RESOLUCION SUPREMA N° 339-2014-DE/MGP - Autorizan viajes de oficiales de la Marina de Guerra del Perú a EE.UU. y Colombia, en comisión de servicios

EmisorDEFENSA
Fecha de la disposición20 de Julio de 2014
El Peruano
Domingo 20 de julio de 2014 528183
Que, de conformidad con lo establecido en el numeral
10.1 del artículo 10 de la Ley N° 30114, Ley del Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014, quedan
prohibidos los viajes al exterior de servidores o funcionarios
públicos y representantes del Estado con cargo a recursos
públicos, salvo el requerimiento de excepciones adicionales
a las señaladas en los literales del citado artículo que deben
ser canalizadas a través de la Presidencia del Consejo de
Ministros y autorizadas por Resolución Suprema refrendada
por el Presidente del Consejo de Ministros;
De conformidad con lo establecido por la Ley Nº 30114,
Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal
2014; Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de
viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; y
las Normas reglamentarias sobre autorización de viajes al
exterior de servidores y funcionarios públicos, aprobadas por
Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y sus modi catorias; la
Ley N° 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; y, el
Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de
Cultura, aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar el viaje, en comisión de servicios,
del señor Pierre Emile Illa Vandoorne Romero, del 20 al 25
de julio de 2014, a la ciudad de Cuenca, República del
Ecuador, para los nes expuestos en la parte considerativa
de la presente resolución.
Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento
de la presente Resolución serán con cargo al Presupuesto
Institucional del Ministerio de Cultura, de acuerdo al
siguiente detalle:
Pasajes : US $ 996,86
Viáticos : US $ 1 850,00 (US $ 370,00 x 4 días + 1
día de instalación)
Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario
siguientes de efectuado el viaje, la persona indicada en el
artículo 1 de la presente Resolución, deberá presentar un
informe detallado describiendo las acciones realizadas y
los resultados obtenidos en la comisión de servicios.
Artículo 4º.- El viaje autorizado no dará derecho
a exoneración o liberación del pago de impuestos o
de derechos aduaneros, cualquiera sea su clase o
denominación.
Artículo 5º.- La presente Resolución Suprema será
refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y la
Ministra de Cultura.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
RENÉ CORNEJO DÍAZ
Presidente del Consejo de Ministros
DIANA ALVAREZ-CALDERÓN GALLO
Ministra de Cultura
1113247-5
DEFENSA
Autorizan viajes de oficiales de la
Marina de Guerra del Perú a EE.UU. y
Colombia, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN SUPREMA
N° 339-2014-DE/MGP
Lima, 19 de julio de 2014
Visto, el O cio P.200-1302 del Director General del
Personal de la Marina, de fecha 5 de junio de 2014;
CONSIDERANDO:
Que, el Comandante de la Fuerza de Submarinos del
Atlántico de los Estados Unidos de América, ha cursado
invitación al Comandante de la Fuerza de Submarinos
de la Marina de Guerra del Perú, para que UN (1) O cial
Submarinista, se desempeñe como O cial Logístico
(SHORE DETACHMENT OFFICER - SDO), a realizarse en
la ciudad de Mayport, Estado de Florida, Estados Unidos
de América;
Que, por la magnitud logística para el desarrollo del
Ejercicio con las Unidades Navales de la Flota del Atlántico
(SUBDIEX-2014) y prever la participación de la Marina de
Guerra del Perú, con UNA (1) Unidad Naval en el mencionado
ejercicio internacional, es necesario designar a UN (1) O cial
Logístico (SHORE DETACHMENT OFFICER - SDO);
Que, la Marina de Guerra del Perú, ha considerado
dentro de sus prioridades para el año 2014, la designación
y autorización de viaje de UN (1) O cial Subalterno, para
que se desempeñe como O cial Logístico;
Que, es conveniente para los intereses institucionales,
autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del
Teniente Primero Hernán Alberto COSTA López, para que se
desempeñe como O cial Logístico (SHORE DETACHMENT
OFFICER - SDO), durante el desarrollo del Ejercicio con las
Unidades Navales de la Flota del Atlántico (SUBDIEX-2014), a
realizarse en la ciudad de Mayport, Estado de Florida, Estados
Unidos de América, del 22 de julio de 2014 al 28 de febrero de
2015; por cuanto las experiencias a adquirirse redundarán en
bene cio de la Marina de Guerra del Perú;
Que, teniendo en cuenta que la duración de la Comisión
de Servicio abarca más de un ejercicio presupuestal, los pagos
correspondientes al período comprendido del 22 de julio al 31
de diciembre de 2014, se efectuarán con cargo al Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal 2014; y, para completar el
período de duración de la Comisión de Servicio a partir del 1 de
enero al 28 de febrero de 2015, será con cargo al Presupuesto
del Sector Público para el Año Fiscal respectivo;
Que, los gastos que ocasione la presente autorización de
viaje, se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del
Año Fiscal 2014 de la Unidad Ejecutora Nº 004: Marina de
Guerra del Perú, de conformidad con el artículo 13º del Decreto
Supremo Nº 047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002;
Que, teniendo en consideración los itinerarios de los
vuelos internacionales y con el n de prever la participación
del personal comisionado durante la totalidad de la actividad
programada, es necesario autorizar su salida del país con
UN (1) día de anticipación, sin que este día adicional irrogue
gasto alguno al Tesoro Público;
Que, de conformidad con el artículo 26º de la Ley Nº
28359, Ley de Situación Militar de los O ciales de las Fuerzas
Armadas, modi cado por la Ley Nº 29598 y por el Decreto
Legislativo Nº 1143, el O cial nombrado en Comisión de
Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el
extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación
Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber
servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo
previsto en el artículo 23º de la referida norma, más el tiempo
compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a
su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo
Nº 007-2005-DE/SG, de fecha 14 de febrero de 2005 y sus
modi catorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-
2010-DE, de fecha 20 de noviembre de 2010 y Nº 009-2013-
DE, de fecha 2 de octubre de 2013;
Que, el artículo 2º de la Resolución Ministerial Nº
778-2008-DE/SG, de fecha 25 de julio de 2008, dispone
que los Órganos Competentes, Organismos Públicos
Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del
Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas
de Resolución Suprema de autorización de viajes del
Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que
precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento
de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios
en el Extranjero se hará por días reales y efectivos,
independientemente de la modalidad del referido viaje,
conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al
Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa,
aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG, de
fecha 26 de enero de 2004 y sus modi catorias;
De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Defensa; la Ley Nº 30114, Ley de Presupuesto del Sector Público
para el Año Fiscal 2014; la Ley Nº 27619, Ley que regula la
Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios
Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº
047-2002-PCM, de fecha 5 de junio de 2002 y su modi catoria
aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM, de fecha
18 de mayo de 2013; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/
SG, de fecha 26 de enero de 2004 y sus modi catorias, que
reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del
Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 024-2009-DE/SG, de
fecha 19 de noviembre de 2009, que determina la jerarquía y
uso de las normas de carácter administrativo que se aplicarán
en los distintos Órganos del Ministerio;

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