ORDENANZA N° 410-MDC - Establecen Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal en el distrito

EmisorMUNICIPALIDAD DE COMAS
Fecha de la disposición 7 de Septiembre de 2014
El Peruano
Domingo 7 de setiembre de 2014 532067
generación de la información y documentación contenida
en el expediente de ratif‌i cación, conforme a lo señalado
en el literal g) de la ordenanza mencionada, 5) Se precisa
que en la Ordenanza que se expida en cumplimiento del
levantamiento de las observaciones efectuadas por el SAT,
debe de hacer referencia a los antecedentes normativos
que son la Ordenanza N° 154-C/MC mediante el cual se
establece la tasa por estacionamiento vehicular temporal
en el distrito de Comas, norma legal que fue objeto de
modif‌i cación mediante Ordenanza N° 156-C/MC, y la
misma Ordenanza N° 410-MDC;
Estando a lo expuesto, y en uso de las facultades
conferidas por el inciso 8) y 9) del artículo 9° de la Ley
normas pertinentes, con el voto por Mayoritario de los
señores regidores y con la dispensa del trámite de lectura
y aprobación del acta, se aprobó la siguiente;
ORDENANZA
MODIFICAR LA ORDENANZA N° 410-MDC, QUE
ESTABLECE LA TASA POR ESTACIONAMIENTO
VEHICULAR TEMPORAL EN EL
DISTRITO DE COMAS
Artículo Primero.- Modif‌i car el ARTICULO N° 6 de
la ORDENANZA N° 410 – MDC, relacionado con las
zonas de estacionamiento vehicular que se detallan
en el Anexo Nº 01 el cual forma parte de la presente
modif‌i catoria.
Artículo Segundo.- Modif‌i car el ARTICULO N° 7,
relacionado al horario del servicio de estacionamiento
vehicular temporal el cual será por un periodo de 12 horas
de servicio de lunes a sábado. El detalle del horario de
cada zona se encuentra en el Anexo N° 01 el cual forma
parte de la presente modif‌i catoria.
Artículo Tercero.- Modif‌i car el ARTICULO N° 11
en cuanto a “INFRACCIÓN” por EFECTIVIZACION DE
PAGO. La Municipalidad Distrital de Comas podrá ejercer
todas las acciones de acuerdo a ley para hacer efectivo el
cobro de la tasa de estacionamiento temporal aprobado a
través del cobrador del parqueo vehicular conforme a la
presente ordenanza.
Artículo Cuarto.- Modif‌i car el ARTICULO N° 12 de la
ORDENANZA N° 410 – MDC, relacionado al cuadro de la
estructura de costos del servicio y el cuadro de estimación
de ingresos del servicio de estacionamiento vehicular
temporal, los cuales se detallan en los Anexos 02 y 03.
Artículo Quinto.- Agregar las siguientes disposiciones
f‌i nales:
Octava- La presente Ordenanza entrará en vigencia a
partir del día siguiente de su publicación, lo cual debe de
incluir sus anexos (espacios de servicio, estructura de costos
y estimación de ingresos) y la Ordenanza ratif‌i catoria.
Novena.- Dicha Ordenanza se puede encontrar en
la página Web del Servicio de Administración Tributaria
- SAT.
POR TANTO:
Mando se registre, publique y cumpla.
Dado en el Palacio Municipal, a los cuatro días del
mes de Junio del año dos mil catorce.
NICOLÁS OCTAVIO KUSUNOKI FUERO
Alcalde
REQUISITOS PARA PUBLICACIÏN EN LA
SEPARATA DE NORMAS LEGALES
Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial,
Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos
Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales,
reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos
administrativos, etc) que contengan o no anexos, deben tener en cuenta lo siguiente:
1.- La documentación por publicar se recibirá en la Dirección del Diario Of‌i cial, de lunes a viernes,
en el horario de 9.00 a.m. a 5.00 p.m., la solicitud de publicación deberá adjuntar los documentos
refrendados por la persona acreditada con el registro de su f‌i rma ante el Diario Of‌i cial.
2.- Junto a toda disposición, con o sin anexo, que contenga más de una página, se adjuntará un
disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo
electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe
3.- En toda disposición que contenga anexos, las entidades deberán tomar en cuenta lo establecido
en el artículo 9º del Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 001-2009-JUS,
modif‌i cado por el Decreto Supremo N° 014-2012-JUS
4.- Toda disposición y/o sus anexos que contengan tablas, deberán estar trabajadas en EXCEL, de
acuerdo al formato original y sin justif‌i car; si incluyen gráf‌i cos, su presentación será en extensión
PDF o EPS a 300 DPI y en escala de grises cuando corresponda.
5.- En toda disposición, con o sin anexos, que en total excediera de 6 páginas, el contenido del
disquete, cd rom, USB o correo electrónico será considerado COPIA FIEL DEL ORIGINAL, para
efectos de su publicación, a menos que se advierta una diferencia evidente, en cuyo caso la
publicación se suspenderá.
6.- Las cotizaciones se enviarán al correo electrónico: cotizacionesnnll@editoraperu.com.pe; en
caso de tener más de 1 página o de incluir cuadros se cotizará con originales. Las cotizaciones
tendrán una vigencia de dos meses o según el cambio de tarifas de la empresa.
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