RESOLUCION N° 027-2014-SUNASS-CD - Disponen la publicación en la página web de la SUNASS del proyecto de resolución de Consejo Directiva mediante el cual se modificaría el Reglamento General de Tarifas, incorporando el Título 6 'Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios'

Fecha de publicación28 Septiembre 2014
Fecha de disposición28 Septiembre 2014
El Peruano
Domingo 28 de setiembre de 2014 533567
ORGANISMOS REGULADORES
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE SERVICIOS
DE SANEAMIENTO
Disponen la publicación en la página
web de la SUNASS del proyecto de
resolución de Consejo Directivo
mediante el cual se modificaría
el Reglamento General de Tarifas,
incorporando el Título 6 “Régimen
de Transición entre Quinquenios
Regulatorios”
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
Nº 027-2014-SUNASS-CD
Lima, 26 de setiembre de 2014
VISTO:
El Informe Nº 013-2014-SUNASS-100, presentado por
las Gerencias de Políticas y Normas, Regulación Tarifaria
y de Asesoría Jurídica, que contiene la propuesta de
modif‌i cación del Reglamento General de Tarifas, aprobado
por Resolución de Consejo Directivo N° 009-2007-
SUNASS-CD y sus modif‌i catorias, incorporando el Título 6
“Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios”,
y su correspondiente exposición de motivos;
CONSIDERANDO:
Que, el literal c) del artículo 3.1 de la Ley Marco de
los Organismos Reguladores de la Inversión Privada
en los Servicios Públicos, aprobada por Ley Nº 27332 y
modif‌i cada por Ley N° 27631, faculta a los organismos
reguladores a dictar, en el ámbito y materia de su
competencia, los reglamentos, normas de carácter general
y mandatos u otras normas de carácter particular referidas
a intereses, obligaciones o derechos de las entidades o
actividades supervisadas o de sus usuarios;
Que, el artículo 5 del Reglamento General de la
SUNASS, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 017-
2001-PCM, establece el Principio de Transparencia, en
virtud del cual las decisiones normativas o regulatorias,
para su aprobación, deben ser previamente publicadas
af‌i n de que los interesados tengan la oportunidad de
expresar su opinión;
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 20
del Reglamento General de la SUNASS y por el artículo
14 del Reglamento que establece disposiciones relativas
a la Publicidad, Publicación de Proyectos Normativos
y Difusión de Normas Legales de Carácter General,
El Consejo Directivo en su Sesión Nº 017-2014;
HA RESUELTO:
Artículo 1º.- Aprobar el proyecto de resolución de
Consejo Directivo mediante el cual se modif‌i caría el
Reglamento General de Tarifas, aprobado mediante
Resolución de Consejo Directivo Nº 009-2007-SUNASS-
CD y sus modif‌i catorias, incorporando el Título 6
“Régimen de Transición entre Quinquenios Regulatorios”,
y su correspondiente exposición de motivos, disponiendo
su publicación en la página web de la SUNASS (www.
sunass.gob.pe).
Artículo 2º.- Disponer la publicación de la presente
resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Artículo 3º.- Otorgar un plazo de quince días
calendario, contados desde el día siguiente de la
fecha de publicación de la presente resolución en el
Diario Of‌i cial El Peruano, a f‌i n de que los interesados
presenten sus comentarios sobre el título propuesto
en el artículo 1 de la presente resolución, en la sede
institucional de la SUNASS ubicada en Av. Bernardo
Monteagudo Nº 210-216, Magdalena del Mar o por vía
electrónica a gpn@sunass.gob.pe.
Artículo 4º.- Encargar a la Gerencia de Políticas
y Normas de la SUNASS, el acopio, procesamiento y
sistematización de los comentarios que se presenten.
Regístrese y publíquese.
FERNANDO MOMIY HADA
Presidente del Consejo Directivo
1143565-1
ORGANISMOS TECNICOS
ESPECIALIZADOS
COMISION DE PROMOCION
DEL PERU PARA LA
EXPORTACION Y EL TURISMO
Autorizan viajes de representantes de
PROMPERÚ a Bolivia y Uruguay, en
comisión de servicios
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA GENERAL
N° 203-2014-PROMPERÚ/SG
Lima, 19 de setiembre de 2014
Visto el Sustento Técnico de viaje de la Dirección
de Promoción de las Exportaciones de la Comisión de
Promoción del Perú para la Exportación y el Turismo -
PROMPERÚ.
CONSIDERANDO:
Que, la Comisión de Promoción del Perú para la
Exportación y el Turismo – PROMPERÚ, es un organismo
público técnico especializado adscrito al Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo, competente para proponer y
ejecutar los planes y estrategias de promoción de bienes
y servicios exportables, así como de turismo interno y
receptivo, promoviendo y difundiendo la imagen del Perú
en materia turística y de exportaciones;
Que, el Comité Andino de Autoridades de Promoción
de Exportaciones, fue creado mediante la Decisión 566 y
conformado por las autoridades de promoción comercial
de los países miembros de la Comunidad Andina, con la
f‌i nalidad de avanzar hacia una mayor integración, realizar
proyectos destinados a incrementar las posibilidades de
negocios de los países miembros con el resto del mundo,
tales como encuentros empresariales, participación
conjunta en ferias y misiones internacionales;
Que, la XXIII reunión del Comité Andino de Autoridades
de Promoción de Exportaciones, se realizará en la ciudad
de Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, el 2 de
octubre de 2014, con el objetivo evaluar y revisar las
actividades conjuntas realizadas y las programadas para
el presente año, así como la presentación de los avances
en la planif‌i cación del Encuentro Empresarial Andino
2015, entre otras actividades;
Que, por tal razón, la Dirección de Promoción de las
Exportaciones, solicita que se autorice la comisión de
servicios del señor José Agustín Quiñones Baltodano,
quien presta servicios en dicha Dirección, a la ciudad de
Santa Cruz, Estado Plurinacional de Bolivia, para que en
representación de PROMPERÚ participe en la referida
reunión, con el f‌i n de realizar acciones de promoción de
las exportaciones;
Que, la Ley N° 30114, Ley de Presupuesto del Sector
Público para el Año Fiscal 2014, prohíbe los viajes al
exterior con cargo a recursos públicos, salvo los casos
excepcionales que la misma Ley señala, entre ellos, los
viajes que se efectúen en el marco de las acciones de
promoción de importancia para el Perú, los que deben

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