RESOLUCION MINISTERIAL N° 673-2012-EF/15 - Aprueban Índices de Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes de octubre de 2012
Fecha de disposición | 29 Noviembre 2012 |
Fecha de publicación | 29 Noviembre 2012 |
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, jueves 29 de noviembre de 2012
479560
ECONOMIA Y FINANZAS
Aprueban Índices de Distribución de
la Regalía Minera correspondientes al
mes de octubre de 2012
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
N° 673-2012-EF/15
Lima, 28 de noviembre de 2012
CONSIDERANDO:
Que, la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, modifi cada
por las Leyes N° 28323 y N° 29788, establece la Regalía
Minera, su constitución, determinación, administración,
distribución y utilización;
Que, el numeral 2.1 del artículo 2º de la Ley N° 28258
- Ley de Regalía Minera, señala que la Regalía Minera es la
contraprestación económica que los sujetos de la actividad
minera pagan al Estado por la explotación de los recursos
minerales metálicos y no metálicos;
Que, el numeral 8.2 del artículo 8º de la Ley N°
28258 - Ley de Regalía Minera, señala que el Ministerio
de Economía y Finanzas distribuirá mensualmente los
recursos recaudados por concepto de Regalía Minera en
el plazo máximo de treinta (30) días calendario después del
último día de pago de la Regalía Minera;
Que, el numeral 16.5 del artículo 16º del Reglamento
de la Ley Nº 28258 - Ley de Regalía Minera, aprobado por
Decreto Supremo Nº 157-2004-EF y normas modifi catorias,
dispone que el Ministerio de Economía y Finanzas
determinará los índices de distribución de la regalía minera
del último mes y/o del último trimestre, según sea el caso,
los que serán aprobados mensualmente a través de una
Resolución Ministerial;
Que, el literal b) del numeral 15.5 del artículo 15º de
la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de
Presupuesto, en concordancia con lo dispuesto en la
Tercera Disposición Complementaria Final de la Resolución
Ministerial N° 223-2011-EF/43, que aprueba el Reglamento
de Organización y Funciones del Ministerio de Economía
y Finanzas, establece que los Índices de Distribución
de la Regalía Minera son aprobados por el Ministerio de
Economía y Finanzas mediante Resolución Ministerial
sobre la base de los cálculos que para tal efecto formule
la Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos
Sociales de este Ministerio, según los criterios establecidos
en el marco legal correspondiente;
Que, sobre la base de la información proporcionada
por el Instituto Nacional de Estadística e Informática
- INEI mediante el Ofi cio N° 077-2012-INEI/DTDIS; la
Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración
Tributaria - SUNAT, según el Ofi cio Nº 134-2012-
SUNAT/4C0000; y la Asamblea Nacional de Rectores
- ANR, mediante el Ofi cio Nº 0023-2012-SE-DGPU/DE, la
Dirección General de Descentralización Fiscal y Asuntos
Sociales - DGDFAS del Ministerio de Economía y Finanzas
ha efectuado los cálculos correspondientes para la
determinación de los Índices de Distribución de la Regalía
Minera del mes de octubre de 2012, según lo indicado en el
informe N° 152-2012-EF/64.03;
Que, en virtud de lo señalado en los considerandos
precedentes resulta necesario aprobar los Índices de
Distribución de la Regalía Minera correspondientes al mes
de octubre de 2012;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 28258
- Ley de Regalía Minera y sus modifi catorias, el literal b) del
numeral 15.5 del artículo 15° de la Ley N° 28411, el Decreto
Supremo Nº 157-2004-EF y sus normas modifi catorias y
complementarias;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar los Índices de Distribución de la
Regalía Minera correspondientes al mes de octubre de 2012,
a aplicar a los Gobiernos Locales, Gobiernos Regionales
y Universidades Nacionales del país benefi ciados con la
Regalía Minera, conforme al Anexo que forma parte de la
presente Resolución Ministerial.
Artículo 2º.- Los Índices de Distribución de la Regalía
Minera correspondientes al mes de octubre de 2012
consideran la información remitida por el Instituto Nacional
de Estadística e Informática - INEI, la Superintendencia
Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria -
SUNAT y la Asamblea Nacional de Rectores - ANR, según
los porcentajes y criterios de distribución establecidos en el
el artículo 13º del Reglamento de la Ley Nº 28258 - Ley de
Regalía Minera, aprobado por Decreto Supremo Nº 157-
2004-EF y normas modifi catorias.
Artículo 3°.- La presente Resolución Ministerial y su
respectivo Anexo serán publicados en el Diario Ofi cial
El Peruano y en el portal institucional del Ministerio de
Economía y Finanzas (www.mef.gob.pe).
Regístrese, comuníquese y publíquese.
LUIS MIGUEL CASTILLA RUBIO
Ministro de Economía y Finanzas
ANEXO
ÍNDICES DE DISTRIBUCIÓN
REGALÍA MINERA
OCTUBRE 2012
GOBIERNO LOCAL (DEPARTAMENTO / PROVINCIA /
MUNICIPALIDAD), GOBIERNO REGIONAL Y UNIVERSIDADES
NACIONALES INDICE
TOTAL 1.0000000000
GOBIERNOS LOCALES
AREQUIPA
AREQUIPA
AREQUIPA 0.0043420476
ALTO SELVA ALEGRE 0.0116720368
CAYMA 0.0136447889
CERRO COLORADO 0.0468931478
CHARACATO 0.0037769618
CHIGUATA 0.0016857339
JACOBO HUNTER 0.0063782534
LA JOYA 0.0153736967
MARIANO MELGAR 0.0095200380
MIRAFLORES 0.0068186937
MOLLEBAYA 0.0010858667
PAUCARPATA 0.0189327784
POCSI 0.0003429456
POLOBAYA 0.0008833628
QUEQUEÑA 0.0006761146
SABANDIA 0.0020798570
SACHACA 0.0071533337
SAN JUAN DE SIGUAS 0.0010078776
SAN JUAN DE TARUCANI 0.0014539521
SANTA ISABEL DE SIGUAS 0.0009106048
SANTA RITA DE SIGUAS 0.0034403062
SOCABAYA 0.0139794191
TIABAYA 0.0060628039
UCHUMAYO 0.0038944808
VITOR 0.0017843977
YANAHUARA 0.0018977247
YARABAMBA 0.0007772667
YURA 0.0152131301
JOSE LUIS BUSTAMANTE
Y RIVERO 0.0066552363
CAMANA
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