RESOLUCION JEFATURAL N° 199-2012/JNAC/RENIEC - Autorizan apertura de Oficina Registral Auxiliar del RENIEC en el Hospital EsSalud Yanahuara, ubicado en el departamento de Arequipa

Fecha de disposición16 Agosto 2012
Fecha de publicación16 Agosto 2012
NORMAS LEGALES
El Peruano
Lima, jueves 16 de agosto de 2012 472857
REGISTRO NACIONAL
DE IDENTIFICACION
Y ESTADO CIVIL
Autorizan apertura de Oficina Registral
Auxiliar del RENIEC en el Hospital
EsSalud Yanahuara, ubicado en el
departamento de Arequipa
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N°199-2012/JNAC/RENIEC
Lima, 14 de agosto de 2012
VISTOS: El Informe N° 000070-2012/GOR/JR8AREQ/
RENIEC (21JUN2012), emitido por la Jefatura Regional
8 - Arequipa, los Informes N° 000062-2012/GOR/
RENIEC y N° 000067-2012/GOR/RENIEC (27JUN2012 y
18JUL2012, respectivamente), emitidos por la Gerencia
de Operaciones Registrales y el Informe N° 001332-2012/
GAJ/RENIEC (19JUL2012), emitido por la Gerencia de
Asesoría Jurídica;
CONSIDERANDO:
Que el Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado
Civil es un organismo constitucionalmente autónomo,
encargado de manera exclusiva y excluyente, de organizar
y actualizar el Registro Único de Identif‌i cación de las
Personas Naturales, así como de inscribir los hechos y
actos relativos a su capacidad y estado civil;
Que el artículo 11° de la Ley N° 26497, Ley Orgánica
del Registro Nacional de Identif‌i cación y Estado Civil,
establece que el Jefe Nacional del RENIEC tiene la
facultad de designar las of‌i cinas registrales en todo
el país. Asimismo, está autorizado para efectuar las
modif‌i caciones convenientes para el mejor servicio a la
población, creando o suprimiendo las dependencias que
fueren necesarias;
Que los Artículos 11º y 13º del Reglamento de Inscripciones
del RENIEC, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 015-
98-PCM, señalan que cada of‌i cina registral estará dotada
de los mecanismos suf‌i cientes para atender a la población,
facultando al Jefe Nacional la decisión sobre la creación de
las mismas, atendiendo a las circunstancias, densidad de la
población o localidades donde no exista of‌i cina registral;
Que mediante el documento de vistos, la Jefatura
Regional 8 - Arequipa solicita la apertura de la Of‌i cina
Registral Auxiliar del RENIEC en las instalaciones del Hospital
EsSalud Yanahuara en virtud del Convenio de Cooperación
Interinstitucional celebrado entre RENIEC, MINSA y
ESSALUD (07MAY2007) que tiene por objeto la instalación
de of‌i cinas de registros civiles del RENIEC para la inscripción
de nacimientos y defunciones ocurridos dentro de las sedes
asistenciales y la tramitación gratuita del DNI de menores a
los recién nacidos y a los niños y adolescentes que acudan a
los nosocomios con motivo de atenciones de salud;
Que asimismo, la Gerencia de Operaciones Registrales
a través de los documentos de vistos precisa que la
creación de una Of‌i cina Registral Auxiliar en el Hospital
EsSalud Yanahuara, permitiría a la población realizar
las inscripciones de nacimiento y defunciones en dicho
nosocomio, otorgando a su vez el DNI a los recién nacidos
y a los menores de 18 años que acudan con motivo de sus
atenciones de salud;
Que en tal sentido, corresponde autorizar la apertura
de la Of‌i cina Registral Auxiliar en el Hospital EsSalud
Yanahuara en los términos recomendados por los órganos
competentes;
Que se hace necesario difundir la presente Resolución
Jefatural, a través de la correspondiente publicación, para
conocimiento de la ciudadanía; y,
Estando a las facultades conferidas por la Ley
N° 26497, Ley Orgánica del Registro Nacional de
Identif‌i cación y Estado Civil; el inciso h) del artículo 11° del
Reglamento de Organización y Funciones del RENIEC,
aprobado por Resolución Jefatural Nº 855-2010-JNAC/
RENIEC (29SET2010) y lo dispuesto en el numeral 1 del
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Autorizar la apertura de la Of‌i cina
Registral Auxiliar del RENIEC, en el Hospital EsSalud
Yanahuara, el cual se encuentra ubicado en la Av.
Zamácola esquina con la Av. Emmel s/n, en el distrito
Yanahuara, provincia y departamento de Arequipa, a
cargo de la Jefatura Regional 8 – Arequipa de la Gerencia
de Operaciones Registrales.
Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de
Operaciones Registrales la implementación de lo dispuesto
en la presente Resolución Jefatural y a la Gerencia de
Imagen Institucional su difusión.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
JORGE LUIS YRIVARREN LAZO
Jefe Nacional
828293-1
SUPERINTENDENCIA
DE BANCA, SEGUROS Y
ADMINISTRADORAS PRIVADAS
DE FONDOS DE PENSIONES
Autorizan a la Caja Rural de Ahorro
y Crédito Los Andes la apertura de
oficinas en la modalidad de Oficina
Especial, ubicadas en el departamento
de Puno
RESOLUCIÓN SBS Nº 4386-2012
Lima, 6 de julio de 2012
EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Los Andes S.A., para que se le autorice la apertura
de dos (02) of‌i cinas, en la modalidad de Of‌i cina Especial
ubicadas en el departamento de Puno;
CONSIDERANDO:
Que, la empresa ha cumplido con remitir a esta
Superintendencia la documentación pertinente para la
apertura de las citadas of‌i cinas;
Estando a lo informado por el Departamento de
Supervisión Microf‌i nanciera “B”; y,
De conformidad con lo dispuesto por el artículo 30º de
la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de
Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión,
traslado o cierre de of‌i cinas, uso de locales compartidos,
cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado
mediante Resolución Nº 775-2008 y modif‌i catorias; y, en
uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS
Nº 12883-2009;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro
y Crédito Los Andes la apertura de dos (02) of‌i cinas,
en la modalidad de Of‌i cina Especial, ubicadas en: i) Jr.
28 de Julio Nº 318, distrito de llave, provincia El Collao,
departamento de Puno; y ii) Jr. 28 de Julio Nº 265, distrito
y provincia de Azángaro, departamento de Puno.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
DEMETRIO CASTRO ZARATE
Intendente General de Microf‌i nanzas
828176-1

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