RESOLUCION MINISTERIAL N° 150-2014-MIMP - Designan Directora II de la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación

Fecha de disposición21 Mayo 2014
Fecha de publicación21 Mayo 2014
SecciónSección Única
El Peruano
Miércoles 21 de mayo de 2014
523610
b) Proponer los temas de interés que el Estado Peruano,
a través del Ministerio del Interior, debe plantear en las
reuniones preparatorias del MISPA V, a f‌i n de que sean
considerados dentro de la agenda del referido evento.
Artículo 3.- Instalación e Informe Final
El Grupo de Trabajo debe instalarse en un plazo no
mayor de siete (07) días calendarios contados a partir de la
publicación de la presente resolución.
El Informe Final del Grupo de Trabajo deberá ser
presentado al Despacho Ministerial en un plazo no mayor
a los treinta (30) días hábiles, contados a partir de su
instalación. El referido informe deberá incluir el Plan de
Actividades y los temas de interés señalados en el artículo
2 de la presente Resolución.
Artículo 4.- Requerimiento de información
Todas las entidades, órganos, unidades orgánicas y
dependencias del Sector Interior están obligados a brindar la
información que requiera el Grupo de Trabajo y su Secretaría
Técnica, para el desarrollo de las actividades encomendadas.
Artículo 5.- Facilidades
El Viceministro de Gestión Institucional brindará
los bienes y servicios que resulten necesarios para el
funcionamiento del Grupo de Trabajo constituido por la
presente Resolución.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
WALTER ALBAN PERALTA
Ministro del Interior
1085238-1
MUJER Y POBLACIONES
VULNERABLES
Designan Directora II de la Dirección
de Promoción y Protección de los
Derechos de la Mujer de la Dirección
General de Igualdad de Género y No
Discriminación
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 150-2014-MIMP
Lima, 19 de mayo de 2014
Vista, la Nota N° 176-2014-MIMP/DVMM del Despacho
Viceministerial de la Mujer; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 003-2013-
MIMP, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal
– CAP del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
– MIMP, y con Resolución Ministerial N° 267-2013-MIMP, se
aprueba el reordenamiento de cargos, que incluye el cargo
de Director(a) II de la Dirección de Promoción y Protección
de los Derechos de la Mujer de la Dirección General de
Igualdad de Género y No Discriminación;
Que, se encuentra vacante el cargo de Director (a) II de
la Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de
la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y
No Discriminación del Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables – MIMP;
Que, con la Nota de vista, el Despacho Viceministerial
de la Mujer propone se designe a la señora Liliana Inés
Huayhua Palomino como Directora II, Nivel Remunerativo
F-3 de la Dirección de Promoción y Protección de los
Derechos de la Mujer de la Dirección General de Igualdad
de Género y No Discriminación;
Que, la Of‌i cina General de Recursos Humanos mediante
Nota N° 237-2014-MIMP/OGRH, señala que la señora
Liliana Inés Huayhua Palomino, cumple con los requisitos
y competencias que establece el Manual de Organización
y Funciones – MOF, para que sea designada en el cargo
precitado;
Que, en tal sentido resulta pertinente designar a la
persona que se desempeñará como Directora II de la
Dirección de Promoción y Protección de los Derechos de
la Mujer de la Dirección General de Igualdad de Género y
No Discriminación;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo
1098, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del
Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables – MIMP;
su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado
SE RESUELVE:
Artículo Único.- Designar a la señora LILIANA INÉS
HUAYHUA PALOMINO, como Directora II de la Dirección de
Promoción y Protección de los Derechos de la Mujer de la
Dirección General de Igualdad de Género y No Discriminación
Regístrese, comuníquese y publíquese.
CARMEN OMONTE DURAND
Ministra de la Mujer y Poblaciones Vulnerables
1085629-1
Aprueban el Manual de Operaciones
del Programa Nacional VIDA DIGNA
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
152-2014-MIMP
Lima, 19 de mayo de 2014
Vistos, la Nota 666-2013-MIMP-OGPP de la Of‌i cina
General de Planeamiento y Presupuesto, el Informe 058-
2013-MIMP/OGPP-OMI-JFH y la Nota 321-2013-MIMP/
OGPP-OMI de la Of‌i cina de Modernización Institucional de
la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley 28803 – Ley de las Personas
Adultas Mayores, el Estado Peruano reconoce, promueve
y genera las condiciones para el ejercicio de los derechos
de las personas adultas mayores, fomentando la igualdad
de oportunidades y el respeto a una vida digna, así como la
defensa de sus intereses;
Que, el Decreto Legislativo 1098 – Ley de
Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y
Poblaciones Vulnerables, establece la rectoría en la
promoción y protección de las poblaciones vulnerables,
promoción y protección de los derechos de las personas
adultas mayores y del Sistema Nacional de Población en
Riesgo, desde la articulación de las diferentes intervenciones
del Estado y de la sociedad, con la f‌i nalidad de garantizar
sus derechos y una vida digna;
Que, en el contexto anteriormente descrito, mediante
Decreto Supremo 006-2012-MIMP se crea el Programa
Nacional VIDA DIGNA que depende funcionalmente del
Viceministerio de Poblaciones Vulnerables del Ministerio
de la Mujer y Poblaciones Vulnerables, con el objeto de
restituir y proteger los derechos de las personas adultas
mayores en situación de calle;
Que, la Única Disposición Complementaria Transitoria,
establece que el Ministerio de la Mujer y Poblaciones
Vulnerables aprobará el Manual de Operaciones del Programa
Nacional VIDA DIGNA mediante Resolución Ministerial;
Que, mediante Nota 666-2013-MIMP-OGPP, la
Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto, en su
calidad de órgano técnico competente en la materia, ha
remitido,para proseguir con el trámite de su aprobación,el
proyecto de Manual de Operaciones del Programa Nacional
VIDA DIGNA, propuesto por la máxima autoridad del
indicado programa;
Que, en atención a lo expuesto, resulta necesario
aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional
VIDA DIGNA;
Con las visaciones del Despacho Viceministerial de
Poblaciones Vulnerables, de la Dirección Ejecutiva del
Programa Nacional VIDA DIGNA, de la Secretaría General,
de la Of‌i cina General de Planeamiento y Presupuesto y de
la Of‌i cina General de Asesoría Jurídica;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 29158 – Ley
Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Supremo 043-
2006-PCM que aprueba los lineamientos para la elaboración
y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones
(ROF) por parte de las entidades de la Administración Pública;
el Decreto Legislativo 1098 – Decreto Legislativo que
aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio

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