07 620-2005 - Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros

Fecha de publicación15 Junio 2005
Fecha de disposición15 Junio 2005
Pág. 294719
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 15 de junio de 2005
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí-
dica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º
de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de
Organización y Funciones de la Institución;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de
Registro de Estado Civil que funciona en la Municipali-
dad Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departa-
mento de Lima, para la Reinscripción de Libros Regis-
trales de Nacimiento de los años 1963 y 1982, Matrimo-
nio del año 1990, y Defunción de los años 1978, 1979,
1980, 1981, 1982, 1983, 1984 y 1985.
Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de
Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito
de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima,
para que proceda a la apertura del Registro de Libro de
Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, con la
finalidad de implementar el proceso de reinscripción que
se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a
las normas legales, reglamentarias y administrativas que
regulan las reinscripciones en los Registros Civiles.
Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de
Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con
la consignación expresa por selladura “Reinscripción
Ley Nº 26242 - 26497”, el Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de
Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros ofi-
ciales requeridos expresamente por la Oficina de Regis-
tro de Estado Civil autorizada a reinscribir.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
10907
S B S
Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de
Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 620-2005
Lima, 12 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Erol Martín
Rengifo López para que se le autorice la inscripción en el
Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Co-
rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-
Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for-
males exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median-
te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con
lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Regis-
tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la
inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferias por la Ley Gene-
ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor
Erol Martín Rengifo López con matrícula Nº N-3732 en el
Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Co-
rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-
Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva
esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10916
Autorizan inscripción de persona natu-
ral en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 808-2005
Lima, 2 de junio de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la señorita Mirtha Geno-
veva Calle Arteaga para que se le autorice la inscripción
en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los
Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for-
males exigidos por la cita norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros me-
diante Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del
Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aproba-
do la inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge-
neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y, en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998.
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la seño-
rita Mirtha Genoveva Calle Arteaga con matrícula Nº
N- 3748 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección
II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales
punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida,
que lleva esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10921
Autorizan al Banco Agropecuario -
Agrobanco la apertura de agencia en
la provincia de Chincha, departamen-
to de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 824-2005
Lima, 7 de junio de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y
MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Agropecuario -
Agrobanco para que se le autorice la apertura de una
Agencia ubicada en calle Colón Nº 142 - Chincha Alta,

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