RESOLUCION MINISTERIAL N° 338-2014-MINEDU - Aceptan renuncia y designan Directora Regional de Educación de Lima Metropolitana

Fecha de disposición23 Julio 2014
Fecha de publicación23 Julio 2014
El Peruano
Miércoles 23 de julio de 2014
528370
Artículo 5.- Apruébense los Convenios de Traspaso de
Recursos a ser suscritos entre el Ministerio de Economía y
Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento
y Tesoro Público, y los Gobiernos Locales y el Gobierno
Regional señalados en el Artículo 3 de la presente Resolución
Ministerial, mediante los cuales se establecen los términos
y condiciones para el traspaso de los recursos provenientes de
la colocación de bonos soberanos cuya emisión fue autorizada
por el Decreto Supremo N° 224-2013-EF, para f‌i nanciar los
proyectos de inversión pública, en ejecución, a cargo de
dichos Gobiernos; así como lo referido a su utilización y a la
obligación de reembolsar al Gobierno Nacional los recursos
que son materia de traspaso.
El mecanismo de reembolso a cargo de los aludidos
Gobiernos señalados en el Artículo 3 de esta norma
legal, a favor del Ministerio de Economía y Finanzas, será
mediante asignaciones f‌i nancieras a que se ref‌i ere la
Décimo Sexta Disposición Complementaria y Transitoria
del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28563, Ley General
del Sistema Nacional de Endeudamiento, aprobado por el
Decreto Supremo Nº 008-2014-EF.
Artículo 6.- Autorícese al Director General de
Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de
Economía y Finanzas a suscribir toda la documentación
que se requiera para implementar lo dispuesto en esta
Resolución Ministerial.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
1114494-2
EDUCACION
Aceptan renuncia y designan Directora
Regional de Educación de Lima
Metropolitana
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 338-2014-MINEDU
Lima, 22 de julio de 2014
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Ministerial N° 0460-2011-ED se
designó al señor MARCOS SAUL TUPAYACHI CARDENAS,
como Director Regional de Educación de Lima Metropolitana;
Que, el señor MARCOS SAUL TUPAYACHI CARDENAS
ha formulado renuncia al cargo que venía desempeñando;
Que, por lo expuesto, resulta necesario designar al
funcionario que ejercerá el cargo de Director Regional de
Educación de Lima Metropolitana, a f‌i n de garantizar la
continuidad del servicio;
De conformidad, con lo previsto en el Decreto Ley
N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación,
modif‌i cado por la Ley N° 26510; en la Ley N° 27594,
Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en
el nombramiento y designación de funcionarios; en el
Reglamento de la Carrera Administrativa aprobado por
Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; y, en el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Educación
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Aceptar la renuncia formulada por el señor
MARCOS SAUL TUPAYACHI CARDENAS, como Director
Regional de Educación de Lima Metropolitana; dándosele
las gracias por los servicios prestados.
Artículo 2.- Designar a la señora FLOR AIDEE PABLO
MEDINA, como Directora Regional de Educación de Lima
Metropolitana.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JAIME SAAVEDRA CHANDUVÍ
Ministro de Educación
1114437-1
ENERGIA Y MINAS
Otorgan a favor de ELECTRO ORIENTE
S.A. concesión eléctrica rural para
desarrollar actividad de distribución
eléctrica en zonas comprendidas en el
proyecto “Sistema Eléctrico Rural Rioja
I Etapa”, ubicado en el departamento
de San Martín
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 192-2014-EM-DGE
Lima, 11 de junio de 2014
VISTO: El Expediente con código Nº 65337913, sobre
la solicitud de concesión eléctrica rural para desarrollar la
actividad de distribución de energía eléctrica, presentada
por la Dirección General de Electrif‌i cación Rural del
Ministerio de Energía y Minas (en adelante DGER), a
favor de la Empresa Regional de Servicio Público de
Electricidad del Oriente Sociedad Anónima (en adelante
ELECTRO ORIENTE S.A.), persona jurídica inscrita en la
Partida Nº 11000601 del Registro de Personas Jurídicas
de la Zona Registral Nº IV – Sede Iquitos;
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Memorándum Nº 854-2012-MEM/
DGER presentado a la Dirección General de Electricidad
(DGE) el 25 de setiembre de 2012, la DGER solicitó la
concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de
distribución de energía eléctrica en las instalaciones del
proyecto “Sistema Eléctrico Rural Rioja I Etapa”, que
comprende las zonas de: 1) El Cedro, 2) La Esperanza,
3) Libertad de Pacuyacu, 4) Perla de Daguas
(Subestación 1 y Subestación 2), 5) San Miguel, 6)
Santo Toribio, 7) Túpac Amaru, 8) Capulli, 9) Betania,
10) Nuevo Paraíso, 11) Alto Daguas, 12) La Colca, 13)
Bellavista, 14) El Porvenir, 15) Cordillera del Cóndor,
16) Victoria Nueva, 17) La Primavera, 18) La Viña, 19)
La Cruz, 20) San José de Altomayo, 21) Barrio Nuevo,
22) Santa Rosa, 23) Nueva Alianza, 24) Boca de Río
de Soritor, 25) Limoncillo, 26) San Juan de Tangumi,
27) El Valor, 28) Víctor Raúl, 29) Valle Grande, 30)
Nuevo Amazonas, 31) Leoning, 32) Progreso, 33)
Sinaí, 34) San Pedro, 35) Santa Elena, 36) Paraíso, 37)
Río Soritor, 38) Sector Bajo Tumbaro, 39) Leticia, 40)
Santa Clara y 41) El Tesoro, ubicado en los distritos
de Nueva Cajamarca, Awajun, Moyobamba, Elías
Soplin Vargas, Calzada, Yuracyacu y San Fernando,
provincias de Moyobamba y Rioja, departamento de
San Martín, cuyas coordenadas UTM PSAD56 f‌i guran
en el Expediente; señalando además que, esta obra
será posteriormente transferida a ELECTRO ORIENTE
S.A. para su administración;
Que, la DGER presentó la Calif‌i cación como Sistema
Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución
Directoral Nº 145-2012 EM/DGE, de fecha 25 de junio de
2012, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo
30 del Reglamento de la Ley General de Electrif‌i cación
Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-
EM; asimismo, adjuntó la Resolución Directoral Regional
Nº 131-2010-GRSM/DREM de fecha 04 de octubre del
2010, mediante la cual la Dirección Regional de Energía
y Minas de San Martín, aprobó la Declaración de Impacto
Ambiental (DIA) del proyecto “Sistema Eléctrico Rural
Rioja I Etapa”;
Que, mediante el Memorándum Nº 037-2014-MEM/
DGER presentado a la DGE el 21 de enero de 2014, la
DGER solicitó el cambio de titular de la concesión eléctrica
rural referida en el primer considerando de la presente
Resolución a favor de ELECTRO ORIENTE S.A., a quien
se le ha transferido las obras correspondientes al proyecto
“Sistema Eléctrico Rural Rioja I Etapa”;
Que, la solicitud está amparada en las disposiciones
contenidas en el artículo 20 de la Ley Nº 28749, Ley
General de Electrif‌i cación Rural concordado con los
artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo Nº 025-2007-EM, habiendo cumplido
con los requisitos legales de presentación;

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