08 59-2006 - Aprueban modificación del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA

Fecha de disposición28 Enero 2006
Fecha de publicación28 Enero 2006
Pág. 311259
NORMAS LEGALES
Lima, sábado 28 de enero de 2006
representante del Ministerio Público ante el Consejo
Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC, por lo
que resulta necesario designar nuevo representante, a
fin de encargar la representación de la señora Fiscal de
la Nación ante el Consejo Nacional de Seguridad
Ciudadana - CONASEC.
Estando a lo expuesto y a lo dispuesto por los
artículos 64º y 65º inciso 2 del Decreto Legislativo Nº
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación
del señor doctor José Humberto Pereira Rivarola, Fiscal
Supremo Provisional de la Fiscalía Suprema en lo
Contencioso Administrativo, como representante de la
Fiscal de la Nación ante el Consejo Nacional de Seguridad
Ciudadana - CONASEC, materia de Resolución de la
Fiscalía de la Nación Nº 1884-2005-MP-FN.
Artículo Segundo.- Designar al señor doctor Carlos
Américo Ramos Heredia, Fiscal Superior Titular de la
Cuarta Fiscalía Superior Penal de Lima, como
representante de la Fiscal de la Nación ante el Consejo
Nacional de Seguridad Ciudadana - CONASEC.
Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento de la
presente resolución al señor Ministro del Interior, al
Presidente del Consejo Nacional de Seguridad Ciudadana
- CONASEC, al Fiscal Superior Titular mencionado, a la
Fiscal Superior Decana del Distrito Judicial de Lima, a la
Gerencia General y a la Gerencia de la Oficina de
Registro Fiscales, para los fines pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
FLORA ADELAIDA BOLÍVAR ARTEAGA
Fiscal de la Nación
01721
S B S
Autorizan inscripción de persona
natural en el Registro del Sistema de
SegurosRESOLUCIÓN SBS Nº 24-2006
Lima, 13 de enero de 2006
EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE SEGUROS
VISTA:
La solicitud presentada por el señor Cléver Isidro
Ramírez Rojas para que se le autorice la inscripción en
el Registro del Sistema de Seguros: Sección II De los
Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida; y,
CONSIDERANDO:
Que, por Resolución SBS Nº 816-2004 de fecha 27
de mayo del 2004, se estableció los requisitos formales
para la inscripción de los Corredores de Seguros;
Que, el solicitante ha cumplido con los requisitos
formales exigidos por la citada norma administrativa;
Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros
mediante Convocatoria Nº 19-2005-RIAS, en
concordancia con lo dispuesto en el artículo 11º del
Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha
calificado y aprobado la inscripción respectiva en el
indicado Registro; y,
En uso de las atribuciones conferidas por la Ley
General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros
y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros
- Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la
facultad delegada por la Resolución SBS Nº 1096-2005
del 25 de julio de 2005;
RESUELVE:
Artículo Único.- Autorizar la inscripción del señor
Cléver Isidro Ramírez Rojas con matrícula Nº N-3784
en el Registro del Sistema de Seguros, Sección II De los
Corredores de Seguros: A. Personas Naturales punto
3.- Corredores de Seguros Generales y de Vida, que
lleva esta Superintendencia.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
ARMANDO CÁCERES VALDERRAMA
Superintendente Adjunto de Seguros
01682
Aprueban modificación del Estatuto
Social de la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Quillabamba S.A.A. -
CREDINKA
RESOLUCIÓN SBS Nº 59-2006
Lima, 19 de enero de 2006
EL SUPERINTENDENTE DE BANCA,
SEGUROS Y ADMINISTRADORAS
PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES
VISTA:
La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA para que se le
autorice la modificación parcial de su estatuto social;
CONSIDERANDO:
Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de
Accionistas celebrada el 13 de diciembre de 2003, se
acordó la modificación del artículo 6º del Estatuto Social
de la Caja Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A.
- CREDINKA, referente a las características de las
acciones representativas del capital social;
Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de
Accionistas celebrada el 13 de junio de 2005 se acordó
por unanimidad la modificación del artículo 1º del estatuto
social, a fin de que la sociedad pueda denominarse Caja
Rural de Ahorro y Crédito Quillabamba S.A.A. o,
indistintamente, CREDINKA S.A.A.; así como la
modificación del artículo 3º del mismo estatuto, relativo
al domicilio social;
Que, en sesión de Junta General Extraordinaria de
Accionistas del 19 de septiembre de 2005, se acordó
ratificar los acuerdos de modificación del estatuto social,
adoptados en las sesiones de Junta General de
Accionistas mencionadas en los Considerandos
precedentes;
Que, de la revisión efectuada a la documentación
presentada, se establece que la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA, ha cumplido
con los requisitos señalados en el procedimiento Nº 44
del TUPA de esta Institución;
Estando a lo informado por el Departamento de
Evaluación Microfinanciera "A" mediante Informe Nº 155-
2005-DEM "A", por el Departamento Legal mediante
Informes Nº 948-2005-LEG y Nº 1020-2005-LEG, y con
la opinión favorable de la Superintendencia Adjunta de
Banca y Microfinanzas y de la Superintendencia Adjunta
de Asesoría Jurídica;
RESUELVE:
Artículo Único.- Aprobar en los términos propuestos, la
modificación del Estatuto Social de la Caja Rural de Ahorro y
Crédito Quillabamba S.A.A. - CREDINKA, cuyos documentos
pertinentes quedan archivados en este organismo, y
devuélvase la minuta que lo formaliza con el sello oficial de
esta Superintendencia, para su elevación a escritura pública
en la que se insertará el texto de la presente resolución para
su posterior inscripción en los Registros Públicos.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN JOSÉ MARTHANS LEÓN
Superintendente de Banca, Seguros y
Administradoras Privadas
de Fondos de Pensiones
01689

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