INFORME de Superintendencia nº 023-2014-SUNAT/5D0000

Año2014
Fecha03 Julio 2014
EmisorSuperintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria
INFORME N.° 023-2014-SUNAT/5D0000
MATERIA:
En relación con el Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT) se
formulan las siguientes consultas:
1. Si la cesión en uso de la capacidad necesaria para el transporte y enrutamiento
de las señales de comunicaciones a través de un cable submarino de
telecomunicaciones que una empresa efectúa a favor de otra, la cual incluye el
servicio de mantenimiento de dicho cable, se encuentra sujeta a la detracción
del 12%, al estar comprendida en el numeral 2 del Anexo 3 de la Resolución de
Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT.
2. Si las operaciones de arrendamiento de circuitos a que se refieren los artículos
33° y 34° del Reglamento General de la Ley de Telec omunicaciones aprobado
por Decreto Supremo N.° 020-2007-MTC, se encuentran sujetas a la detracción
del 12%, al estar comprendidas en el numeral 2 del Anexo 3 de la mencionada
Resolución de Superintendencia.
3. El hecho que la cesión temporal en uso de circuitos conlleve el cumplimiento de
obligaciones adicionales por parte del arrendador, tales como mediciones sobre
la continuación y calidad del servicio, así como solución de averías para hacer
viable la comunicación entre los puntos, de acuerdo con las condiciones de uso
de los servicios públicos de telecomunicaciones establecidas en la Resolución
N.° 116-2003-CD/OSIPTEL, ¿puede dar lugar a que esta operación no sea
considerada como arrendamiento de bienes muebles conforme a las normas
que regulan el Régimen de Detracciones?
4. Teniendo en cuenta que el arrendamiento de circuitos tiene relación con el
servicio portador local que es catalogado como un servicio público ¿dicha
operación puede ser considerada como un arrendamiento de bienes muebles
para efecto de las normas que regulan el Régimen de Detracciones?
BASE LEGAL:
- Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo N.° 940, referente al Sistema
de Pago de Obligaciones Tributarias (SPOT), aprobado por el Decreto
Supremo N.° 155-2004-EF, publicado el 14.11.2004 y normas modificatorias
(en adelante, TUO del Decreto Legislativo N.° 940).
- Resolución de Superintendencia N.° 183-2004/SUNAT, que establece normas
para la aplicación del SPOT a que se refiere el Decreto Legislativo N.° 940,
publicada el 15.8.2004 y normas modificatorias.
- Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto General a las Ventas e
Impuesto Selectivo al Consumo, aprobado por el Decreto Supremo N.° 055-

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