DECRETO SUPREMO N° 307-2013-EF - Modifican el Reglamento de la Ley General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2009-EF

Fecha de disposición13 Diciembre 2013
Fecha de publicación13 Diciembre 2013
AÑO DE LA INVERSIÓN PARA EL DESARROLLO RURAL Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA Viernes 13 de diciembre de 2013
509091
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
Ley N° 30124.- Ley que modif‌i ca el artículo 425 del
Código Penal, referido al concepto de funcionario o
servidor público 509093
Ley N° 30125.- Ley que establece medidas para el
fortalecimiento del Poder Judicial 509093
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA Y RIEGO
R.D. N° 0089-2013-MINAGRI-SENASA-DIAIA.- Cancelan
registros de diversos productos veterinarios por contener
principios activos prohibidos 509094
R.J. N° 539-2013-ANA.- Aceptan renuncia y encargan
funciones de Director de la Dirección de Gestión del
Conocimiento y Coordinación Interinstitucional de la
Autoridad Nacional del Agua 509095
R.J. N° 542-2013-ANA.- Establecen precisiones para la
aplicación de los lineamientos de la R.J. N° 478-2012-ANA
en la determinación y aprobación del valor de las tarifas
por la utilización de la infraestructura hidráulica mayor y
menor, y por monitoreo y gestión de aguas subterráneas,
para el año 2014 509096
DEFENSA
R.M. N° 1238-2013-DE/SG.- Autorizan ingreso al territorio
nacional de personal militar de México 509096
DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL
R.M. N° 267-2013-MIDIS.- Designan Director Ejecutivo
del Programa Nacional de Alimentación Escolar Qali
Warma 509097
ECONOMIA Y FINANZAS
D.S. N° 307-2013-EF.- Modif‌i can el Reglamento de la Ley
General de Aduanas aprobado por Decreto Supremo Nº
010-2009-EF 509097
ENERGIA Y MINAS
R.S. N° 077-2013-EM.- Autorizan viaje de funcionario a
Francia, en comisión de servicios 509098
TRANSPORTES Y
COMUNICACIONES
D.S. N° 016-2013-MTC.- Decreto Supremo que aprueba
las Condiciones para la Implementación de la Portabilidad
Numérica en el Servicio Público de Telefonía Fija y
establece medidas complementarias para la aplicación de
la Portabilidad Numérica 509099
R.VM. N° 619-2013-MTC/03.- Renuevan autorización
otorgada mediante R.VM. N° 501-2011-MTC/03 a CRP
Medios y Entretenimiento S.A.C. para prestar servicio de
radiodifusión sonora en FM 509101
RR.VMs. N°s. 620, 622, 624, 625, 627, 628, 630 y 631-
2013-MTC/03.- Otorgan autorizaciones a personas
naturales para prestar servicio de radiodifusión sonora
en FM en localidades de diversos departamentos
509102
R.D. N° 597-2013-MTC/12.- Otorgan a Ecocopter Perú
S.A. la renovación y modif‌i cación de permiso de operación
de aviación comercial: transporte aéreo no regular nacional
de pasajeros y carga 509117
R.D. N° 604-2013-MTC/12.- Otorgan a Heliamérica
S.A.C. la renovación de permiso de operación de aviación
comercial: transporte aéreo especial 509119
R.D. N° 4884-2013-MTC/15.- Modif‌i can la Directiva
N° 004-2010-MTC/15 “Régimen de Autorización y
Funcionamiento de los Centros de Revisión Periódica de
Cilindros” 509126
R.D. N° 4923-2013-MTC/15.- Autorizan a la Escuela de
Conductores Integrales Luso E.I.R.L. para funcionar como
Escuela de Conductores Integrales en el departamento de
Arequipa 509126
R.D. N° 5244-2013-MTC/15.- Aprueban Calcomanía
Of‌i cial de Gas Licuado de Petróleo, Papel de Seguridad
del Certif‌i cado de Gas Licuado de Petróleo y Códigos de
Entidades Certif‌i cadoras de Conversiones a GLP para el
año 2014 509129
ORGANISMOS EJECUTORES
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE BIENES ESTATALES
Res. N° 269-2013/SBN-DGPE-SDAPE.- Disponen
primera inscripción de dominio a favor del Estado de
terreno eriazo ubicado en el departamento de Arequipa
509131
RR. N°s. 271 y 272-2013/SBN-DGPE-SDAPE.- Disponen
primera inscripción de dominio a favor del Estado de
terrenos ubicados en el distrito de Puente Piedra, provincia
y departamento de Lima 509131
Sumario
Año XXX - Nº 12684
El Peruano
Viernes 13 de diciembre de 2013
509092
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
CENTRO NACIONAL DE
PLANEAMIENTO ESTRATEGICO
Res. N° 079-2013-CEPLAN/PCD.- Aceptan renuncia
de Asesor de la Presidencia del Consejo Directivo del
Centro Nacional de Planeamiento Estratégico - CEPLAN
509134
Res. N° 080-2013/CEPLAN/PCD.- Designan Director
Nacional de Seguimiento y Evaluación del Centro Nacional
de Planeamiento Estratégico - CEPLAN 509134
SUPERINTENDENCIA DEL
MERCADO DE VALORES
Res. N° 097-2013-SMV/11.1.- Disponen la inscripción de
las acciones representativas del capital social de Moche
Inversiones S.A. en el Registro Público del Mercado de
Valores 509135
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Res. N° 360-2013/SUNAT.- Aprueban disposiciones
para la implementación del Registro de Socios de las
Cooperativas Agrarias y otros integrantes - Ley N° 29972
509135
ORGANOS AUTONOMOS
JURADO NACIONAL
DE ELECCIONES
Res. N° 1007-2013-JNE.- Declaran nulo Acuerdo de
Concejo N° 015-2013-MDA y todo lo actuado hasta la
fecha de presentación de solicitudes de declaratoria de
vacancia contra alcalde de la Municipalidad Distrital de
Aucallama, provincia de Huaral, departamento de Lima
509137
SUPERINTENDENCIA DE
BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Res. N° 7012-2013.- Autorizan a la EDPYME Acceso
Crediticio la ampliación de of‌i cina principal ubicada en el
departamento de Lima 509140
Res. N° 7051-2013.- Autorizan a la Caja Municipal de
Ahorro y Crédito de Piura S.A.C. el traslado de of‌i cina
especial ubicada en el departamento de Ancash. 509140
Res. N° 7054-2013.- Autorizan a Financiera Uno S.A. la
apertura de of‌i cinas especiales en los departamentos de
Cusco, Cajamarca y Lima 509141
Res. N° 7087-2013.- Autorizan a Financiera Edyf‌i car S.A.
la apertura de of‌i cinas especiales en los departamentos
de Cajamarca, Lima e Ica 509141
Res. N° 7130-2013.- Autorizan a la Edpyme Inversiones
La Cruz S.A. la apertura de agencia ubicada en el
departamento de Lima 509141
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE ANCASH
Ordenanza N° 015-2013-GRA/CR.- Aprueban el
Programa Integral para el Mejoramiento de Acciones en
Nutrición y Estimulación Temprana - PIMANET ANCASH
509142
GOBIERNO REGIONAL
DE AREQUIPA
Res. N° 211-2013-GRA/PR-GGR.- Disponen primera
inscripción de dominio a favor del Estado de terreno eriazo
ubicado en el departamento de Arequipa 509144
GOBIERNO REGIONAL
DE AYACUCHO
Ordenanza N° 020-2013-GRA/CR.- Modif‌i can la
Ordenanza Regional N° 002-2011-GRA/CR, mediante
la cual se aprobó el TUPA del Gobierno Regional de
Ayacucho y Direcciones Regionales Sectoriales 509145
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD DE ATE
Res. N° 1374.- Dejan sin efecto la Res. Subgerencia N°
554-MDA/GDU-SGHUE 509146
MUNICIPALIDAD DE LINCE
Ordenanza N° 333-MDL.- Aprueban la “Feria Navideña
2013” del distrito de Lince 509147
MUNICIPALIDAD DE PACHACÁMAC
Ordenanza N° 120-2013-MPD/C.- Aprueban el
Texto Único de Procedimientos Administrativos de la
Municipalidad Distrital de Pachacámac 509148
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Ordenanza N° 014-2013-CDB.- Regulan la ocupación de
la vía pública con materiales de construcción y gestión de
residuos sólidos de la construcción en el distrito 509149
D.A. N° 017-2013-MDB-AL.- Modif‌i can Texto Único de
Procedimientos Administrativos - TUPA de la Municipalidad
Distrital de Bellavista 509153
MUNICIPALIDAD DE LA PERLA
R.A. N° 434-2013-MDLP-ALC.- Designan responsable
de elaboración y actualización del Portal de Transparencia
de la Municipalidad 509153
MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA
Ordenanza N° 007.- Establecen montos por concepto
de emisión, determinación, distribución y liquidación
del Impuesto Predial y de los Arbitrios Municipales
correspondientes al Ejercicio Fiscal 2014 509154
El Peruano
Viernes 13 de diciembre de 2013 509093
PODER LEGISLATIVO
CONGRESO DE LA REPUBLICA
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 425 DEL
CÓDIGO PENAL, REFERIDO AL CONCEPTO DE
FUNCIONARIO O SERVIDOR PÚBLICO
Artículo único. Modif‌i cación del artículo 425 del
Modifícase el artículo 425 del Código Penal, el cual
queda redactado de la siguiente forma:
“Artículo 425. Funcionario o servidor público
Son funcionarios o servidores públicos:
1. Los que están comprendidos en la carrera
administrativa.
2. Los que desempeñan cargos políticos o de
conf‌i anza, incluso si emanan de elección popular.
3. Todo aquel que, independientemente del régimen
laboral en que se encuentre, mantiene vínculo laboral
o contractual de cualquier naturaleza con entidades u
organismos del Estado, incluidas las empresas del Estado
o sociedades de economía mixta comprendidas en la
actividad empresarial del Estado, y que en virtud de ello
ejerce funciones en dichas entidades u organismos.
4. Los administradores y depositarios de caudales
embargados o depositados por autoridad competente,
aunque pertenezcan a particulares.
5. Los miembros de las Fuerzas Armadas y Policía
Nacional.
6. Los designados, elegidos o proclamados, por
autoridad competente, para desempeñar actividades
o funciones en nombre o al servicio del Estado o sus
entidades.
7. Los demás indicados por la Constitución Política y
la ley.”
Comuníquese al señor Presidente Constitucional de la
República para su promulgación.
En Lima, a los veintidós días del mes de noviembre
de dos mil trece.
FREDY OTÁROLA PEÑARANDA
Presidente del Congreso de la República
MARÍA DEL CARMEN OMONTE DURAND
Primera Vicepresidenta del Congreso de la República
AL SEÑOR PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DE LA REPÚBLICA
POR TANTO:
Mando se publique y cumpla.
Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce
días del mes de diciembre del año dos mil trece.
OLLANTA HUMALA TASSO
Presidente Constitucional de la República
CÉSAR VILLANUEVA ARÉVALO
Presidente del Consejo de Ministros
1027454-1
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO:
EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA;
Ha dado la Ley siguiente:
LEY QUE ESTABLECE
MEDIDAS PARA EL FORTALECIMIENTO
DEL PODER JUDICIAL
Artículo 1. Modif‌i cación
Modifícase el numeral 5) del artículo 186 del Texto
Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial,
aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-JUS, el cual
queda redactado en los términos siguientes:
Artículo 186.- Son derechos de los Jueces:
(...)
5. Percibir un haber total mensual por todo concepto,
acorde con su función, dignidad y jerarquía, el
que no puede ser disminuido de manera alguna,
y que corresponden a los conceptos que vienen
recibiendo.
Para estos f‌i nes se toma en cuenta lo siguiente:
a) El haber total mensual por todo concepto que
perciben los Jueces Supremos equivale al haber
total que vienen percibiendo dichos jueces
a la fecha. Este monto será incrementado
automáticamente en los mismos porcentajes
en los que se incrementen los ingresos de los
Congresistas de la República;
b) El haber total mensual por todo concepto
de los Jueces Superiores será del 80% del
haber total mensual por todo concepto que
perciban los Jueces Supremos, conforme a lo
establecido en el literal a) precedente; el de los
Jueces Especializados o Mixtos será del 62%;
el de los Jueces de Paz Letrados será del 40%,
referidos también los dos últimos porcentajes
al haber total mensual por todo concepto que
perciben los Jueces Supremos;
c) Los Jueces titulares comprendidos en la
carrera judicial, perciben un ingreso total
mensual constituido por una remuneración
básica y una bonif‌i cación jurisdiccional,
esta última de carácter no remunerativo ni
pensionable;
d) A los Jueces les corresponde un gasto operativo
por función judicial, el cual está destinado a
solventar los gastos que demande el ejercicio
de las funciones de los jueces. Dicho concepto
no tiene carácter remunerativo ni pensionable,
está sujeto a rendición de cuenta;
e) Los Jueces al jubilarse gozarán de los
benef‌i cios que les corresponda con arreglo a
ley; y,
f) Los Jueces que queden inhabilitados para
el trabajo, con ocasión del servicio judicial,
perciben como pensión el íntegro de la
remuneración que les corresponde. En caso
de muerte el cónyuge e hijos perciben como
pensión la remuneración que corresponde al
grado inmediato superior.”
Artículo 2. Acciones para la optimización de la
gestión del servicio de justicia
El Poder Judicial establecerá sus metas para
optimizar la gestión del servicio de justicia orientado al
fortalecimiento institucional del Poder Judicial, previa
aprobación de su Consejo Ejecutivo, en el plazo de
quince (15) días hábiles de publicada la presente
norma. El Poder Judicial deberá emitir y publicar en su
portal institucional (www.pj.gob.pe) un informe sobre
la evaluación del cumplimiento de las acciones que se
hayan efectuado para la optimización del servicio de
justicia.

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