Informe Técnico IT_0392-2020-SERVIR-GPGSC, 26 de febrero de 2020

Fecha26 Febrero 2020
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año de la Universalización de la Salud"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D.S . 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: TQRJSVT
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -2020-SERVIR-GPGSC
De : CYNTHIA CHEENYI SÚ LAY
Gerenta de Políticas de Gestión del Servicio Civil
Asunto : Subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio para los servidores nombrados
al amparo de la Centésima Vigésima Novena Disposición Complementaria Final
Referencia : a) Oficio N° 0559-2019-MPH/ALC
b) Oficio N° 029-2020-MPH/ALC
I. Objeto de la consulta
Mediante los documentos de la referencia el Alcalde de la Municipalidad Provincial de
Huancabamba nos consulta si es factible reconocer los subsidios por fallecimiento y gastos de
sepelio a favor de los servidores que originaron el derecho mientras se encontraban
contratados pero fueron nombrados al amparo de la Centésima Vigésima Novena Disposición
Complementaria Final de la Ley N° 30879.
II. Análisis
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que
como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa
o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos
o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
Sobre el subsidio por fallecimiento y gastos de sepelio
2.3 Entre los beneficios económicos previstos a favor de los servidores que integran la Carrera
Administrativa se encuentra el subsidio por fallecimiento del servidor o familiar directo así
como el subsidio por gastos de sepelio, los cuales consisten en un reconocimiento económico
a los servidores nombrados que fallezcan o sufran la pérdida de un familiar directo, así como
un apoyo económico por los gastos de sepelio derivados de dicha pérdida.
Firmado digitalmente por
SU LAY Cynthia Cheenyi FAU
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Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2020/02/26 16:42:11-0500

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