Informe de Superintendencia nº 084-2010-SUNAT/2B0000

Año2010
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
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' fln,
TNFoRME N."
" " '-zoro-sul'¡rt/zeoooo
*tat^
Se consulta sl las cuotas de fraccionamiento
que cuenlen con resolución
aprobatoria constituyen d6uda
qus puodo
ser compensada a solicitud de parle
con €l crédito
por relenciones
y/o percepc¡ones
del lmpuesto General a las
Ventas no apl¡cado;
y de ser asl,
cuál serfa la fecha
de coexistencia.
BASE LEGAL:
- Texto tJnico
ordenado del Código Tributaño, aprobado
por el Decreto
Supremo N.' 135-99-EF,
publ¡cado
el 19.8.1999
y normas modificatorias,
entre €lla9 el Decreto Legislativo
N." 981(')
(en
adelante,
TUO del Código
Tributario).
- Rosoluc¡ón de Superintendencia
N.' 175-2007/SUNAT, normas
para la
compensac¡ón a sol¡cilud de parts y la compensación de oficio,
publ¡cada
€l
'19.9.2007.
- Reglamento de aplazamiento
y/o fracc¡onam¡ento de la deuda
tributaria,
aprobado
por la Besolución de Super¡ntendencia N.' 199-2004/SUNAT,
publ¡cada
el
28.8.2004
y
normas modificatorias.
mÁltsrsr
Para efecto d€ absolver
la consulta formulada, se parte
de la premisa
qu€
la
mi6ma está orientada
a determ¡nar
Drocede
la comp€nsación
a solicitud de
de los créditos
por
conceplo de r€tenciones
y/o p€rcepciones
del
lmpuesto
eral a las V€nlas (¡GV) no apl¡cados, contra las cuolas de un
nto
que
se €ncuentre
v¡gsnte, concod¡do al amparo
de lo dlspuesto
el artfculo 36'del TUo
del Código Tributarlo.
Al respecto, cabe señalar
lo siguiente:
1. De conformidad
'cori
lo dispuesto
por el artlculo 27" del TUO del código
Tr¡butario, Ia obllgac¡ón
tributar¡a se extingue, entre
otros medíos,
por la
compensación.
Sobre
el parlicular,
el artfculo 40" d€l mismo
TUO establece
quo
la deuda
tributaria
podrá
compensarso
total o parcialmenle
con los crédltos
por
tributos, sanciones,
intereses
y otros conceplos
pagados
en exceso
o
¡ndebidam€nte,
que correspondan a polodos
.no prescritos,
que séán
admlnistrados
por el mismo órgano administrador
y cuya r€cauddclón
const¡tuya
¡ngreso de una misma
ent¡dad.
f,'*1-b
'Publc€do€115.3.2007

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