RESOLUCION DIRECTORAL N° 2336-2012-MTC/15 - Autorizan a la Escuela de Conductores Especializada Carlos Barriquelo Sociedad Comercial de Responsabilidad Limitada - Escuela de Conductores Carlos Barriquelo S.R.L. para funcionar como Escuela de Conductores Integrales

Fecha de disposición22 Julio 2012
Fecha de publicación22 Julio 2012
NORMAS LEGALES El Peruano
Lima, domingo 22 de julio de 2012
471106
el objeto de verif‌i car el cumplimiento de las condiciones
de acceso establecidas en El Reglamento;
Que, mediante Informe de Inspección Ocular N°
06-2012-MTC/15.ouc de fecha 13 de junio de 2012, se
concluye que hecha la inspección ocular al circuito de
prácticas de manejo propuesto por la ESCUELA PERUANA
DE CONDUCTORES INTEGRALES AMORETTI S.A.C.,
esta cumple con lo establecido en el literal g) del artículo
43° del numeral 43.3 de El Reglamento, para los vehículos
M1;Que, estando a lo opinado por la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, en el Informe Nº 403-
2012-MTC/15.03.A.LEGAL.pvc, procede emitir el acto
administrativo correspondiente;
De conformidad a lo dispuesto en el Decreto Supremo
Nº 040-2008-MTC - Reglamento Nacional de Licencias
de Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados
de Transporte Terrestre, la Ley Nº 27444 - Ley del
Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370
- Ley de Organización y Funciones del Ministerio de
Transportes y Comunicaciones;
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Declarar PROCEDENTE en
parte la solicitud presentada por la empresa denominada
ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES INTEGRALES
AMORETTI S.A.C., para el incremento de su plana docente
y de su f‌l ota vehicular, incorporando a los instructores y a
los vehículos que se detallan a continuación:
PLANA DOCENTE
Cargo de Instrucción Docente a cargo
Instructores Prácticos de Manejo • José Luis Montoya Ninapaitan.
• Fernando Humberto Terrones Velásquez.
• Jorge Eduardo Amoretti Cárdenas.
Instructor Teórico - Práctico de
Mecánica • Roger Cucho Serrano.
Instructor Teórico-Práctico en
Primeros Auxilios • José Enrique Ñaupari Villanueva.
FLOTA VEHICULAR
N Marca Mode-
lo Clase Nº Chasis Nº de Motor Año
Fab.Placa
1 CHEVROLET SAIL AUTO-
MÓVIL
(M1)
LSGSA58-
M7CY065318
LCU112460280 2011 D6Z-651
2 CHEVROLET SAIL AUTO-
MÓVIL
(M1)
LSGSA58-
M0CY064771
LCU112440092 2011 D7Q-679
Artículo Segundo.- Autorizar a la empresa
denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES
INTEGRALES AMORETTI S.A.C., en su calidad de Escuela
de Conductores Integrales, la modif‌i cación de los términos
de su autorización contenida en la Resolución Directoral
Nº 751-2012-MTC/15, ampliando su circuito de manejo,
el mismo que estará ubicado en Jr. Herbert Tweddle
(calle20), Jr. Contisuyo (Calle F) y el Jr. Cap. Alcides
Vigo Hurtado (Calle 17) de la Urb. Residencial Lucyana
de Carabayllo, distrito de Carabayllo, provincia y
departamento de Lima”, para el uso de prácticas de
manejo de los vehículos de categoría M1, adicional al
autorizado mediante la resolución mencionada.
Artículo Tercero.- Declarar IMPROCEDENTE
la solicitud presentada por la empresa denominada
ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES NTEGRALES
AMORETTI S.A.C., sobre autorización para impartir cursos
de capacitación a quienes aspiran obtener la licencia de
conducir clase A categoría I, así como el incremento de
su plana docente, respecto al señor Roberto Agustín
Rojas Torres como Instructor Teórico de Tránsito, por
las razones expuestas en la parte considerativa de la
presente resolución.
Artículo Cuarto.- Remitir a la Superintendencia de
Transportes Terrestre de Personas, Carga y Mercancías -
SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para
las acciones de control conforme a su competencia.
Artículo Quinto.- Encargar a la Dirección de
Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente
Resolución Directoral.
Artículo Sexto.- La presente Resolución Directoral
surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en
el diario of‌i cial El Peruano, siendo de cargo de la empresa
denominada ESCUELA PERUANA DE CONDUCTORES
INTEGRALES AMORETTI S.A.C., los gastos que origine
su publicación.
Regístrese y comuníquese y publíquese.
JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ
Director General (e)
Dirección General de Transporte Terrestre
815325-1
Autorizan a la Escuela de Conductores
Especializada Carlos Barriquelo
Sociedad Comercial de Responsabilidad
Limitada - Escuela de Conductores
Carlos Barriquelo S.R.L. para funcionar
como Escuela de Conductores
Integrales
RESOLUCIÓN DIRECTORAL
Nº 2336-2012-MTC/15
Lima, 15 de junio de 2012
VISTOS:
El escrito, presentado por la empresa ESCUELA
DE CONDUCTORES ESPECIALIZADA CARLOS
BARRIQUELO SOCIEDAD COMERCIAL DE
RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA DE
CONDUCTORES CARLOS BARRIQUELO S.R.L., y;
CONSIDERANDO:
Que, el Reglamento Nacional de Licencias de
Conducir Vehículos Automotores y no Motorizados de
Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo
Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las
condiciones, requisitos y procedimientos para la obtención
de la autorización y funcionamiento de las Escuelas de
Conductores, tal como lo dispone el artículo 43º de El
Reglamento que establece las condiciones de acceso,
concordado con el artículo 51º del referido texto legal, que
señala los requisitos documentales;
Que, mediante escrito de fecha 07 de mayo de
2012 con registro Nº 053818, la empresa denominada
ESCUELA DE CONDUCTORES ESPECIALIZADA
CARLOS BARRIQUELO SOCIEDAD COMERCIAL
DE RESPONSABILIDAD LIMITADA – ESCUELA DE
CONDUCTORES CARLOS BARRIQUELO S.R.L., con
RUC Nº 20490398911 y domicilio en Jr. El Puerto Nº 362,
1º, 2º y 3º piso, del Distrito, Provincia y Departamento de
Puno, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre
autorización para funcionar como Escuela de Conductores
Integrales, con el objetivo de impartir los conocimientos
teóricos y prácticos requeridos para conducir vehículos
motorizados de transporte terrestre, propugnando una
formación orientada hacia la conducción responsable y
segura a los postulantes a una licencia de conducir de
la clase A categorías II y III y Clase B categoría II- c, así
como los cursos de Capacitación Anual para Transporte
de Personas, Transporte de mercancías, Transporte Mixto,
curso de Seguridad Vial y Sensibilización del Infractor, y

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