Informe de Superintendencia nº 129-2020-SUNAT/7T0000

Año2020
Fecha30 Noviembre 2020
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 129-2020-SUNAT/7T0000
MATERIA:
En relación con lo previsto en el Decreto Legislativo N.º 1372 y su Reglamento,
se formulan las siguientes consultas:
1. ¿Es aplicable lo previsto en el inciso c) del artículo 4 del citado Reglamento
en el supuesto de una persona jurídica cuyas acciones se negocian a través
de una Bolsa de Valores del exterior que son adquiridas por un vehículo de
inversión (ente jurídico) cuyos beneficiarios son personas naturales, siendo
que en tales casos no es posible identificarlos (tenedores de acciones)?
2. ¿Es un requisito obligatorio o potestativo contar con la copia constitutiva que
certifica que las acciones son al portador?
3. ¿El formato a que se refiere el inciso a) del numeral 71 del artículo 7 del
Reglamento del Decreto Legislativo N.º 1372 puede ser modificado de
acuerdo con las necesidades de cada contribuyente o es un formato
establecido, teniendo en cuenta que, por ejemplo, se solicita información
respecto de todas las personas jurídicas o entes jurídicos de la cadena de
titularidad, pero solo permite el llenado de una sola persona jurídica o ente
jurídico?
BASE LEGAL:
- Decreto Legislativo N.º 1372, que regula la obligación de las personas
jurídicas y/o entes jurídicos de informar la identificación de los beneficiarios
finales, publicado el 2.8.2018 y norma modificatoria.
- Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1372, aprobado por Decreto Supremo
N.º 003-2019-EF, publicado el 8.1.2019 (en adelante, el Reglamento).
ANÁLISIS:
1. Mediante lo señalado en el artículo 1 del Decreto Legislativo N.º 1372 se
establece la obligación de las personas jurídicas y/o entes jurídicos de
informar sobre la identificación de sus beneficiarios finales.
De acuerdo con ello, en virtud de lo previsto en el párrafo 2.1 del artículo 2 del
citado Decreto Legislativo, su finalidad es otorgar a las autoridades
competentes acceso oportuno a información precisa y actualizada sobre el
beneficiario final de la persona jurídica y/o ente jurídico, a fin de fortalecer la
lucha contra la evasión y elusión tributaria, garantizar el cumplimiento de las
obligaciones de asistencia administrativa mutua en materia tributaria, entre
otros.

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