FE DE ERRATA R.J. N° 041-2015-ANA - .

EmisorAGRICULTURA Y RIEGO
Fecha de la disposición19 de Febrero de 2015
El Peruano
Jueves 19 de febrero de 2015
546964
Que, mediante Informe Técnico del visto, la Subdirección
de Cuarentena Animal, recomienda la publicación de los
requisitos sanitarios para la importación de sangre/plasma/
hemoglobina de porcino en polvo para consumo humano o
animal procedente de Bélgica; así como, iniciar la emisión
de permisos sanitarios de importación correspondientes, a
partir de la fecha de su publicación;
De conformidad con lo dispuesto en la Decisión
515 de la Comunidad Andina, el Decreto Legislativo N°
018-2008-AG, el Decreto Supremo Nº 018-2008-AG, el
Decreto Supremo N° 008-2005-AG; y con el visado de la
O cina de Asesoría Jurídica;
SE RESUELVE:
Artículo 1º.- Establecer los requisitos sanitarios
especí cos de cumplimiento obligatorio en la importación
de sangre/plasma/hemoglobina de porcino en polvo para
consumo humano o animal procedente de Bélgica.
Artículo 2º.- El anexo señalado en el artículo
precedente será publicado en el portal institucional del
SENASA (www.senasa.gob.pe).
Artículo 3º.- Disponer la emisión de los permisos
Sanitarios de Importación a partir de la fecha de
Publicación de la presente Resolución.
Artículo 4º.- El SENASA, a través de la Dirección de
Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias
complementarias a n de garantizar el cumplimiento de la
presente norma.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MIGUEL QUEVEDO VALLE
Director General
1201740-2
FE DE ERRATAS
RESOLUCIÓN JEFATURAL
Nº 041-2015-ANA
Mediante O cio Nº 167-2015-ANA-SG/OAJ, la
Autoridad Nacional del Agua solicita se publique Fe de
Erratas de la Resolución Jefatural Nº 041-2015-ANA,
publicada en la edición del 12 de febrero de 2015.
DICE:
(...)
“Artículo 3.- De la supervisión de la reserva de recursos
hídricos”.
(...)
DEBE DECIR:
(...)
“Artículo 2.- De la supervisión de la reserva de recursos
hídricos”.
(...)
1201497-1
COMERCIO EXTERIOR
Y TURISMO
Disponen publicar Proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Plan Estratégico
Nacional Exportador 2025 en el portal
institucional del Ministerio
RESOLUCIÓN MINISTERIAL
Nº 051-2015-MINCETUR
Lima, 18 de febrero de 2015
VISTO el Informe Nº 09-2015-MINCETUR/VMCE/
DNC/AGC de la Dirección Nacional de Desarrollo de
Comercio Exterior;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 002-2003-
MINCETUR se creó la Comisión Multisectorial Mixta
Permanente encargada de elaborar, proponer y monitorear
el Plan Estratégico Nacional Exportador - PENX;
Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo
2° del Decreto Supremo N° 002-2003-MINCETUR, la
precitada Comisión ha propuesto la actualización del
Plan Estratégico Nacional Exportador con un horizonte
hasta el año 2025, para su aprobación por el Ministerio de
Comercio Exterior y Turismo;
Que, el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo,
MINCETUR, de acuerdo con su Ley de Organización
y Funciones - Ley Nº 27790, es el Organismo Rector
del Sector Comercio Exterior y Turismo, competente
para definir, dirigir, ejecutar, coordinar y supervisar la
política de comercio exterior y de turismo, teniendo
entre otras responsabilidades la de promover las
exportaciones;
Que, el artículo 14° del Reglamento que establece
disposiciones relativas a la publicidad, publicación de
Proyectos Normativos y difusión de Normas Legales
de Carácter General, aprobado por Decreto Supremo
N° 001-2009-JUS, señala entre otros aspectos, que
las entidades públicas dispondrán la publicación de los
proyectos de normas de carácter general que sean de
su competencia en el Diario O cial “El Peruano”, en sus
Portales Electrónicos o mediante cualquier otro medio,
en un plazo no menor de treinta (30) días antes de la
fecha prevista para su vigencia, a n de permitir que las
personas interesadas formulen comentarios sobre las
medidas propuestas;
Que, en tal sentido, a efectos de recibir las respectivas
opiniones, sugerencias o comentarios de la ciudadanía,
procede disponer la publicación del Proyecto de Decreto
Supremo que aprueba el Plan Estratégico Nacional
Exportador 2025, la exposición de motivos, así como el
Anexo que contiene el referido Plan en el Portal Institucional
del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo; y,
De conformidad con lo establecido en la Ley N°
27790 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo - MINCETUR, el Decreto
Supremo N° 005-2002-MINCETUR que aprueba el
Reglamento de Organización y Funciones del MINCETUR
que establece las disposiciones relativas a la publicidad,
publicación de Proyectos Normativos y difusión de Normas
Legales de Carácter General;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Publicación del proyecto
Disponer la publicación del Proyecto del Decreto
Supremo que aprueba el Plan Estratégico Nacional
Exportador 2025, la exposición de motivos, así como
el Anexo que contiene el referido Plan en el Portal
Institucional del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo
(www.mincetur.gob.pe), durante el plazo de treinta (30)
días calendario, contados a partir del día siguiente de la
publicación de la presente Resolución Ministerial en el
Diario O cial “El Peruano”, a efectos de recibir opiniones,
comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía.
Artículo 2.- Mecanismo de participación
Las opiniones, sugerencias o comentarios sobre los
documentos señalados en el Artículo 1 de la presente
Resolución, deberán ser remitidos por escrito al Ministerio
de Comercio Exterior y Turismo, sito en Calle Uno Oeste
N° 050, Urbanización Córpac, San Isidro – Lima o a través
del correo electrónico consultapenx@mincetur.gob.pe.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
MAGALI SILVA VELARDE-ÁLVAREZ
Ministra de Comercio Exterior y Turismo
1202345-1

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