DECRETO SUPREMO N° 001-2011-MC - Aprueban Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura

Fecha de publicación14 Mayo 2011
Fecha de disposición14 Mayo 2011
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, sábado 14 de mayo de 2011 442441
Modifican la R.M. Nº 112-2011-
MINCETUR/DM, en la parte referida
a gastos por concepto de pasajes de
profesional
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 142 -2011-MINCETUR/DM
Lima, 11 de mayo de 2011
Visto, el Memorándum N° 223-2011-MINCETUR/
VMCE, del Viceministro de Comercio Exterior.
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 112-2011-
MINCETUR/DM, modif‌i cada por Resolución Ministerial N°
131-2011-MINCETUR/DM, se autorizó, entre otro, el viaje
del señor Edgar Rolando Escudero Vizárraga, profesional
que presta servicios al Viceministerio de Comercio Exterior,
a la ciudad de Toronto, Canadá, del 8 al 12 de mayo de
2011, para que participe en el evento EXPOPERÚ, que se
llevará a cabo en dicha ciudad;
Que, mediante el documento del Visto, el Viceministro
de Comercio Exterior comunica que por imponderables
en la obtención de visa de tránsito, se ha reprogramado
el itinerario de viaje del señor Edgar Rolando Escudero
Vizárraga, en cuya razón es necesario autorizar el gasto
adicional que dicha reprogramación ha generado;
Que, en tal sentido, es necesario modif‌i car la
Resolución Ministerial N° 112-2011-MINCETUR/DM,
modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 131-2011-
MINCETUR/DM;
De conformidad con la Ley N° 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General, la Ley N° 27790, Ley
de Organización y Funciones del Ministerio de Comercio
Exterior y Turismo - MINCETUR, la Ley N° 27619, que
regula la autorización de viajes al exterior de los servidores
y funcionarios públicos, sus modif‌i catorias, y su Reglamento
aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM.
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Modif‌i car, con ef‌i cacia anticipada, el
Artículo 2° de la Resolución Ministerial N° 112-2011-
MINCETUR/DM, modif‌i cado por Resolución Ministerial
N° 131-2011-MINCETUR/DM, en la parte referida a los
gastos por concepto de pasajes del señor Edgar Rolando
Escudero Vizárraga, autorizando adicionalmente la suma
de US$ 1,103.07.
Artículo 2°.- Quedan vigentes los demás términos
de la Resolución Ministerial N° 112-2011-MINCETUR/
DM, modif‌i cada por Resolución Ministerial N° 131-2011-
MINCETUR/DM.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
EDUARDO FERREYROS KÜPPERS
Ministro de Comercio Exterior y Turismo
639703-1
CULTURA
Aprueban Reglamento de Organización
y Funciones del Ministerio de Cultura
DECRETO SUPREMO
N° 001-2011-MC
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ley Nº 29565 se creó el Ministerio
de Cultura, como organismo del Poder Ejecutivo con
personería jurídica de derecho público, el cual constituye
pliego presupuestal del Estado;
Que, de acuerdo a lo señalado en la citada ley, el
sector cultura comprende al Ministerio de Cultura, las
entidades a su cargo, las organizaciones públicas de
nivel nacional y otros niveles de gobierno que realizan
actividades vinculadas a su ámbito de competencia,
incluyendo a las personas naturales o jurídicas que
realizan actividades referidas al sector cultura; y considera
en su desenvolvimiento a todas las manifestaciones
culturales del país que ref‌l ejan la diversidad pluricultural
y multiétnica;
Que, conforme a lo señalado en el 11º de la Ley 29565,
se adscribieron al Ministerio de Cultura los siguientes
organismos públicos: Instituto Nacional de Cultura,
Biblioteca Nacional del Perú, Instituto de Radio y Televisión
Peruana, Academia Mayor de la Lengua Quechua, Archivo
General de la Nación, y el Instituto Nacional de Desarrollo
de los Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuano;
modif‌i cado por Decreto Supremo Nº 002-2010-MC, se
aprobó la fusión por absorción en el Ministerio de Cultura
de las siguientes entidades y órganos: Instituto Nacional
de Cultura, Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos
Andinos, Amazónicos y Afroperuano; Proyecto Especial
Complejo Arqueológico de Chan Chan del Ministerio de
Educación; Proyecto Especial Naylamp - Lambayeque
del Ministerio de Educación; Unidad Ejecutora
Marcahuamachuco del Ministerio de Educación; Consejo
Nacional de Democratización del Libro y de Fomento de
la Lectura - PROMOLIBRO del Ministerio de Educación;
y Consejo Nacional de Cinematografía - CONACINE
del Ministerio de Educación. Conforme a lo señalado en
las citadas normas, el proceso de fusión con el Instituto
Nacional de Cultura culminó el 30 de setiembre de 2010,
y con las demás entidades y órganos señalados, el 31
de diciembre de 2010; por lo que con posterioridad a
este proceso, toda referencia a las entidades y órganos
mencionados, se entenderá efectuada al Ministerio de
Cultura;
Que, de otro lado, de conformidad con lo dispuesto
en la Única Disposición Complementaria Transitoria
del Decreto de Urgencia Nº 066-2010, los documentos
de gestión del Instituto Nacional de Cultura mantienen
vigencia y son de aplicación en el Ministerio de Cultura,
hasta la aprobación de los respectivos documentos de
gestión que deberán ser aprobados en el marco de las
disposiciones legales vigentes;
Que, en tal sentido, en el marco de lo establecido por
27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión Pública,
y los Lineamientos para la elaboración y aprobación del
Reglamento de Organización y Funciones - ROF de las
entidades de la Administración Pública, aprobados por
Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, se ha formulado
el Reglamento de Organización y Funciones - ROF del
Ministerio de Cultura;
Que, este documento de gestión permitirá al Ministerio
de Cultura ejecutar sus áreas programáticas de acción
sobre las cuales ejerce sus competencias, funciones y
atribuciones para el logro de los objetivos y metas del
Estado, como son: el Patrimonio Cultural de la Nación,
Material e Inmaterial, la creación cultural contemporánea
y artes vivas, la gestión cultural e industrias culturales y
la pluralidad étnica y cultural de la Nación; orientado a
la mejora de la gestión pública y la construcción de un
Estado democrático, descentralizado y al servicio del
ciudadano;
Con la opinión favorable de la Secretaría de Gestión
Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros a
través del Informe Nº 029-2011-PCM/SGP/RCC;
En uso de la facultad conferida por el inciso 8) del
conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 27658, Ley Marco
de Modernización de la gestión del Estado; Ley Nº 29565,
Ley de creación del Ministerio de Cultura, y el Decreto
Supremo Nº 043-2006-PCM; y,
Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros;

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