RESOLUCION N° 005-2012-SMV/01 - Aprueban el 'Reglamento contra el Abuso de Mercado - Normas sobre uso indebido de Información Privilegiada y Manipulación de Mercado'

Fecha de disposición05 Marzo 2012
Fecha de publicación05 Marzo 2012
NORMAS LEGALES
www.elperuano.com.pe
FUNDADO
EN 1825 POR
EL LIBERTADOR
SIMÓN BOLÍVAR
Lima, lunes 5 de marzo de 2012
462035
Año XXIX - Nº 11750
AÑO DE LA
INTEGRACIÓN
NACIONAL Y EL
RECONOCIMIENTO
DE NUESTRA DIVERSIDAD
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
R.D. Nº 006-2012-AG-SENASA-DSV.- Establecen requisitos f‌i tosanitarios
de cumplimiento obligatorio en la importación de frutos de rambután de
origen y procedencia Costa Rica 462035
R.J. Nº 005-2012-AG-PCC.- Designan responsables de la entrega de
información que soliciten las personas y de la elaboración del portal de
transparencia del Programa de Compensaciones para la Competitividad -
PCC 462036
R.J. Nº 025-2012-AG-PCC.- Designan responsable de remitir ofertas de
empleo a las instancias señaladas en el D.S. Nº 012-2004-TR y la Res. Nº
107-2011-SERVIR/PE 462036
DEFENSA
RR.MM. Nºs. 231 y 247-2012-DE/SG.- Autorizan ingreso de personal militar
de EE.UU. al territorio de la República 462037
PRODUCE
R.M. Nº 107-2012-PRODUCE.- Aprueban el Plan Estratégico Sectorial
Multianual (PESEM) 2012 -2016 del Sector Producción 462038
R.M. Nº 111-2012-PRODUCE.- Constituyen Comisión de Programación
y Formulación del Presupuesto para el Año Fiscal 2013 del Pliego 038
Ministerio de la Producción 462040
ORGANISMOS TECNICOS ESPECIALIZADOS
SUPERINTENDENCIA DEL MERCADO DE VALORES
Res. Nº 005-2012-SMV/01.- Aprueban el “Reglamento contra el Abuso
de Mercado - Normas sobre uso indebido de Información Privilegiada y
Manipulación de Mercado” 462040
ORGANOS AUTONOMOS
CONSEJO NACIONAL DE LA MAGISTRATURA
Res. Nº 003-2012-PCNM.- Dan por concluido proceso disciplinario seguido
a magistrado por su actuación como Fiscal Provincial (P) de la Fiscalía
Provincial Mixta de Puerto Inca, Distrito Judicial de Ucayali 462045
GOBIERNOS REGIONALES
GOBIERNO REGIONAL DE CUSCO
Ordenanza Nº 019-2012-CR/GRC.CUSCO.- Crean el Sistema de
Información Ambiental Regional - SIAR de la Región Cusco 462047
GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE
Ordenanza Nº 005-2012-GR-LAMB/CR.- Aprueban Reglamento del
Proceso de Formulación del Presupuesto Participativo del Gobierno
Regional Lambayeque - Año Fiscal 2013 462048
GOBIERNOS LOCALES
MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Res. Nº 002.- Autorizan viaje de la Alcaldesa Metropolitana y Asistente de
Alcaldía para participar en evento a realizarse en EE.UU. 462049
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Res. Nº 025-2012/GDU-MDB.- Aprueban recepción de obras de habilitación
urbana nueva de terreno ubicado en el distrito 462049
Sumario
PODER EJECUTIVO
AGRICULTURA
Establecen requisitos fitosanitarios
de cumplimiento obligatorio en la
importación de frutos de rambután de
origen y procedencia Costa Rica
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
N° 006-2012-AG-SENASA-DSV
La Molina, 27 de febrero de 2012
VISTO:
El Informe ARP Nº 34-2011-AG-SENASA-DSV-SARVF
de fecha 15 de diciembre de 2011, el cual, al identif‌i car
y evaluar los potenciales riesgos de ingreso de plagas
reglamentadas al país, propone el establecimiento de
requisitos f‌i tosanitarios para la importación de frutos de
rambután (Nephelium lappaceum) de origen y procedencia
Costa Rica, y;
CONSIDERANDO:
Que, conforme al Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley
General de Sanidad Agraria, el ingreso al país como
importación, tránsito internacional o cualquier otro
régimen aduanero, de plantas y productos vegetales,
animales y productos de origen animal, insumos agrarios,
organismos benéf‌i cos, materiales de empaque, embalaje
y acondicionamiento, cualquier otro material capaz de
introducir o propagar plagas y enfermedades, así como
los medios utilizados para transportarlos, se sujetarán
a las disposiciones que establezca, en el ámbito de su
competencia, la Autoridad Nacional en Sanidad Agraria;
Que, el artículo 12º del Reglamento de la Ley General
de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo
Nº 018-2008-AG, establece que el Servicio Nacional de
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, lunes 5 de marzo de 2012
462036
Sanidad Agraria - SENASA publicará los requisitos f‌i to y
zoosanitarios en el Diario Of‌i cial El Peruano y se notif‌i carán
a la Organización Mundial de Comercio;
Que, el artículo 38° del Decreto Supremo N° 032-2003-
AG - Reglamento de Cuarentena Vegetal, establece que
los requisitos f‌i tosanitarios necesarios que se debe cumplir
para la importación al país de plantas, productos vegetales
y otros artículos reglamentados, serán aprobados mediante
Resolución del Órgano de Línea Competente;
Que, el artículo 1° de la Resolución Directoral N° 0002-
2012-AG-SENASA-DSV, establece cinco (05) Categorías de
Riesgo Fitosanitario, en donde están agrupadas las plantas,
productos vegetales y otros artículos reglamentados cuyo
riesgo f‌i tosanitario aumenta en forma ascendente;
Que, ante el interés en importar frutos de rambután
(Nephelium lappaceum) procedentes de Costa Rica,
la Subdirección de Análisis de Riesgo y Vigilancia
Fitosanitaria de la Dirección de Sanidad Vegetal del
SENASA inició el respectivo estudio con la f‌i nalidad de
identif‌i car los requisitos f‌i tosanitarios para la importación
del mencionado producto;
Que, como resultado de dicho estudio la Subdirección
de Cuarentena Vegetal, ha establecido los requisitos
f‌i tosanitarios necesarios para garantizar un nivel adecuado
de protección al país, minimizando los riesgos en el ingreso
de plagas cuarentenarias;
De conformidad con lo dispuesto en el Decreto
Legislativo Nº 1059, el Decreto Supremo Nº 018-2008-
AG, el Decreto Supremo Nº 032-2003-AG, el Decreto
Supremo Nº 008-2005-AG, la Resolución Directoral Nº
0002-2012-AG-SENASA-DSV y con el visado de la Of‌i cina
de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo Unico.- Establecer los requisitos f‌i tosanitarios
de cumplimiento obligatorio en la importación de frutos de
rambután (Nephelium lappaceum) de origen y procedencia
Costa Rica de la siguiente manera:
1. El envío deberá contar con el Permiso Fitosanitario
de Importación emitido por el SENASA, obtenido por
el importador o interesado, previo a la certif‌i cación y
embarque en el país de origen o procedencia.
2. El envío deberá venir acompañado de un Certif‌i cado
Fitosanitario of‌i cial del país de origen, en el cual se consigne:
2.1 Declaración adicional:
2.1.1 Producto libre de: Coccus moestus y
Pseudococcus landoi.
3. Limpiar los frutos con cepillos o pinceles, lavarlos y
secarlos antes de ser empacados.
4. Los productos estarán contenidos en envases
nuevos y de primer uso libre de cualquier material extraño
al producto importado.
5. Inspección f‌i tosanitaria en el punto de ingreso al país.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JORGE BARRENECHEA CABRERA
Director General
Dirección de Sanidad Vegetal
Servicio Nacional de Sanidad Agraria
759162-1
Designan responsables de la entrega
de información que soliciten las
personas y de la elaboración del portal
de transparencia del Programa de
Compensaciones para la Competitividad
– PCC
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 005-2012-AG-PCC
Lima, 11 de enero de 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1077 se creó
el Programa de Compensaciones para la Competitividad,
con el objeto de elevar la competitividad de la producción
agraria de los medianos y pequeños productores a través
del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías
agropecuarias ambientales adecuadas y se aprobó su
Reglamento mediante Decreto Supremo N° 014-2009-AG,
modif‌i cado por Decreto Supremo N° 009-2010-AG;
Que, la Ley N° 27806, “Ley de Transparencia y Acceso
a la Información Pública”, tiene por f‌i nalidad promover la
transparencia de los actos del Estado y regular el derecho
fundamental del acceso a la información consagrado en el
Que, el artículo 3° de la precitada Ley establece que
el Estado adoptará las medias básicas que garanticen y
promuevan la transparencia en la actuación de las entidades
de la Administración Pública, y tiene la obligación de entregar
la información que demanden las personas en aplicación
del principio de publicidad, debiendo designar al funcionario
responsable de entregar la información solicitada;
Que, el artículo 5° de la Ley N° 27806 establece que las
entidades de la administración pública difundirán a través
de internet los datos generales de la entidad, información
presupuestal y sobre adquisiciones de bienes y servicios,
actividades of‌i ciales, así como otra información adicional que la
entidad considere pertinente, debiendo identif‌i car al funcionario
responsable de la elaboración de los portales de internet;
Que, mediante Resolución Jefatural N° 11-2011-AG-
PCC, de fecha 01 de febrero de 2011, se designaron a los
responsables de la entrega de la información de acceso
público y de la elaboración del Portal de Transparencia
del Programa de Compensaciones para la Competitividad
– PCC, siendo necesario realizar nuevas designaciones;
De conformidad con lo dispuesto en la Ley 27806 y
su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N°
072-2003-PCM y en uso de las atribuciones conferidas por
la Resolución Ministerial N° 150-2011-AG, que aprueba el
Manual de Operaciones del Programa de Compensaciones
para la Competitividad, modif‌i cado por la Resolución
Ministerial N° 398-2011-AG;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Designar como responsable de la entrega
de la información de acceso público del Programa de
Compensaciones para la Competitividad – PCC, a la
señorita Helen Eliuth Figueroa Villarreal, Especialista de la
Unidad de Promoción.
Artículo 2°.- Designar como responsable de la
elaboración del Portal de Transparencia del Programa de
Compensaciones para la Competitividad – PCC, al señor
Carlos Arturo Chois Pimentel, del Área de Informática de la
Unidad de Administración.
Artículo 3°.- Dejar sin efecto la Resolución Jefatural N°
11-2011-AG-PCC, de fecha 01 de febrero de 2011.
Artículo 4°.- Disponer la publicación de la presente
Resolución en el Diario Of‌i cial El Peruano.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
OTILIA CARO POLAY
Jefa
Programa de Compensaciones
para la Competitividad
759130-1
Designan responsable de remitir ofertas
de empleo a las instancias señaladas
en el D.S. N° 012-2004-TR y la Res.
N° 107-2011-SERVIR/PE
RESOLUCIÓN JEFATURAL
N° 025-2012-AG-PCC
Lima, 28 de febrero del 2012
CONSIDERANDO:
Que, mediante el Decreto Legislativo Nº 1077 se creó
el Programa de Compensaciones para la Competitividad
con el objeto de elevar la competitividad de la producción
agraria de los medianos y pequeños productores a través
del fomento de la asociatividad y la adopción de tecnologías
agropecuarias ambientales adecuadas y se aprobó su
Reglamento mediante Decreto Supremo Nº 014-2009-AG;

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