INFORME de Superintendencia nº 038-2015-SUNAT/5D0000

Año2015
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 038-2015-SUNAT/5D0000
MATERIA:
En relación con el Régimen Especial de Pensiones para los Trabajadores Pesqueros,
se consulta si las gratificaciones por Fiestas Patrias y Navidad así como la
bonificación extraordinaria temporal a que se refiere el artículo 3° de la Ley N.°
29351, pagadas en el año 2014 a los trabajadores pesqueros, se encuentran afectas
al aporte a dicho régimen.
BASE LEGAL:
- Ley N.° 30003 - Ley que regula el Régimen Especial de Seguridad Social para
los Trabajadores y Pensionistas Pesqueros, publicada el 22.3.2013 y norma
modificatoria.
- Ley N.° 27735 – Ley que regula el otorgamiento de las gratificaciones para los
trabajadores del Régimen de la Actividad Privada por Fiestas Patrias y Navidad,
publicada el 28.5.2002, modificada por la Ley N.° 2 9351 - Ley que reduce costos
laborales a los aguinaldos y gratificaciones por fiestas patrias y navidad,
publicada el 1.5.2009 y norma modificatoria.
- Reglamento de la Ley N.° 29351 - Ley que reduce c ostos laborales a los
aguinaldos y gratificaciones por fiestas patrias y navidad, Decreto Supremo N.°
007-2009-TR, publicado el 20.6.2009.
ANÁLISIS:
1. El artículo 4° de la Ley N.° 30003 crea el Régim en Especial de Pensiones para
los Trabajadores Pesqueros (REP), regulado por las disposiciones contenidas en
dicha ley y su reglamento, cuyos beneficios tendrán en cuenta la estacionalidad y
el riesgo propio de la actividad pesquera en el país, los aportes que efectúen los
trabajadores pesqueros y armadores y el cumplimiento de los requisitos
señalados en la mencionada Ley(
1
).
En relación con los aportes al REP, el artículo 9° de la referida Ley dispone que
estos son de cargo de los trabajadores pesqueros y los armadores(
2
): 8% del
monto de su remuneración asegurable en caso de los primeros y 5% del monto
de la remuneración asegurable en el caso de los segundos. En ambos casos
corresponde al armador, bajo responsabilidad, retener y pagar los aportes.
1
Según el artículo 5° de la Ley, los trabajadores p esqueros bajo relación de dependencia a cargo del armador
y que se encuentren registrados de acuerdo con los requisitos y condiciones que establezca su reglamento,
pueden o ptar por afiliarse al REP o al Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones (SPP),
previa información conforme al artículo 8° de dicha Ley, y atendiendo a lo dispuesto en esta, su reglamento y
las demás disposiciones complementarias aplicables.
2
El artículo 3° del Reglamento de la Ley N.° 30003, aprobado por el Decreto Supremo N.° 007-2014-EF
(publicado el 16.1.2014) define al “trabajador pesquero” como el trabajador que labora bajo relación de
dependencia a cargo del armador y que se encuentra inscrito en el registro de trabajadores a que se refiere el
artículo 5° de la Ley; y como “armador” al empleado r con embarcaciones de pesca de mayor escala a que se
refiere el artículo 20° del Decreto Ley N.° 25977- Ley General de Pesca y el artícul o 30° del Decreto Su premo

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