RESOLUCION MINISTERIAL N° 343-2013/MINSA - Aprueban Presupuesto Analítico de Personal de la Administración Central del Ministerio de Salud, correspondiente al Año Fiscal 2013

Fecha de publicación17 Junio 2013
Fecha de disposición17 Junio 2013
El Peruano
Lunes 17 de junio de 2013
497300
Que, el numeral 2) del Artículo 1º de la Ley Nº 28296,
Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, establece
que integran el Patrimonio Inmaterial de la Nación, las
creaciones de una comunidad cultural fundadas en
las tradiciones, expresadas por individuos de manera
unitaria o grupal, y que reconocidamente responden
a las expectativas de la comunidad, como expresión
de la identidad cultural y social; además de los valores
transmitidos oralmente, tales como los idiomas, lenguas y
dialectos originarios, el saber y conocimiento tradicional, ya
sean artísticos, gastronómicos, medicinales, tecnológicos,
folclóricos o religiosos, los conocimientos colectivos de los
pueblos y otras expresiones o manifestaciones culturales
que en conjunto conforman nuestra diversidad cultural
como país;
Que, de acuerdo al Artículo 86° del Reglamento de
la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural
de la Nación, aprobado por Decreto Supremo N° 011-
2006-ED, entre las manifestaciones exclusivas del
Patrimonio Cultural Inmaterial se encuentran las “Fiestas
y celebraciones rituales”;
Que, los Artículos IV y VII del Título Preliminar de la
citada Ley disponen que es de interés social y de necesidad
pública la identif‌i cación, registro, inventario, declaración,
protección, restauración, investigación, conservación,
puesta en valor y difusión del Patrimonio Cultural de la
Nación y su restitución en los casos pertinentes; siendo
el Instituto Nacional de Cultura (actualmente Ministerio
de Cultura) la autoridad encargada de registrar, declarar
y proteger el Patrimonio Cultural de la Nación, dentro del
ámbito de su competencia;
Que, de acuerdo a la Ley N° 29565, Ley de creación
del Ministerio de Cultura, este último tiene entre sus
funciones realizar acciones de declaración del Patrimonio
Cultural de la Nación;
Que, en tal sentido, corresponde al Ministerio de
Cultura en cumplimiento de sus funciones y, con la
participación activa de la comunidad, realizar una
permanente identif‌i cación de dichas manifestaciones
tradicionales del país que deben ser declaradas como
Patrimonio Cultural de la Nación;
Que, el Artículo 14º de la Ley Nº 29565, Ley de creación
del Ministerio de Cultura, señala que el Viceministro de
Patrimonio Cultural e Industrias Culturales tiene entre
sus funciones, formular, coordinar, ejecutar y supervisar
la política relacionada con el fomento de la cultura y
la creación cultural en todos sus aspectos y ramas
del Patrimonio Cultural, lo que incluye la declaración,
administración, promoción, difusión y protección del
Patrimonio Cultural de la Nación, de conformidad con la
respectiva política nacional;
Que, la Directiva Nº 001-2011/MC, aprobada por
Resolución Ministerial Nº 080-2011-MC y modif‌i cada por
Resolución Ministerial Nº 103-2011-MC y Resolución
Ministerial Nº 302-2012-MC, establece el procedimiento
para la declaración de las manifestaciones del Patrimonio
Cultural Inmaterial como Patrimonio Cultural de la Nación
y el otorgamiento de reconocimientos;
Que, mediante Informe Nº 295-2013-OGAJ-SG/MC de
fecha 03 de junio de 2013, la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica concluyó que en virtud de lo señalado en el
Informe N° 127-2013-DPIC-DGPC/MC del 20 de mayo de
2013, emitido por la Dirección de Patrimonio Inmaterial
Contemporáneo, la “Fiesta de la Santa Cruz de Curasco”,
distrito de Curasco, provincia de Grau, departamento de
Apurímac, reúne las condiciones para que sea declarada
como Patrimonio Cultural de la Nación;
Estando a lo visado por la Dirección General de
Patrimonio Cultural, la Dirección de Patrimonio Inmaterial
Contemporáneo y la Of‌i cina General de Asesoría
Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29565,
Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº
28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación;
el Decreto Supremo N° 011-2006-ED; la Directiva Nº 001-
2011-MC, aprobada por Resolución Ministerial Nº 080-
2011-MC, modif‌i cada por Resolución Ministerial Nº 103-
2011-MC y Resolución Nº 302-2012-MC; y, el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura,
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Declarar Patrimonio Cultural de la
Nación a la manifestación cultural denominada “Fiesta de
la Santa Cruz de Curasco”, distrito de Curasco, provincia
de Grau, departamento de Apurímac, por los originales
elementos culturales y religiosos que esta f‌i esta concentra,
así como por su importancia para la identidad colectiva de
la población local.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
RAFAEL VARÓN GABAI
Viceministro de Patrimonio Cultural e
Industrias Culturales
950481-1
SALUD
Aprueban Presupuesto Analítico de
Personal de la Administración Central
del Ministerio de Salud, correspondiente
al Año Fiscal 2013
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 343-2013/MINSA
Lima, 13 de junio del 2013
Visto, el Expediente Nº 13-027787-001, que contiene
el Memorándum Nº 879-2013-OGGRH-OARH/MINSA,
el Informe N° 201-2013-EPP-OARH/MINSA y el
Memorándum N° 0542-2013-OGPP-OP/MINSA, cursados
por la Of‌i cina General de Gestión de Recursos Humanos,
y la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto,
respectivamente; y,
CONSIDERANDO:
Que, el Presupuesto Analítico de Personal constituye
un documento de gestión que considera las plazas y el
presupuesto para los servicios específ‌i cos del personal
permanente y eventual en función de la disponibilidad
presupuestal;
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 019-82-INAP-
DIGESNAP, se aprobó la Directiva Nº 001-82-INAP/DNP,
Directiva para la Formulación del Presupuesto Analítico
de Personal (PAP) en las Entidades del Sector Público;
Que, el inciso 6.8 del numeral 6 de la precitada Directiva
establece que el Presupuesto Analítico de Personal es
aprobado por el Titular del Pliego Presupuestal o por el
funcionario a quien delegue expresamente esta tarea;
Que, la Segunda Disposición Transitoria del Texto
Único Ordenado de la Ley Nº 28411, Ley General del
Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado con Decreto
Supremo N° 304-2012-EF, establece que la Entidad,
mediante Resolución de su Titular, aprueba el Presupuesto
Analítico de Personal, previo informe favorable de la
Of‌i cina General de Presupuesto o la que haga sus veces
en la Entidad, sobre su viabilidad presupuestal;
Que, mediante Ley Nº 29951, Ley de Presupuesto del
Sector Público para el Año Fiscal 2013, se establecen las
normas generales de aprobación y ejecución presupuestal
a los que se sujetaran las Entidades públicas;
Que, con Resolución Ministerial Nº 1019-2012/MINSA,
se aprobó el Presupuesto Inicial de Apertura del Ministerio
de Salud, correspondiente al ejercicio presupuestal 2013;
Que, mediante Resolución Ministerial N° 087-
2013/MINSA, se aprobó el reordenamiento de cargos
contenidos en el Cuadro para Asignación de Personal del
Ministerio de Salud, aprobado con Resolución Suprema
Nº 020-2012-SA;
Que, a través del Informe N° 201-2013-EPP-OARH/
MINSA, la Of‌i cina General de Gestión de Recursos
Humanos, ha sustentado el Presupuesto Analítico de
Personal correspondiente al ejercicio presupuestal 2013;
Que, mediante Memorando Nº 0542-2013-OGPP-OP/
MINSA, la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto
del Ministerio de Salud, emitió opinión técnica, así como
la disponibilidad presupuestal para el ejercicio f‌i scal 2013,
en la genérica de gasto 2.1 Personal y Obligaciones
Sociales, para la aprobación del Presupuesto Analítico
de Personal de la Administración Central del Ministerio de
Salud, correspondiente al año f‌i scal 2013;

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