Informe Técnico 1766-2022-SERVIR-GPGSC, 16 de setiembre de 2022

Fecha16 Enero 2022
Tipo de documentoInforme
"Decenio de la Igualdad de Oportunidades para Mujeres y Hombres"
"Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional"
"Año del Bicentenario del Congreso de la Reblica del Perú"
Gerencia de Políticas de Gestión del
Servicio Civil
Autoridad Nacional
del Servicio Civil
Presidencia del
Consejo de Ministros
Esta es una copia auténtica imprimible de un documento electrónico archivado en la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR, aplicando lo dispuesto
por el Art. 25 de D.S. 070-2013-PCM y la Tercera Disposición Complementaria Final del D .S. 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad pueden ser
contrastadas a través de la siguiente dirección web: http://sgd.servir.gob.pe/VerificaD ocumentoSERVIR e ingresando la siguiente clave: WKI5SYTMCG
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Fecha
INFORME TÉCNICO N° -XXXX-SERVIR-GPGSC
Para : BRATZO BENJAMÍN BARTRA IBAZETA
Gerente de Políticas de Gestión del Servicio Civil
De : MARÍA EUGENIA DEL CARMEN CERNA GARCÍA DE ORSOS
Ejecutiva de Soporte y Orientación Legal
Asunto : Sobre el alcance de los beneficios obtenidos por convenio colectivo a
servidores reincorporados a la entidad en fecha posterior a la suscripción del
convenio colectivo
Referencia : a) Oficio N° 871-2022/SITOMUNLIMA
b) Oficio N° 1756-2022/SITOMUNLIMA
I. Objeto de la consulta:
Mediante el documento de la referencia, el Secretario General del Sindicato de Trabajadores
de la Municipalidad Metropolitana de Lima- SITOMUN LIMA, consulta a SERVIR si corresponde
los beneficios de un convenio colectivo, en el contexto que existen 2 sindicatos del régimen
del Decreto Legislativo N° 728 siendo SITOMUN LIMA sindicato minoritario fundado el
15.12.2020 conformado por los obreros municipales, siendo 709 trabajadores reincorporados
por mandato judicial, y que en 24 meses no se les ha otorgado mensualmente bonificaciones
de racionamiento, movilidad y/o escolaridad y otros como sepelio y fallecimiento.
II. Análisis:
Competencias de SERVIR
2.1 La Autoridad Nacional del Servicio Civil SERVIR es un organismo rector que define,
implementa y supervisa las políticas de personal de todo el Estado. No puede entenderse que
como parte de sus competencias se encuentra el constituirse en una instancia administrativa
o consultiva previa a la adopción de decisiones individuales que adopte cada entidad.
2.2 Debe precisarse que las consultas que absuelve SERVIR son aquellas referidas al sentido y
alcance de la normativa aplicable al Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos,
planteadas sobre temas genéricos y vinculados entre sí, sin hacer alusión a asuntos concretos
o específicos. Por lo tanto, las conclusiones del presente informe no se encuentran vinculadas
necesariamente a situación particular alguna.
2.3 Considerando lo señalado hasta este punto resulta evidente que no corresponde a SERVIR a
través de una opinión técnica emitir pronunciamiento sobre alguna situación concreta. Por
ello el presente informe examina las nociones generales a considerar sobre las materias de la
presente consulta.
Firmado digitalmente por
CERNA GARCIA DE ORSOS Maria
Eugenia Del Carmen FAU
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Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 2022/09/16 13:45:38-0500

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