,
y sus modif‌i catorias;
Que, en el marco de lo señalado en los considerandos
precedentes, a través del Of‌i cio Nº 809-2014-MTC/04,
el Ministerio de Transportes y Comunicaciones solicita
se efectúe modif‌i caciones presupuestarias en el nivel
institucional en el Presupuesto del Sector Público para el
año f‌i scal 2014, del pliego 036: Ministerio de Transportes
y Comunicaciones, a favor del pliego 446: Gobierno
Regional del departamento de Cusco, hasta por la suma
de CIENTO DOCE MILLONES SETECIENTOS UN
MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y 00/100 NUEVOS
SOLES (S/. 112 701 153,00), a f‌i n de f‌i nanciar actividades
de mantenimiento de infraestructura vial departamental;
para lo cual, el referido Ministerio acompaña a través
del Memorando Nº 1363-2014-MTC/09.03 de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe Nº
845-2014-MTC/09.03 de su Of‌i cina de Presupuesto que
propone un proyecto de Decreto Supremo que autoriza
una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del
Sector Público para el año f‌i scal 2014; y señala que
para efectuar las modif‌i caciones presupuestarias en el
nivel institucional a favor del referido Gobierno Regional
ha realizado al interior de su Unidad Ejecutora 007:
Provías Nacional, modif‌i caciones presupuestarias en
el nivel funcional programático, dentro de los alcances
establecidos en el segundo párrafo del artículo 9 de la Ley
Nº 30210, hasta por la suma y para el f‌i n establecido en
dicha norma;
Que, en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto
en el artículo 9 de la Ley Nº 30210, Ley que aprueba
modif‌i caciones presupuestarias en el Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2014 y aprueba otras
medidas, resulta necesario aprobar una Transferencia de
Partidas hasta por la suma de CIENTO DOCE MILLONES
SETECIENTOS UN MIL CIENTO CINCUENTA Y TRES Y
00/100 NUEVOS SOLES (S/. 112 701 153,00), con cargo
a la fuente de f‌i nanciamiento Recursos Ordinarios, del

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR