MUNICIPALIDAD DE ATE DECRETO DE ALCALDIA Nº 029 - Prorrogan vigencia de la Ordenanza Nº 294-MDA que establece beneficios tributarios DECRETO DE ALCALDIA Nº 029

Fecha de disposición31 Octubre 2012
Fecha de publicación31 Octubre 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, miércoles 31 de octubre de 2012
477732
el voto por unanimidad de los señores Regidores y con la
dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas;
SE ACUERDA:
Artículo 1º.- APROBAR LA MOCIÓN DE ORDEN DEL
DÍA; presentada por los señores Jimmy Augusto Ramírez
Gonzales y Edith Olinda Núñez Camarena, regidores del
Concejo Municipal de Ate, y expresar el Saludo Institucional
del Concejo Distrital de Ate en el “Día del Periodismo
Peruano”, a los hombres y mujeres que ejercen la labor
periodística en nuestro país.
Artículo 2º.- SALUDAR; al Colegio de Periodistas
del Perú, Asociación Nacional de Periodistas del
Perú, Federación de Periodistas del Perú, así como
los Círculos y otras organizaciones de periodistas,
espacios donde los Periodistas Peruanos desarrollan
vida orgánica.
Artículo 3º.- SALUDAR; especialmente a los Periodistas
de Lima Este agrupados a través de la Asociación de
Periodistas del Cono Este – A.P.C.E. presidida por el
Licenciado Roberto Sánchez Rivera.
Artículo 4º.- DISPÓNGASE; la publicación del presente
Acuerdo de Concejo en el Diario Ocial El Peruano.
Artículo 5º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente
Acuerdo de Concejo a la Gerencia Municipal, Secretaría
de Imagen Institucional y Comunicaciones y demás áreas
pertinentes de esta Corporación Municipal.
Regístrese comuníquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
860706-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
294-MDA que establece beneficios
tributarios
DECRETO DE ALCALDÍA
Nº 029
Ate, 30 de octubre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE
VISTO; el Informe Nº 141-2012-MDA/GAT de la
Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 753-
2012-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica;
Proveído 2281-2012-MDA/GM de la Gerencia
Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972,
establece en su Art. 42º que los Decretos de Alcaldía
establecen normas reglamentarias y de aplicación de las
ordenanzas, sancionan los procedimientos necesarios para
la correcta y eciente administración municipal y resuelven
o regulan asuntos de orden general y de interés para el
vecindario, que no sean de competencia del Concejo
Municipal;
Que, mediante Ordenanza 294-MDA de fecha
31 de mayo del 2012, se estableció el Benecio de la
Condonación de Deuda Tributaria e Intereses Generados
por la Omisión de la Presentación y/o Recticación de la
Declaración Jurada del Impuesto Predial para el Sector
Casa Habitación;
Que, la Ordenanza Municipal antes indicada en su
Artículo Décimo Cuarto, faculta al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas
complementarias, para la adecuada aplicación de la
presente Ordenanza; asi mismo prorrogue los benecios
tributarios establecidos en la misma;
Que, mediante Informe 141-2012-MDA/GAT, la
Gerencia de Administración Tributaria señala que es
necesario otorgar amplias facilidades a los contribuyentes
del distrito para que puedan cumplir con el acogimiento a
la presentación de sus Declaraciones Juradas de Impuesto
Predial y con los benecios establecidos en la Ordenanza
Nº 294-MDA;
Que, mediante Informe Nº 753-2012-MDA/GAJ la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es procedente
emitir el Decreto de Alcaldía propuesto por la Gerencia de
Administración Tributaria;
Que, mediante Proveído 2281-2012-MDA/GM,
la Gerencia Municipal, indica se proyecte el Decreto de
Alcaldía correspondiente;
Estando a las atribuciones conferidas por el artículo
42º y el numeral 6 del artículo 20º de la Ley Orgánica de
Municipalidades Nº 27972;
SE DECRETA:
Artículo 1º.- PRORROGAR; la vigencia de la
Ordenanza Nº 294-MDA, que establece el Beneficio
de la Condonación de Deuda Tributaria e Intereses
Generados por la Omisión de la Presentación y/o
Rectificación de la Declaración Jurada del Impuesto
Predial para el Sector Casa Habitación; hasta el 31 de
diciembre del 2012.
Artículo 2º.- ENCARGAR; el cumplimiento del presente
Decreto de Alcaldía a la Gerencia de Administración
Tributaria y demás áreas pertinentes de esta Corporación
Edil.
Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase.
OSCAR BENAVIDES MAJINO
Alcalde
860702-1
Prorrogan vigencia de la Ordenanza
Nº 268-MDA que establece el Beneficio
de Regularización de procedimientos
de Licencia, Conformidad de Obra y
Declaratoria de Fábrica
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 030
Ate, 30 de octubre de 2012
EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE ATE
VISTO; La Ordenanza Nº 291-MDA, el Informe Nº 224-
2012-MDA/GDU de la Gerencia de Desarrollo Urbano, el
Informe Nº 755-2012-MDA/GAJ de la Gerencia de Asesoría
Jurídica, el Memorando 765-2012-MDA/GM de la
Gerencia Municipal; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante Ordenanza 268-MDA, se
establece el Beneficio de Regularización de aquellos
procedimientos de Licencia, Conformidad de Obra y
Declaratoria de Fábrica de edificaciones existentes en
el Distrito de Ate;
Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 291-MDA de
fecha 23 de marzo de 2012 y publicada en el Diario Ocial
El Peruano el 12 de abril del 2012 que Reglamenta y Amplia
los Benecios del Artículo 3º y la Primera Disposición Final
Que, la mencionada norma señala, en su Sétima
Disposición Final, que se faculta al Señor Alcalde para
que mediante Decreto de Alcaldía se amplíe la presente
Ordenanza;
Que, mediante Informe Nº 224-2012-MDA/GDU, la
Gerencia de Desarrollo Urbano señala que aún quedan
muchos predios en el Distrito pendientes de Regularizar sus
edicaciones, por lo que se hace necesario se prorrogue
los benecios de regularización de la ordenanza antes
mencionada, mediante Decreto de Alcaldía;
Que, mediante Informe Nº 755-2012-MDA/GAJ, la
Gerencia de Asesoría Jurídica señala que es procedente
emitir el Decreto de Alcaldía propuesto por la Gerencia
de Desarrollo Urbano, cuyo vencimiento será el 31 de
diciembre del 2012;
Que, mediante Memorando Nº 765-2012-MDA/GM,
la Gerencia Municipal, indica que se proyecte el Decreto
de Alcaldía correspondiente prorrogando la fecha de
vigencia de la Ordenanza Nº 268-MDA, hasta el 31
de Diciembre del 2012, de acuerdo a los documentos
adjuntos;
Consecuentemente, estando a las consideraciones
expuestas y en uso de las facultades conferidas por el
artículo 42º y el inciso 6) del artículo 20º de la Ley Orgánica
de Municipalidades Nº 27972;

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