ACUERDO Nº 316-2009-MPP-C - Exoneran de proceso de selección la reconstrucción de la infraestructura de institución educativa

Fecha de disposición25 Diciembre 2009
Fecha de publicación25 Diciembre 2009
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, viernes 25 de diciembre de 2009 408795
CAPÍTULO IV
DE LAS INAFECTACIONES
Artículo 16º.- Se encuentran inafectos al pago de
los arbitrios de barrido de vías, recolección de residuos
sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo, los
siguientes predios :
A) De propiedad o utilizados por la Municipalidad
distrital de San Miguel para sus f‌i nes.
B) De propiedad o utilizados para sus f‌i nes por el
Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú para
sus f‌i nes.
C) De propiedad o utilizados por la Policía Nacional
del Perú e Institutos Militares, destinados únicamente a su
propia función Policial o Militar, según corresponda.
D) Constituidos por unidades que forman parte
accesoria a la unidad inmobiliaria tales como los
estacionamientos, azoteas, aires, depósitos o tendales, a
quienes no se les brinda el servicio.
E) Los terrenos sin construir, por los servicios de
recolección de residuos sólidos y parques y jardines,
conforme al informe de Defensoría del Pueblo N° 106.
F) Los que obtengan resolución f‌i rme del Tribunal
Fiscal y/o sentencia consentida del Poder Judicial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y FINALES
Primera.- FACULTADES
Facúltese al alcalde para que mediante Decreto de
Alcaldía regule la adecuada aplicación de la presente
Ordenanza.
Segunda.- VIGENCIA
La presente ordenanza, una vez ratif‌i cada por la
Municipalidad Metropolitana de Lima, entrará en vigencia
el 01 de enero del año 2010, publicándose la norma
aprobatoria y la norma ratif‌i catoria en el Diario Of‌i cial El
Peruano y los anexos I y II en el portal institucional (www.
munisanmiguel.gob.pe).
Tercera.- DEROGACIÓN
Deróguese toda norma que se oponga a la presente
ordenanza.
Cuarta.- ENCARGATURA
Encárguese a la Gerencia de Rentas y Administración
Tributaria, a la Subgerencia de Informática, a la Gerencia
de Administración y Finanzas y a la Subgerencia de
Tesorería el cumplimiento de la presente Ordenanza.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
439021-1
Modifican Informe Técnico de la
cual se aprobó el Régimen Tributario
de las Tasas de Arbitrios Municipales
para el Ejercicio 2010
San Miguel, 12 de noviembre del 2009
EL ALCALDE DISTRITAL DE SAN MIGUEL;
POR CUANTO :
El Concejo Municipal, en Sesión Ordinaria de la
fecha;
CONSIDERANDO :
Que, el artículo tercero de la ordenanza Nº 182-
MDSM aprueba el contenido del informe técnico (anexo
I), el mismo que contiene los criterios, metodologías de
distribución de los costos, la determinación del monto
de las tasas de los servicios públicos de barrido de
vías, recolección de residuos sólidos, parques y jardines
públicos y serenazgo y los ingresos estimados anuales,
entre otros;
Que, el citado informe técnico (anexo I), requiere
modif‌i carse a partir de la actualización de los resultados
obtenidos sobre la base de nuevas evaluaciones
efectuadas;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones
conferidas al Concejo Municipal en los artículos y 40º
aprobó la siguiente:
ORDENANZA QUE MODIFICA EL INFORME
TECNICO (ANEXO I) DEL ARTÍCULO TERCERO
DE LA ORDENANZA Nº 182-MDSM QUE APRUEBA
EL REGIMEN TRIBUTARIO DE LAS TASAS DE
ARBITRIOS MUNICIPALES DE BARRIDO DE VÍAS,
RECOLECCIÓN DE RESIDUOS SÓLIDOS, PARQUES
Y JARDINES PÚBLICOS Y SERENAZGO PARA EL
EJERCICIO 2010
Artículo Primero.- MODIFÍQUESE el Informe Técnico
(Anexo I) del artículo tercero de la ordenanza Nº 182-MDSM
que aprueba el régimen tributario de arbitrios municipales
en el distrito de San Miguel para el ejercicio f‌i scal 2010,
que contiene los criterios, metodologías de distribución de
los costos, la determinación del monto de las tasas de
los servicios públicos de barridos de vías, recolección de
residuos sólidos, parques y jardines públicos y serenazgo
y los ingresos estimados anuales, conforme al anexo que
forma parte de la presente ordenanza.
Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de
Rentas y Administración Tributaria, a la Subgerencia
de Informática y a la Subgerencia de Tesorería el f‌i el
cumplimiento de la presente ordenanza.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
SALVADOR HERESI CHICOMA
Alcalde
439021-2
PROVINCIAS
MUNICIPALIDAD PROVINCIAL
DE PALLASCA - CABANA
Exoneran de proceso de selección la
reconstrucción de la infraestructura de
institución educativa
ACUERDO DE CONCEJO
Nº 316-2009-MPP-C
Cabana, 9 de diciembre del 2009
VISTO:
El Of‌i cio Nº 301-2009-MDC, de fecha 16 de Noviembre
del 2009, la Resolución Jefatural Nº 0088-2009-
GRRNGMA/SGDC, de fecha 04 de Noviembre del 2009;
el Informe Legal Nº 86 -2009-MPP-C/ASE. LEG, de fecha
30 de Noviembre del 2009 y el Informe Técnico Nº 001 -
2009-MPP-C/ING, de fecha 27 de Noviembre del 2009;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Jefatural Nº 0087-2009-
GRRNGMA/SGDC, de fecha 04 de Noviembre del 2009, la
Secretaria Técnica del Comité Regional de Defensa Civil
del Gobierno Regional de Ancash aprueba el Informe Nº
060-011-2009-OGR, presentado por el profesional Oscar
García Rimac, quien manif‌i esta que la Infraestructura,
Instalaciones Eléctricas e Instalaciones Sanitarias de la
Institución Educativa Nº 88158 “Virgen del Carmen”, se
encuentran en pésimas condiciones, por lo que la Of‌i cina
Descargado desde www.elperuano.com.pe

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