Informe de Superintendencia nº 075-2010-SUNAT/2B0000

Año2010
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
,,,¡roñlne
H.'o
?
5-ro,
o-tuH¡t¡r"uooo
MATERIA:
Seconsu|tasi|asxonefacióndecinco(5)Unidades|mPosit¡v'asTributarias(U|T)
ñ;;;;;üt;"ii;ó¡sJ p) oer
artrculo
1e"
del
rexto
Único
ordonado
d€
la L6v
áel' tmouesto
a la Renta
se aplica
a la det€rminaclón
dsl impussto
qu€, debe
iürilliái-"i.üdütnle pot
t"i'r"nt".
perclbidas entre
€l 1'1
2010
v
€l
30 6
2010
lr-ili"¿" r". Éondo's
Mutuos
de Inversión
sn valor€s
y Administradoras
Privadas
de Fondos
da
Pensiongs.
BASE
LEGAL:
- Texto
Único
Ordenado
de la L€y
del lmpu€sto
a la Renta'-aprobado
por
sl
óá"i"tá éupr'"to N." 179'2OO4"EF,
publlcado el 8122004'
-v--normas
l"iiii""toiü",- u"tr" €llas,
Ia Ley
N" 29492,
putlllcada
el 31
122009
(en
adelante,
TUO
de
la Ley
d€l lmpuesto
a la Ronta)'
- Reglamento
de la Ley
del lmpuesto
a la Rsnta,
aprobado
por el,
Decreto
Srñr"rno
n.' :22-}4'EF'
publicado el 21
91994'
y normas
modificator¡as'
lñi" "liá",
"r
o"o"to
éuprámo
N
'01t-2010-EF'
publicado el
21'1'2010'
ANALISISI
Para efecto
d€l pr€sente
anális¡s,
se parts
ds la premisa
que
¡slerlda
a contribuyentes
dom¡ciliados
en el pats,
perceprores
;;;;"-"áü;;á "on ocasión de la ganancia
d€
-capital
redención
o reÁcate
de
valores
mobillarlos
o €l r6tiro
de
lonoos'
la consulta
está
de rontas
de la
generada
Por
la
En
tal sent¡do,
cabo
indlcar
lo
siguiente:
1.D€
acuerdo
con
sl artfculo
2'del TUO
do
la Ley
del.lmpuesto
a la,Rsnta'
p-ara
ár'á"t""-oJ
¿sta
L€y,
constltuy€
ganancia de capital
cualquior
hgreso
qu€
;ñ"'r-g; d;É;"i;nación biÁnes
de
capltal
so entlende
por
b¡en€s
do
caoital
a aquellos
que
no
gstan
o€srnados
a ier comercializados
en el
ámbito
ds un
giro
de negocio
o empresa.
El inciso
a) de dlcho
artlculo
2' sۖala
como
una
operac¡ón
que g€nora
g'lil"iiá" ¿" "ápt"r
á la ena¡enación,
redención
o rescal6'
s€gún
sea
el caso'
de acciones
y panlclpaclones
representatlvas
dél capital'
accionés
de
i"i,"[iái, -J"tiiriJJó",' tttutos, bónos v papeles
comercla]68'.
valores
,á0i""ániutiuo.
ds cédulas
hipotecarlas,
obllgaclon€s
al portador u otro6
válores
al
oorlador
y
otros
valores
moblliarios'
Da
otro
lado, €l lnclso
l) del artfculo
24'del TUO
en menc¡ón
establecs
quo
íJ"ili"ti-.
""ét,taá
óategola
las
producldas
por
la
enajonación'
redEnción
áles""te,
"eg¡ni"a elcaso,
que
se
realics
de
manera
habitual'
do
acc¡ones
y
iiiü'iil jlJiij ,.p*cnt¡tlv¡¡ dd.aaplt¡l'
sccionss
d€ Inverslón'
certlficados'
ittJlo"l oono" v papeles
comerclalea,
úaloree
representatlvo!
d' oódull!

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