07 620-2005 - Autorizan inscripción de persona natural en el Registro del Sistema de Seguros
Fecha de publicación | 15 Junio 2005 |
Fecha de disposición | 15 Junio 2005 |
Pág. 294719
NORMAS LEGALES
Lima, miércoles 15 de junio de 2005
Estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurí-
dica y en uso de las facultades conferidas en el artículo 11º
de la Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación
y Estado Civil, y el artículo 11º inciso h) del Reglamento de
Organización y Funciones de la Institución;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Aprobar la solicitud de la Oficina de
Registro de Estado Civil que funciona en la Municipali-
dad Distrital de Huañec, provincia de Yauyos, departa-
mento de Lima, para la Reinscripción de Libros Regis-
trales de Nacimiento de los años 1963 y 1982, Matrimo-
nio del año 1990, y Defunción de los años 1978, 1979,
1980, 1981, 1982, 1983, 1984 y 1985.
Artículo 2º.- Autorizar a la Oficina de Registro de
Estado Civil que funciona en la Municipalidad del distrito
de Huañec, provincia de Yauyos, departamento de Lima,
para que proceda a la apertura del Registro de Libro de
Actas de Nacimiento, Matrimonio y Defunción, con la
finalidad de implementar el proceso de reinscripción que
se aprueba con la presente Resolución, con sujeción a
las normas legales, reglamentarias y administrativas que
regulan las reinscripciones en los Registros Civiles.
Artículo 3º.- Considerándose que los Libros de
Reinscripción deben tener el mismo Formato Oficial con
la consignación expresa por selladura “Reinscripción
Ley Nº 26242 - 26497”, el Registro Nacional de Identifi-
cación y Estado Civil, a través de la Subgerencia de
Registros del Estado Civil, deberá proveer los libros ofi-
ciales requeridos expresamente por la Oficina de Regis-
tro de Estado Civil autorizada a reinscribir.
Regístrese, publíquese y cúmplase.
EDUARDO RUIZ BOTTO
Jefe Nacional
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S B S
Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de
Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 620-2005
Lima, 12 de abril de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Erol Martín
Rengifo López para que se le autorice la inscripción en el
Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los Co-
rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-
Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos for-
males exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros median-
te Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia con
lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del Regis-
tro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la
inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferias por la Ley Gene-
ral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor
Erol Martín Rengifo López con matrícula Nº N-3732 en el
Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los Co-
rredores de Seguros: A. Personas Naturales punto 3.-
Corredores de Seguros Generales y de Vida, que lleva
esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10916
Autorizan inscripción de persona natu-
ral en el Registro del Sistema de Seguros
RESOLUCIÓN SBS Nº 808-2005
Lima, 2 de junio de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por la señorita Mirtha Geno-
veva Calle Arteaga para que se le autorice la inscripción
en el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los
Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for-
males exigidos por la cita norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros me-
diante Convocatoria Nº 02-2005-RIAS, en concordancia
con lo dispuesto en el artículo 11º del Reglamento del
Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aproba-
do la inscripción respectiva en el indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge-
neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y
Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros -
Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y, en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7
de enero de 1998.
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la seño-
rita Mirtha Genoveva Calle Arteaga con matrícula Nº
N- 3748 en el Registro del Sistema de Seguros, Sección
II De los Corredores de Seguros: A. Personas Naturales
punto 3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida,
que lleva esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
10921
Autorizan al Banco Agropecuario -
Agrobanco la apertura de agencia en
la provincia de Chincha, departamen-
to de Ica
RESOLUCIÓN SBS Nº 824-2005
Lima, 7 de junio de 2005
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y
MICROFINANZAS
VISTA:
La solicitud presentada por el Banco Agropecuario -
Agrobanco para que se le autorice la apertura de una
Agencia ubicada en calle Colón Nº 142 - Chincha Alta,
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