Informe Técnico Nº 1717-2023-SERVIR-GPGSC, 20 de noviembre de 2023

Fecha20 Noviembre 2023
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la unidad, la paz y el desarrollo"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia
del Consejo de Ministros
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Lima,
INFORME TÉCNICO N° -2023-SERVIR-GPGSC
:
JUAN BALTAZAR DEDIOS VARGAS
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
:
LORENA JULISSA AGUINAGA VÉLEZ
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
:
Sobre la ejecución de la sanción disciplinaria de suspensión sin goce de
remuneraciones
:
Oficio N° 00561-2023-CRRHH-UAF-GAD-CSJLS-PJ
I. Objeto de la consulta
Mediante el documento de la referencia, la Coordinación de Recursos Humanos de la Corte
Superior de Justicia de Lima Sur consulta a SERVIR si es posible ejercutar una medida
disciplinaria de suspensión sin go ce de remuneraciones a un trabajador que actualmente se
encuentra sujeto al régimen del Decreto Legislativo N° 728, ocupando un cargo de confianza,
en una entidad distinta a la que le impuso la sanción.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No es parte de sus
competencias el constituirse en una instancia administrativa o consultiva previa a la adopción
de decisiones individuales que adopte cada entidad, máxime cuando las oficinas de recursos
humanos de las entidades o empresas del Estado, o las que hagan sus veces, son parte del
Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos (de conformidad con el literal b) del
artículo 4 del Decreto Legislativo N° 1023) y constituyen el nivel descentralizado responsable
de implementar las normas, principios, métodos, procedimientos y técnicas del Sistema.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos
o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
2.3 Considerando lo señalado, resulta evidente que no corresponde a SERVIR a través de una
opinión técnica emitir pronunciamiento sobre alguna situación concreta. Por ello el presente

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