Informe de Superintendencia nº 032-2017-SUNAT/7T0000

Año2017
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 032-2017-SUNAT/7T0000
MATERIA:
Se formula diversas consultas en relación con el régimen temporal y sustitutorio
del impuesto a la renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas no
declaradas(
1
):
1. Se plantea el caso de una persona natural con negocio que presenta su
declaración jurada anual del impuesto a la renta del ejercicio 2014 en la que
consigna determinados montos por conceptos de renta bruta, gastos y renta
neta, siendo que, posteriormente, comprueba que el importe de sus gastos
era menor al consignado inicialmente, lo que establecería una renta neta
mayor. ¿Puede acoger al Régimen la diferencia correspondiente al mayor
gasto originalmente declarado en relación con el gasto que debió declarar?
2. Cuando los ingresos netos percibidos al 31.12.2015 (tratándose de rentas no
declaradas a que se refiere el párrafo 5.2 del artículo 5 del Decreto
Legislativo N.° 1264) equivalen a consumos efectuad os en moneda
extranjera, ¿qué tipo de cambio se aplica para su conversión a moneda
nacional? y ¿qué fecha rige para dicha conversión?
3. Tratándose de documentos emitidos en el exterior, ¿qué se entiende por
documento de fecha cierta, según el inciso c) del párrafo 12.3 del artículo 12
del Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1264?
BASE LEGAL:
- Decreto Legislativo N.° 1264, que establece un ré gimen temporal y sustitutorio
del Impuesto a la Renta para la declaración, repatriación e inversión de rentas
no declaradas, publicado el 11.12.2016 y norma modificatoria.
- Reglamento del Decreto Legislativo N.° 1264, apro bado por el Decreto
Supremo N 067-2017-EF, publicado el 25.3.2017 y n orma modificatoria (en
adelante, “el Reglamento”).
- Ley del Impuesto a la Renta, cuyo Texto Único Ordenado fue aprobado por
Decreto Supremo N.° 179-2004-EF, publicado el 8.12. 2004 y normas
modificatorias (en adelante, “la LIR”).
- Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil, aprobado por la Resolución
Ministerial N.° 010-93-JUS, publicada el 22.4.1993 y normas modificatorias
(en adelante, “CPC”).
- Reglamento Consular del Perú, aprobado por el Decreto Supremo N.° 076-
2005-RE, publicado el 5.10.2005 y normas modificatorias.
1
En adelante, “el Régimen”.

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